Vilassar de Mar: pisos junto al mar y una ordenanza propia
Vilassar de Mar está en la costa del Maresme, a unos 20 kilómetros de Barcelona y con estación de tren en la línea de la costa. Es un municipio compacto, con casco antiguo, fachada marítima y playa. El alquiler turístico se concentra en pisos y casas del núcleo urbano cerca del mar, que atraen a quien quiere playa con acceso rápido a Barcelona. La demanda es sobre todo de verano, aunque hay estancias cortas todo el año.
Vilassar de Mar tiene una ordenanza reguladora de habitatges d’ús turístic, aprobada definitivamente en 2023 (BOPB de 2 de mayo de 2023). Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 3 de mayo de 2024 anuló varios de sus artículos, y el ayuntamiento lo publicó en el BOPB en septiembre de 2024. Antes de presentar comprobamos con el ayuntamiento qué partes siguen vigentes y qué exige hoy para tu vivienda. Consulta la ficha de la ordenanza en el CIDO de la Diputació de Barcelona.
Vilassar de Mar en cifras: viviendas turísticas según el INE
Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Vilassar de Mar hay 72 viviendas turísticas con 410 plazas, unas 5,7 por vivienda. Es el municipio n.º 26 de 278 de la provincia de Barcelona por número de viviendas turísticas.
Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 86, así que la cifra ha bajado un 16,3 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.
Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.
Qué norma se aplica en Vilassar de Mar
Los HUT se regulan en la Ley 13/2002 de turismo de Cataluña y en el Decreto 75/2020, de turismo de Cataluña. Para habilitar la vivienda se presenta por internet la comunicación de inicio de actividad en Canal Empresa, identificándose con certificado digital o idCAT Móvil. Al enviarla se obtiene un código provisional que debe aparecer en toda la publicidad. El ayuntamiento comprueba los datos y los comunica a la Generalitat, que inscribe la vivienda en el Registro de Turismo de Cataluña con su número definitivo (NIRTC). La Generalitat no asocia tasa a este trámite, pero el ayuntamiento puede cobrar la suya.
A ese marco se suma el Decreto-ley 3/2023, que cambió las reglas en los municipios de su anexo. Allí el uso turístico de una vivienda tiene que estar admitido de forma expresa por el planeamiento y exige una licencia urbanística previa, válida cinco años, sin la cual la comunicación de inicio no puede presentarse. El límite general es de 10 HUT por cada 100 habitantes. Las viviendas que ya estaban habilitadas cuentan con cinco años para obtener esa licencia o cesar. El recurso contra el decreto-ley fue desestimado por el Tribunal Constitucional en 2025, así que sigue vigente.
El papel del Ayuntamiento de Vilassar de Mar
En Cataluña el Ayuntamiento de Vilassar de Mar es quien habilita el HUT: comprueba los datos de la comunicación de inicio, puede cobrar una tasa y es el que traslada la información a la Generalitat. Además, decide el encaje urbanístico: si el municipio está en el anexo del Decreto-ley 3/2023, otorga la licencia urbanística previa, y en cualquier caso puede aprobar planes o modificaciones que limiten o suspendan nuevas habilitaciones por zonas. Por eso comprobamos con el ayuntamiento la situación vigente para tu dirección antes de presentar nada.
Cómo se da de alta una vivienda de uso turístico en Vilassar de Mar
El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Vilassar de Mar:
- Estudio previo: comprobamos si Vilassar de Mar está en el anexo del Decreto-ley 3/2023, qué permite el planeamiento en tu dirección y si hay alguna suspensión vigente.
- Revisión de la comunidad de propietarios: estatutos y, en edificios en propiedad horizontal, acuerdo de la junta por tres quintas partes para una vivienda turística nueva.
- Cédula de habitabilidad vigente, con el número de plazas, que expide la Generalitat a partir del certificado de un técnico competente.
- Licencia urbanística previa del ayuntamiento, si el municipio está en el régimen del Decreto-ley 3/2023.
- Comunicación de inicio en Canal Empresa, con certificado digital, y obtención del código provisional para la publicidad.
- Comprobación municipal y traslado a la Generalitat, que inscribe el HUT en el Registro de Turismo de Cataluña con su NIRTC.
- Antes de recibir huéspedes: alta en SES.HOSPEDAJES, hojas de reclamación, normas de convivencia y número visible en los anuncios.
Documentos que te pedirán
Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:
- DNI, NIE o NIF del titular y, si es una sociedad, escritura y poderes del representante.
- Nota simple o escritura de la vivienda y referencia catastral.
- Cédula de habitabilidad vigente con su número de plazas.
