Gavà: pisos en la ciudad, apartamentos en Gavà Mar y la licencia urbanística previa
Gavà está en el Baix Llobregat, en el área metropolitana de Barcelona, entre el macizo del Garraf y el mar. El término tiene dos caras: el núcleo urbano, de pisos en edificios de vecinos, y Gavà Mar, la zona de playa, con apartamentos y casas unifamiliares. El alquiler turístico se concentra en la costa en verano y, el resto del año, en estancias ligadas a Barcelona y al aeropuerto, que está muy cerca.
Gavà figura en el anexo del Decreto-ley 3/2023 de Cataluña: un habitatge d’ús turístic (HUT) nuevo necesita licencia urbanística previa del ayuntamiento y que el planeamiento admita el uso en esa dirección. No hemos encontrado una suspensión de licencias propia del municipio, pero antes de presentar nada comprobamos con el Ajuntament de Gavà qué permite el planeamiento en tu calle, la cédula de habitabilidad y, en un edificio, el acuerdo de la comunidad.
Importante: Gavà está en el anexo del Decreto-ley 3/2023 de Cataluña (BOE): los HUT nuevos necesitan licencia urbanística previa y planeamiento que admita el uso, y los ya habilitados tienen un plazo transitorio para adaptarse.
Gavà en cifras: viviendas turísticas según el INE
Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Gavà hay 66 viviendas turísticas con 331 plazas, unas 5,0 por vivienda. Es el municipio n.º 28 de 278 de la provincia de Barcelona por número de viviendas turísticas.
Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 94, así que la cifra ha bajado un 29,8 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.
Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.
Qué norma se aplica en Gavà
En Cataluña, la vivienda de uso turístico (habitatge d’ús turístic) está regulada por la Ley 13/2002 de turismo y por el Decreto 75/2020. El trámite es una comunicación de inicio de actividad que se presenta solo por vía electrónica en Canal Empresa. Con ella recibes un código provisional, que es el que debe figurar en los anuncios mientras tanto. La habilitación es de competencia municipal: el ayuntamiento revisa lo comunicado y, cuando lo da por bueno, la Generalitat inscribe el HUT en el Registro de Turismo de Cataluña y asigna el NIRTC. Puede haber tasa municipal.
La pieza que más ha cambiado el panorama es el Decreto-ley 3/2023. Afecta a los municipios incluidos en su anexo, por tensión en el acceso a la vivienda o alta concentración de HUT. En ellos hace falta una licencia urbanística previa, con una vigencia de cinco años, y el planeamiento tiene que admitir expresamente el uso turístico; sin esa licencia no se puede comunicar el inicio. Se fija un tope general de 10 HUT por 100 habitantes, y los HUT anteriores disponen de cinco años para adaptarse. El Tribunal Constitucional avaló la norma en 2025.
El papel del Ayuntamiento de Gavà
En Cataluña el Ayuntamiento de Gavà es quien habilita el HUT: comprueba los datos de la comunicación de inicio, puede cobrar una tasa y es el que traslada la información a la Generalitat. Además, decide el encaje urbanístico: si el municipio está en el anexo del Decreto-ley 3/2023, otorga la licencia urbanística previa, y en cualquier caso puede aprobar planes o modificaciones que limiten o suspendan nuevas habilitaciones por zonas. Por eso comprobamos con el ayuntamiento la situación vigente para tu dirección antes de presentar nada.
Cómo se da de alta una vivienda de uso turístico en Gavà
El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Gavà:
- Estudio previo: comprobamos si Gavà está en el anexo del Decreto-ley 3/2023, qué permite el planeamiento en tu dirección y si hay alguna suspensión vigente.
- Revisión de la comunidad de propietarios: estatutos y, en edificios en propiedad horizontal, acuerdo de la junta por tres quintas partes para una vivienda turística nueva.
- Cédula de habitabilidad vigente, con el número de plazas, que expide la Generalitat a partir del certificado de un técnico competente.
- Licencia urbanística previa del ayuntamiento, si el municipio está en el régimen del Decreto-ley 3/2023.
- Comunicación de inicio en Canal Empresa, con certificado digital, y obtención del código provisional para la publicidad.
- Comprobación municipal y traslado a la Generalitat, que inscribe el HUT en el Registro de Turismo de Cataluña con su NIRTC.
- Antes de recibir huéspedes: alta en SES.HOSPEDAJES, hojas de reclamación, normas de convivencia y número visible en los anuncios.
Documentos que te pedirán
Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:
- DNI, NIE o NIF del titular y, si es una sociedad, escritura y poderes del representante.
- Nota simple o escritura de la vivienda y referencia catastral.
