L'Eliana: chalets del Camp de Túria a un paso de Valencia
L’Eliana está en el Camp de Túria, en el área metropolitana de Valencia y bien comunicada con la ciudad por metro. Es un municipio muy residencial, con buena parte de su vivienda en chalets con jardín y piscina repartidos por urbanizaciones como Montesol o Montepilar. El alquiler turístico es sobre todo de chalets para familias y grupos, como base para visitar Valencia con espacio y tranquilidad.
En la Comunitat Valenciana el alta pasa por el ayuntamiento, que tiene que informar de que el uso es compatible con el planeamiento. No hemos localizado en la web del Ajuntament de l’Eliana una ordenanza propia sobre viviendas de uso turístico. Antes de presentar comprobamos con el ayuntamiento si el uso encaja en la calificación de tu parcela o urbanización y, en un piso o un adosado en comunidad, si la junta lo ha aprobado.
L'Eliana en cifras: viviendas turísticas según el INE
Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en L’Eliana hay 46 viviendas turísticas con 301 plazas, unas 6,5 por vivienda. Es el municipio n.º 25 de 219 de la provincia de Valencia por número de viviendas turísticas.
Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 59, así que la cifra ha bajado un 22,0 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.
Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.
Qué norma se aplica en L'Eliana
Las viviendas de uso turístico se regulan en la Ley 15/2018, de turismo, ocio y hospitalidad, y en el Decreto 10/2021, reglamento de alojamiento turístico, ambos reformados por el Decreto ley 9/2024, de 2 de agosto, en vigor desde el 8 de agosto de 2024. Una vivienda turística es el inmueble completo que se cede por diez noches o menos seguidas a un mismo cliente; si el alquiler es más largo, no es turístico. No se admite el alquiler por habitaciones, y cada vivienda debe tener una referencia catastral única.
El trámite se hace por internet en el autorregistro de viviendas de uso turístico, con certificado digital o representación. El único documento que se adjunta siempre es el informe municipal de compatibilidad urbanística favorable; lo demás (licencia de ocupación, seguro, certificado energético, comunidad) se declara y hay que tenerlo disponible. El servicio territorial de turismo comprueba y, si todo está bien, inscribe la vivienda en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana con su número. Si el inmueble está en suelo no urbanizable, antes hay que obtener la declaración de interés comunitario o su exención.
El papel del Ayuntamiento de L'Eliana
Lo urbanístico depende del Ayuntamiento de L’Eliana. Es quien emite, con su tasa, el informe de compatibilidad urbanística para uso turístico que exige la Generalitat, y quien puede limitar las viviendas turísticas por edificio, sector o zona o suspender temporalmente su admisión. En suelo no urbanizable, además, puede hacer falta una declaración de interés comunitario o su exención. Antes de solicitar nada miramos si L’Eliana tiene limitaciones aprobadas o en trámite.
Cómo se da de alta una vivienda de uso turístico en L'Eliana
El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en L’Eliana:
- Estudio previo: revisamos el planeamiento de L’Eliana, las limitaciones o suspensiones municipales y si la vivienda tiene referencia catastral propia.
- Comprobamos la comunidad de propietarios: estatutos, título constitutivo y, si es propiedad horizontal, el acuerdo de la junta.
- Solicitamos al Ayuntamiento de L’Eliana el informe de compatibilidad urbanística para uso turístico, o revisamos el que tengas.
- Reunimos la licencia de ocupación, el certificado energético, el seguro de responsabilidad civil y, si hace falta, el certificado del técnico.
- Presentamos la declaración responsable en el autorregistro de la Generalitat, con el periodo de funcionamiento y la capacidad de la vivienda.
- Atendemos el requerimiento de subsanación del servicio territorial de turismo, si llega, dentro de los diez días hábiles.
- Te entregamos el número de registro y te avisamos de la fecha de renovación a los cinco años.
Documentos que te pedirán
Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:
- DNI o NIE del titular y, si es una sociedad, escritura y poderes del representante.
- Informe municipal favorable de compatibilidad urbanística para uso turístico, o documento equivalente.
- Referencia catastral única e individualizada de la vivienda.