- Resolución favorable de licencia urbanística previa, en los municipios del Decreto-ley 3/2023.
- Certificado de la comunidad de propietarios con el acuerdo, si el edificio está en propiedad horizontal.
- Datos de la persona o empresa del servicio de asistencia y mantenimiento.
- Justificante de la tasa municipal, si el ayuntamiento la exige.
- Autorización o representación para presentar en tu nombre.
Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.
Requisitos de la vivienda
La norma de Cataluña fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:
- Cédula de habitabilidad vigente y condiciones técnicas y de calidad exigibles a una vivienda.
- Capacidad máxima de 15 plazas y nunca más de las que indique la cédula.
- Cesión de la vivienda entera; el alquiler por habitaciones no encaja en la figura de HUT.
- Servicio de asistencia y mantenimiento con un teléfono de contacto a disposición de los usuarios.
- Número de inscripción (o el provisional) en toda la publicidad y visible en la vivienda junto a la capacidad máxima.
- Normas de convivencia de la comunidad entregadas a los usuarios, al menos en catalán, castellano, inglés y francés.
- Hojas de reclamación a disposición de los usuarios.
- Licencia urbanística previa y planeamiento que admita el uso, en los municipios del Decreto-ley 3/2023.
La comunidad de vecinos
Antes de pensar en el registro, mira la comunidad: para una vivienda turística nueva en régimen de propiedad horizontal, la ley exige desde el 3 de abril de 2025 el acuerdo expreso de tres quintas partes de la junta (art. 17.12 LPH, reformado por la LO 1/2025). Si tu piso de Vilassar de Mar está en un edificio así, te ayudamos con la aprobación de la comunidad.
En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.
Si ya tienes la vivienda dada de alta en Vilassar de Mar
Con el HUT de Vilassar de Mar ya inscrito quedan obligaciones y trámites posibles. Los más habituales: el cambio de titular cuando se vende o se hereda la vivienda, la modificación de datos y la baja, que se presenta solo por internet en Tràmits Gencat. Cada estancia se registra en SES.HOSPEDAJES y se cobra el impuesto turístico catalán. La inspección de turismo de la Generalitat y el ayuntamiento pueden pedir la cédula, el número en los anuncios o la información de la vivienda; no atender en plazo un requerimiento de la inspección es infracción grave.
También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.
Precio de la gestión en Vilassar de Mar
Antes de pagar a un técnico o una tasa, te proponemos el estudio de viabilidad (129 €) para tu vivienda de Vilassar de Mar. Si concluye que se puede habilitar, el alta del HUT en Cataluña cuesta 599 €, IVA incluido, con el estudio descontado. No incluye los honorarios del técnico ni las tasas municipales, que se presupuestan aparte.
Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.
Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Vilassar de Mar
¿Sigue vigente la ordenanza de pisos turísticos de Vilassar de Mar?
Sí, pero no entera: una sentencia del TSJ de Cataluña de 3 de mayo de 2024 anuló varios artículos. Por eso, antes de presentar, comprobamos con el ayuntamiento qué requisitos siguen en vigor para tu vivienda.
¿Puedo alquilar habitaciones sueltas como HUT?
No. El HUT se cede entero. Si quieres alquilar por habitaciones, hay que estudiar otra figura y lo que permite tu ayuntamiento.
¿El código de Canal Empresa ya es mi número de HUT?
Es un código provisional que debes usar en la publicidad. El número definitivo (NIRTC) llega con la inscripción en el Registro de Turismo de Cataluña, después de la comprobación municipal.
¿Necesito permiso de la comunidad de vecinos?
Desde el 3 de abril de 2025, la Ley de Propiedad Horizontal exige que una vivienda turística nueva en un edificio en propiedad horizontal cuente con la aprobación expresa de la junta por tres quintas partes. Revisamos también tus estatutos.
¿Qué multa hay por anunciar un HUT sin habilitar?
La Ley 13/2002 lo considera grave si la vivienda cumple los requisitos para habilitarse (de 3.001 a 60.000 €) y muy grave si no los cumple (de 60.001 a 600.000 €). Regularizar a tiempo es la mejor defensa.
Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.
- CIDO (Diputació de Barcelona): ordenanza de habitatges d'ús turístic de Vilassar de Mar
- Ajuntament de Vilassar de Mar
- Generalitat de Catalunya, Canal Empresa: habilitación e inicio de actividad de viviendas de uso turístico
- BOE: Decreto-ley 3/2023 sobre el régimen urbanístico de las viviendas de uso turístico
- BOE: Ley 13/2002 de turismo de Cataluña (texto consolidado)
- INE: viviendas turísticas, plazas y plazas por vivienda turística por municipio (tabla 39363)