- Cédula de habitabilidad vigente con su número de plazas.
- Resolución favorable de licencia urbanística previa, en los municipios del Decreto-ley 3/2023.
- Certificado de la comunidad de propietarios con el acuerdo, si el edificio está en propiedad horizontal.
- Datos de la persona o empresa del servicio de asistencia y mantenimiento.
- Justificante de la tasa municipal, si el ayuntamiento la exige.
- Autorización o representación para presentar en tu nombre.
Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.
Requisitos de la vivienda
La norma de Cataluña fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:
- Cédula de habitabilidad vigente y condiciones técnicas y de calidad exigibles a una vivienda.
- Capacidad máxima de 15 plazas y nunca más de las que indique la cédula.
- Cesión de la vivienda entera; el alquiler por habitaciones no encaja en la figura de HUT.
- Servicio de asistencia y mantenimiento con un teléfono de contacto a disposición de los usuarios.
- Número de inscripción (o el provisional) en toda la publicidad y visible en la vivienda junto a la capacidad máxima.
- Normas de convivencia de la comunidad entregadas a los usuarios, al menos en catalán, castellano, inglés y francés.
- Hojas de reclamación a disposición de los usuarios.
- Licencia urbanística previa y planeamiento que admita el uso, en los municipios del Decreto-ley 3/2023.
La comunidad de vecinos
Si la vivienda está en un edificio con comunidad de propietarios, desde el 3 de abril de 2025 hace falta que la junta apruebe expresamente el uso turístico por tres quintas partes (Ley de Propiedad Horizontal, art. 17.12, tras la LO 1/2025). En Gavà lo revisamos antes de nada y, si hace falta, preparamos el escrito al administrador y el modelo de acuerdo con nuestro servicio de aprobación de la comunidad.
En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.
Si ya tienes la vivienda dada de alta en Gavà
Después del alta siguen los trámites. Cada huésped se comunica en SES.HOSPEDAJES, del Ministerio del Interior, y el impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos se aplica también a los HUT. Si cambia el propietario, se tramita el cambio de titular del HUT; si cambian las plazas, el teléfono o la empresa de mantenimiento, la modificación de datos. Para cerrar, la baja se comunica en Tràmits Gencat. Si en Gavà recibes un requerimiento del ayuntamiento o de la inspección, conviene contestarlo dentro de plazo.
También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.
Precio de la gestión en Gavà
Trabajamos con dos importes claros. El estudio, 129 €, te dice si tu vivienda de Gavà puede ser HUT y qué hace falta. El alta, 599 € con IVA, cubre la preparación y presentación de la comunicación de inicio y el seguimiento hasta la inscripción; si vienes del estudio, se descuenta. Aparte quedan el técnico competente y la tasa del ayuntamiento.
Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.
Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Gavà
¿Puedo dar de alta un HUT nuevo en Gavà?
Solo si el planeamiento admite el uso turístico en tu dirección y el Ajuntament concede la licencia urbanística previa que exige el Decreto-ley 3/2023, porque Gavà está en su anexo. Lo comprobamos antes de que encargues la cédula o cualquier otro gasto.
¿Puedo abrir hoy un HUT nuevo en Gavà?
Depende de si Gavà está en el anexo del Decreto-ley 3/2023, de lo que permita su planeamiento en tu dirección y de que no haya una suspensión vigente. Lo comprobamos con el ayuntamiento en el estudio antes de presentar nada.
¿Cuántas plazas puede tener un HUT?
Como máximo 15, y nunca más de las que indique la cédula de habitabilidad. Anunciar más plazas que la cédula es uno de los motivos más habituales de requerimiento.
¿Puedo alquilar habitaciones sueltas como HUT?
No. El HUT se cede entero. Si quieres alquilar por habitaciones, hay que estudiar otra figura y lo que permite tu ayuntamiento.
¿El código de Canal Empresa ya es mi número de HUT?
Es un código provisional que debes usar en la publicidad. El número definitivo (NIRTC) llega con la inscripción en el Registro de Turismo de Cataluña, después de la comprobación municipal.
Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.
- Ajuntament de Gavà
- BOE: Decreto-ley 3/2023 sobre el régimen urbanístico de las viviendas de uso turístico (anexo de municipios)
- Generalitat de Catalunya, Canal Empresa: habilitación e inicio de actividad de viviendas de uso turístico
- BOE: Decreto-ley 3/2023 sobre el régimen urbanístico de las viviendas de uso turístico
- BOE: Ley 13/2002 de turismo de Cataluña (texto consolidado)
- INE: viviendas turísticas, plazas y plazas por vivienda turística por municipio (tabla 39363)