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Vivienda de uso turístico en La Vall d'en Bas: cómo habilitar tu HUT

Habilitar un HUT en La Vall d’en Bas pasa por el ayuntamiento y por la Generalitat: comunicación de inicio en Canal Empresa, cédula de habitabilidad y, en muchos municipios catalanes, licencia urbanística previa. Primero comprobamos si tu vivienda puede habilitarse; si puede, preparamos el expediente completo.

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La Vall d'en Bas: masías y pueblos de piedra en la Garrotxa

La Vall d’en Bas está en la Garrotxa, en la provincia de Girona, en un valle verde al pie de la sierra del Corb, junto a la Zona Volcánica de la Garrotxa. El municipio reúne pueblos como Joanetes, Sant Esteve d’en Bas o El Mallol, con casas de piedra y balcones de madera, y la Vía Verde del Carrilet. El alquiler turístico es de masías y casas rurales, para naturaleza y cicloturismo.

La Vall d’en Bas no figura en el anexo del Decreto-ley 3/2023 de Cataluña, así que no se le aplica la licencia urbanística previa de ese decreto. No hemos localizado una suspensión propia del ayuntamiento. Antes de presentar la comunicación comprobamos con el Ayuntamiento de la Vall d’en Bas que el planeamiento admite el uso y que la vivienda tiene cédula de habitabilidad vigente, y en masías revisamos la situación urbanística y si encaja mejor como turismo rural.

La Vall d'en Bas en cifras: viviendas turísticas según el INE

Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en La Vall d’en Bas hay 32 viviendas turísticas con 280 plazas, unas 8,8 por vivienda. Es el municipio n.º 48 de 215 de la provincia de Girona por número de viviendas turísticas.

Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 43, así que la cifra ha bajado un 25,6 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.

Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.

Qué norma se aplica en La Vall d'en Bas

En Cataluña, la vivienda de uso turístico (habitatge d’ús turístic) está regulada por la Ley 13/2002 de turismo y por el Decreto 75/2020. El trámite es una comunicación de inicio de actividad que se presenta solo por vía electrónica en Canal Empresa. Con ella recibes un código provisional, que es el que debe figurar en los anuncios mientras tanto. La habilitación es de competencia municipal: el ayuntamiento revisa lo comunicado y, cuando lo da por bueno, la Generalitat inscribe el HUT en el Registro de Turismo de Cataluña y asigna el NIRTC. Puede haber tasa municipal.

La pieza que más ha cambiado el panorama es el Decreto-ley 3/2023. Afecta a los municipios incluidos en su anexo, por tensión en el acceso a la vivienda o alta concentración de HUT. En ellos hace falta una licencia urbanística previa, con una vigencia de cinco años, y el planeamiento tiene que admitir expresamente el uso turístico; sin esa licencia no se puede comunicar el inicio. Se fija un tope general de 10 HUT por 100 habitantes, y los HUT anteriores disponen de cinco años para adaptarse. El Tribunal Constitucional avaló la norma en 2025.

El papel del Ayuntamiento de La Vall d'en Bas

Buena parte del expediente se decide en el Ayuntamiento de La Vall d’en Bas. Es la administración que habilita la vivienda, verifica lo comunicado y puede exigir su tasa; también es la que, en los municipios del anexo del Decreto-ley 3/2023, concede la licencia urbanística previa. Los ayuntamientos catalanes pueden, además, acordar suspensiones de licencias o regular el uso turístico por zonas en su planeamiento. Si hay una suspensión vigente, la Generalitat advierte de que la comunicación se tiene por no presentada. Lo comprobamos para tu calle.

Cómo se da de alta una vivienda de uso turístico en La Vall d'en Bas

El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en La Vall d’en Bas:

  • Estudio previo: comprobamos si La Vall d’en Bas está en el anexo del Decreto-ley 3/2023, qué permite el planeamiento en tu dirección y si hay alguna suspensión vigente.
  • Revisión de la comunidad de propietarios: estatutos y, en edificios en propiedad horizontal, acuerdo de la junta por tres quintas partes para una vivienda turística nueva.
  • Cédula de habitabilidad vigente, con el número de plazas, que expide la Generalitat a partir del certificado de un técnico competente.
  • Licencia urbanística previa del ayuntamiento, si el municipio está en el régimen del Decreto-ley 3/2023.
  • Comunicación de inicio en Canal Empresa, con certificado digital, y obtención del código provisional para la publicidad.
  • Comprobación municipal y traslado a la Generalitat, que inscribe el HUT en el Registro de Turismo de Cataluña con su NIRTC.
  • Antes de recibir huéspedes: alta en SES.HOSPEDAJES, hojas de reclamación, normas de convivencia y número visible en los anuncios.

