Saltar al contenido
HAZ TUvivienda turística
Menú

Guía para propietarios

He heredado una vivienda turística: por dónde empezar

Ordena por separado la situación sucesoria, la documentación del inmueble y el expediente turístico antes de decidir si continúas con la actividad.

Responsable del trámite - GA 1268 COGAS SLP - Gestoría colegiada n.º 1268

Localiza quién conserva la documentación

Puede estar repartida entre familiares, una antigua gestoría o la persona que atendía el alojamiento. Prepara una relación de inscripciones, comunicaciones municipales y accesos a anuncios. Identifica qué documentos tienes completos y cuáles solo conoces por una referencia o captura.

Aclara quién puede dar instrucciones

La situación de la herencia y la disponibilidad del inmueble deben revisarse con el profesional que lleve la sucesión. Nuestro primer trabajo turístico consiste en conocer el expediente y delimitar las actuaciones posibles. No se incluye tramitar una herencia, resolver desacuerdos entre herederos o determinar cuotas sucesorias.

Decide qué necesitas estudiar

  • Continuar y valorar un cambio en el expediente.
  • Comunicar un cese si corresponde.
  • Preparar documentación para una venta.
  • Recuperar antecedentes antes de tomar una decisión.

Ninguna opción se presupone por el hecho de heredar. Tampoco se deduce que una nueva persona conserve automáticamente todas las condiciones de actividad.

Una consulta inicial sin enviar toda la herencia

Indica municipio, si la vivienda está en actividad y qué documentos turísticos tienes. Después concretamos qué información personal resulta necesaria y cómo aportarla. El encargo se limita por escrito, con sus honorarios y posibles intervenciones externas.

Puedes empezar por recuperar y ordenar el expediente o consultar el cese de actividad.

El cambio de titular en el registro turístico

La inscripción de una vivienda turística está a nombre de una persona concreta. Cuando esa persona fallece, los herederos que quieran seguir con la actividad tienen que comunicar el cambio de titular en el registro de su comunidad; las condiciones y el formulario dependen de cada comunidad autónoma. Mientras no se haga, los datos del registro no coinciden con la realidad.

Para comunicarlo suele hacer falta acreditar quién dispone ahora de la vivienda. Por eso conviene coordinar el trámite turístico con el profesional que lleva la herencia. El cambio de titular cuesta 169 €, IVA incluido; la tasa, si la hay, aparte.

Si los herederos no quieren seguir

Si nadie va a continuar con la actividad, lo ordenado es comunicar la baja en el registro turístico y retirar los anuncios. La baja de la vivienda cuesta 99 €, IVA incluido.

Antes de decidir, valora si la vivienda se va a vender: en algunos territorios la inscripción no se transmite automáticamente con el inmueble y en otros los ayuntamientos limitan las nuevas altas, así que dar de baja puede cerrar una puerta que después no se reabre. Si hay dudas, empieza por el estudio de la vivienda (129 €) y decide con la información delante.

El siguiente paso empieza
con una conversación.

Cuéntanos dónde está tu vivienda y qué te gustaría hacer con ella.

WhatsApp 24h · 620 00 11 66
Scroll al inicio