Los cambios se comunican en un mes
El Decreto 3/2017 obliga a comunicar a la Junta las modificaciones de los datos de la declaración, los cambios de titularidad y el cese en el plazo de un mes desde que se producen. La ficha oficial distingue la declaración responsable, la comunicación de modificaciones o cese y la aportación de documentos a un expediente abierto. Ficha del procedimiento en Tramita Castilla y León.
Cambios típicos: nuevo teléfono de atención, más o menos plazas, cambio de nombre comercial o de gestora, o que la vivienda pase a otro propietario. Para la mayoría de ellos el servicio de modificar datos en Castilla y León cuesta 169 €.
Cambio de titular y baja
Si vendes, heredas o aportas la vivienda a una sociedad, el nuevo titular debe presentar una nueva declaración en el plazo de un mes y antes de seguir con la actividad. Si dejas de alquilar, comunica el cese: una vivienda que sigue inscrita mantiene obligaciones. La baja cuesta 99 €; ver baja en Castilla y León.
La revisión anual
Una vez al año conviene comprobar que la placa, la información al viajero, el teléfono de atención, el seguro y los anuncios coinciden con lo inscrito, y que SES.HOSPEDAJES y la fiscalidad están al día. La revisión documental anual cuesta 249 € al año.
Es especialmente útil si has cambiado de gestora, si has ampliado camas o si has recibido alguna comunicación de la Junta o de Hacienda. La revisión termina con una lista de lo que está bien, lo que conviene actualizar y lo que hay que comunicar, sin presentar nada que no hayas aprobado.
Si todavía no tienes la vivienda inscrita
El alta se hace con una declaración responsable dirigida a la Sección de Turismo de Palencia; la Junta inscribe la vivienda de oficio en el Registro de Turismo. Necesitarás licencia de primera ocupación o documento equivalente. No hemos localizado una ordenanza municipal de Palencia sobre viviendas turísticas; revisamos el encaje urbanístico con el Ayuntamiento, porque el TSJ de Castilla y León ha considerado estas viviendas uso terciario en un caso de Salamanca. Nota del Poder Judicial.
- Número de registro y copia de la declaración que presentaste.
- Datos que cambian y documento que lo acredita.
- En un cambio de titular: escritura, herencia o acuerdo y datos del nuevo titular.
- Requerimientos o comunicaciones de la Junta, si los hay.
Si no encuentras la declaración original, empezamos por localizar el expediente antes de comunicar nada nuevo. Comunicar sobre una base equivocada suele acabar en requerimientos que cuesta más deshacer.
Precio y alcance
Estudio o revisión: 129 €. Alta en la Junta: 499 €. Pack llave en mano: 699 €. Modificación o cambio de titular: 169 €. Baja: 99 €. Requerimiento: 199 €. La gestión la presta nuestro gestor administrativo colegiado a distancia, con la representación que corresponda. Si hacen falta planos, certificados o un informe técnico para la vivienda de Palencia, los firma un técnico que contratas tú y se presupuesta aparte; las tasas municipales, si las hay, también van aparte. No llevamos la explotación, las reservas, la limpieza ni la atención a huéspedes, y no aseguramos un resultado ni un plazo: preparamos y presentamos el expediente según la situación real del inmueble.
Más municipios en provincia de Palencia.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que comunicar si cambio de plataforma de reservas?
Cambiar de plataforma no siempre altera los datos inscritos. Sí hay que comunicar cambios en capacidad, titular, denominación o datos de contacto. Revisamos tu caso.
¿Qué pasa si me retraso en comunicar un cambio?
El plazo es de un mes. Si ya ha pasado, conviene regularizarlo cuanto antes y con la documentación ordenada; te ayudamos a hacerlo.
¿El NRUA también hay que modificarlo?
Tras la sentencia del Tribunal Supremo de 2026, la exigencia del registro único estatal depende del caso. Lo revisamos contigo; tienes el contexto en nuestra guía sobre el NRUA.
Fuentes consultadas el 11 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.
- Junta de Castilla y León: acceso y ejercicio de la actividad de alojamiento en viviendas de uso turístico
- BOCYL: Decreto 3/2017, de 16 de febrero, de viviendas de uso turístico en Castilla y León
- Poder Judicial: el TSJ de Castilla y León considera uso terciario las viviendas de uso turístico (septiembre de 2026)