Documentos que te pedirán

Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:

  • DNI, NIE o NIF del titular y, si es una sociedad, escritura y poderes del representante.
  • Nota simple o escritura de la vivienda y referencia catastral.
  • Cédula de habitabilidad vigente con su número de plazas.
  • Resolución favorable de licencia urbanística previa, en los municipios del Decreto-ley 3/2023.
  • Certificado de la comunidad de propietarios con el acuerdo, si el edificio está en propiedad horizontal.
  • Datos de la persona o empresa del servicio de asistencia y mantenimiento.
  • Justificante de la tasa municipal, si el ayuntamiento la exige.
  • Autorización o representación para presentar en tu nombre.

Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.

Requisitos de la vivienda

La norma de Cataluña fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:

  • Cédula de habitabilidad vigente y condiciones técnicas y de calidad exigibles a una vivienda.
  • Capacidad máxima de 15 plazas y nunca más de las que indique la cédula.
  • Cesión de la vivienda entera; el alquiler por habitaciones no encaja en la figura de HUT.
  • Servicio de asistencia y mantenimiento con un teléfono de contacto a disposición de los usuarios.
  • Número de inscripción (o el provisional) en toda la publicidad y visible en la vivienda junto a la capacidad máxima.
  • Normas de convivencia de la comunidad entregadas a los usuarios, al menos en catalán, castellano, inglés y francés.
  • Hojas de reclamación a disposición de los usuarios.
  • Licencia urbanística previa y planeamiento que admita el uso, en los municipios del Decreto-ley 3/2023.

La comunidad de vecinos

La comunidad de propietarios es el primer filtro. Desde el 3 de abril de 2025, una vivienda turística nueva en un edificio con comunidad necesita el voto favorable de tres quintas partes de la junta (art. 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal, según la LO 1/2025). Revisamos los estatutos y las actas de tu edificio en La Vall d’en Bas y, si toca, preparamos la petición a la comunidad.

En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.

Si ya tienes la vivienda dada de alta en La Vall d'en Bas

Un HUT en La Vall d’en Bas no termina con el alta. Si vendes la vivienda o cambia quien la explota, hay que comunicar el cambio de titular; si cambia la capacidad o el servicio de mantenimiento, una modificación de datos. La baja se comunica por internet en Tràmits Gencat, sin tasa, pero piensa que volver a abrir exigiría cumplir las condiciones vigentes entonces. Además, hay que registrar a los viajeros en SES.HOSPEDAJES y liquidar el impuesto sobre estancias turísticas. Ayuntamiento e inspección de turismo pueden requerir documentos en cualquier momento.

También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.

Precio de la gestión en La Vall d'en Bas

Antes de pagar a un técnico o una tasa, te proponemos el estudio de viabilidad (129 €) para tu vivienda de La Vall d’en Bas. Si concluye que se puede habilitar, el alta del HUT en Cataluña cuesta 599 €, IVA incluido, con el estudio descontado. No incluye los honorarios del técnico ni las tasas municipales, que se presupuestan aparte.

Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.

Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en La Vall d'en Bas

¿Necesito permiso de la comunidad de vecinos?

Desde el 3 de abril de 2025, la Ley de Propiedad Horizontal exige que una vivienda turística nueva en un edificio en propiedad horizontal cuente con la aprobación expresa de la junta por tres quintas partes. Revisamos también tus estatutos.

¿Qué multa hay por anunciar un HUT sin habilitar?

La Ley 13/2002 lo considera grave si la vivienda cumple los requisitos para habilitarse (de 3.001 a 60.000 €) y muy grave si no los cumple (de 60.001 a 600.000 €). Regularizar a tiempo es la mejor defensa.

¿Puedo abrir hoy un HUT nuevo en La Vall d'en Bas?

Depende de si La Vall d’en Bas está en el anexo del Decreto-ley 3/2023, de lo que permita su planeamiento en tu dirección y de que no haya una suspensión vigente. Lo comprobamos con el ayuntamiento en el estudio antes de presentar nada.

¿Cuántas plazas puede tener un HUT?

Como máximo 15, y nunca más de las que indique la cédula de habitabilidad. Anunciar más plazas que la cédula es uno de los motivos más habituales de requerimiento.

Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.

El siguiente paso empieza
con una conversación.

Cuéntanos dónde está tu vivienda y qué te gustaría hacer con ella.

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