Tres altas con finalidades diferentes
La inscripción turística, SES.HOSPEDAJES y las obligaciones ante Hacienda no son un único procedimiento. Tener la vivienda inscrita en Turismo no permite dar por completada su situación fiscal. Para preparar esta revisión necesitamos conocer titular, residencia, actividad real, servicios y fecha prevista de inicio.
Si ya presentaste declaraciones censales por otra actividad, también se revisan. El encargo puede consistir en modificar datos existentes en lugar de tramitar una primera alta.
IAE y censo: qué conviene distinguir
La AEAT explica el encuadre del alquiler turístico en el IAE y diferencia las exenciones del impuesto de las obligaciones censales que puedan corresponder. Estar exento de pagar IAE no significa que deba omitirse cualquier revisión del censo.
No se elige una casilla o un epígrafe únicamente porque otro propietario lo haya utilizado. Se comprueba la actividad descrita, la condición del titular y el procedimiento vigente, incluido el Modelo 036 cuando proceda.
Qué información nos ayuda a preparar el encargo
- Identificación del titular y situación de residencia fiscal.
- Inmuebles, fechas de inicio y servicios que se ofrecerán.
- Altas o modificaciones fiscales ya presentadas.
- Contratos con intermediarios o gestores, si existen.
- Previsión de facturación y operaciones especiales conocidas.
Con esa información identificamos los documentos que faltan y las obligaciones que necesitan tratamiento separado. Si ya has empezado a cobrar, indícalo desde la primera consulta para no preparar el expediente como un inicio futuro.
Preparación y presentación con presupuesto
Nuestro gestor administrativo colegiado puede presupuestar la revisión censal, preparación y presentación autorizada, con copia y justificante del trámite contratado. Explicamos también qué cuestiones requieren seguimiento posterior y cuáles no están incluidas.
Declaraciones periódicas, Seguridad Social, contabilidad, renta y procedimientos de comprobación no se incorporan automáticamente al precio del alta. Si necesitas alguno de esos servicios, se valora un alcance específico. Puedes completar la información con la guía de IVA del alquiler turístico antes de solicitar presupuesto.
Preguntas frecuentes
¿El alta turística que ya contraté incluye Hacienda?
Solo si el encargo lo recogía expresamente. Son procedimientos diferentes y se deben comprobar sus respectivos alcances.
¿Debo darme de alta igual si soy particular?
La respuesta depende de tu situación y de la actividad. Revisamos obligaciones censales y exenciones aplicables, sin asumir que la condición de particular elimina todos los trámites.
Fuentes consultadas el 23 de septiembre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.