El trámite: declaración responsable de VUT
En Aragón el alta se hace con la declaración responsable de viviendas de uso turístico ante la Dirección General de Turismo. Tras presentarla, la vivienda se inscribe de oficio en el Registro de Turismo de Aragón. El reglamento aplicable es el Decreto 1/2023, de 11 de enero, que sustituyó al anterior Decreto 80/2015.
El trámite lleva una tasa autonómica que se paga antes de presentar y cuyo justificante se adjunta. Su importe lo fija la ley de tasas de Aragón y te lo indicamos actualizado en el presupuesto; es un gasto aparte de nuestros honorarios.
El ayuntamiento informa después de tu declaración
Una particularidad aragonesa: tras la declaración, Turismo pide al ayuntamiento un informe sobre la compatibilidad urbanística de la vivienda, y ese informe condiciona el resultado. Por eso no basta con rellenar el formulario. Antes de presentar comprobamos el planeamiento del municipio y, si hay limitaciones o dudas, te proponemos empezar por el estudio de viabilidad por 129 €, que se descuenta si después contratas el alta.
Si la vivienda está en un edificio en régimen de propiedad horizontal, desde abril de 2025 hace falta el acuerdo expreso de la comunidad, aprobado por tres quintas partes de propietarios y cuotas, tal como recuerda el propio Gobierno de Aragón. Si aún no lo tienes, podemos preparar el escrito al administrador y el modelo de acuerdo.
Documentos para preparar el alta
La ficha oficial pide aportar pocos documentos, pero el reglamento obliga a tener otros disponibles. Trabajamos con todos:
- Escritura, nota simple o contrato que acredite que puedes disponer de la vivienda.
- Acta o certificado del acuerdo de la comunidad de propietarios, si lo exige tu edificio.
- Justificante de pago de la tasa autonómica.
- Plano acotado de la vivienda firmado por técnico.
- Certificado de idoneidad emitido por técnico competente.
- Documentos de agua potable y depuración, si la vivienda no está conectada a la red.
El plano y el certificado de idoneidad los firma un técnico que contratas tú. Si ya los tienes, comprobamos que describen la vivienda actual; si no, te ayudamos a definir el encargo y lo coordinamos. Ese coste se presupuesta aparte.
Cómo lo hacemos
Revisamos la documentación y el municipio, preparamos la declaración con capacidad, titular y representante, pagamos o te indicamos cómo pagar la tasa, presentamos el expediente con tu autorización y te entregamos el justificante. Si la administración pide aclaraciones sobre lo presentado, las atendemos dentro del encargo.
La gestión la presta nuestro gestor administrativo colegiado a distancia, con la representación que corresponda. No podemos garantizar el sentido del informe municipal ni el plazo de inscripción: los decide la administración.
Precio del alta en Aragón
El alta cuesta 599 €, IVA incluido.
La tasa autonómica, el técnico y cualquier licencia municipal se pagan aparte. Puedes comparar con el resto de servicios en precios.
Lo que no incluye el alta
No nos ocupamos de reservas, llaves, limpieza ni atención a huéspedes. Tras la inscripción quedan obligaciones del titular, como el registro de viajeros o la comunicación de cambios. Para el contexto general y las guías por provincia, consulta vivienda turística en Aragón.
Preguntas frecuentes
¿Puedo empezar a alquilar en cuanto presento la declaración?
La declaración permite iniciar la actividad, pero la administración tiene un plazo para comprobarla y el informe municipal puede condicionarla. Te explicamos en qué fase está tu expediente antes de anunciar la vivienda.
¿Necesito técnico aunque la vivienda sea pequeña?
Sí: el reglamento pide un plano acotado y un certificado de idoneidad firmados por técnico, sea cual sea el tamaño. Si ya tienes planos recientes, puede bastar con revisarlos.
¿El acuerdo de la comunidad vale para viviendas que ya estaban de alta?
El requisito de abril de 2025 no tiene efecto retroactivo según el Gobierno de Aragón. Para una nueva alta sí hay que tenerlo si el edificio está en propiedad horizontal.
Fuentes consultadas el 11 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.