- Escritura, nota simple o título que acredite que puedes destinar la vivienda al uso turístico.
- Licencia de primera o segunda ocupación, o declaración responsable equivalente.
- Certificación registral o certificado del administrador de que los estatutos no impiden el uso turístico, y acuerdo de la junta si el edificio está en propiedad horizontal.
- Certificado de eficiencia energética.
- Póliza de seguro de responsabilidad civil para la actividad.
- Documento de representación para presentar en tu nombre.
Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.
Requisitos de la vivienda
La norma de Comunitat Valenciana fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:
- Ceder la vivienda completa, nunca por habitaciones, y por un máximo de diez noches seguidas al mismo cliente.
- Plano de evacuación o instrucciones de emergencia en varios idiomas y un teléfono de atención las 24 horas.
- Refrigeración y calefacción, al menos en el salón comedor, y conexión a internet salvo zonas sin cobertura.
- Mobiliario, menaje y lencería según la capacidad, armario en los dormitorios, televisor y lavadora (o lavandería común).
- Cocina con frigorífico, horno o microondas, extractor y al menos dos fuegos (tres a partir de cinco plazas).
- Botiquín, información del centro médico más cercano y teléfonos de urgencia visibles.
- Servicio de recepción: está prohibido entregar las llaves con cajetines en la vía pública.
- Distintivo oficial en la entrada, hojas de reclamaciones y normas de régimen interior para los huéspedes.
La comunidad de vecinos
Si la vivienda está en un edificio con comunidad de propietarios, desde el 3 de abril de 2025 hace falta que la junta apruebe expresamente el uso turístico por tres quintas partes (Ley de Propiedad Horizontal, art. 17.12, tras la LO 1/2025). En L’Eliana lo revisamos antes de nada y, si hace falta, preparamos el escrito al administrador y el modelo de acuerdo con nuestro servicio de aprobación de la comunidad.
En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.
Si ya tienes la vivienda dada de alta en L'Eliana
Una vez inscrita, la vivienda de L’Eliana tiene obligaciones: anunciarse siempre con su número de registro, comunicar a la Policía o Guardia Civil cada huésped por SES.HOSPEDAJES, mantener el periodo de funcionamiento declarado y renovar a los cinco años. Un cambio de propietario desde el 8 de agosto de 2024 exige nueva declaración con informe municipal; ceder la gestión a otra persona es un cambio de titularidad. Nos ocupamos de esos cambios, de las bajas y de los requerimientos de la inspección de turismo.
También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.
Precio de la gestión en L'Eliana
Trabajamos en dos fases. Primero el estudio, por 129 € IVA incluido, para saber si tu vivienda de L’Eliana puede obtener el informe de compatibilidad. Después, si sigues adelante, el alta completa por 599 €, IVA incluido, con el estudio descontado. Las tasas municipales y el técnico, cuando haga falta, se pagan aparte y te los anticipamos antes de empezar.
Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.
Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en L'Eliana
¿Puedo alquilar por habitaciones?
No como vivienda de uso turístico: la vivienda se cede completa, y ofrecer habitaciones en una vivienda turística registrada es una infracción muy grave.
¿Qué pasa si alquilo la vivienda más de diez días seguidos?
Ese alquiler no es turístico y se rige por la Ley de Arrendamientos Urbanos. Si cae en el periodo declarado como turístico, hay que comunicar antes el cambio de periodo para evitar la baja.
He comprado una vivienda turística en L'Eliana, ¿cambio solo el titular?
Si la compra es desde el 8 de agosto de 2024, debes presentar la declaración de cambio de propietario con un informe de compatibilidad urbanística favorable a tu nombre.
¿Cada cuánto se renueva la inscripción?
Cada cinco años, en el mes anterior al vencimiento. Las viviendas inscritas hasta el 7 de agosto de 2024 renuevan el 8 de agosto de 2029. Sin renovación, la vivienda se da de baja.
Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.
- Ajuntament de l'Eliana
- DOGV: Decreto ley 9/2024, de 2 de agosto, de modificación de la normativa de viviendas de uso turístico
- Generalitat Valenciana: procedimiento de autorregistro de viviendas de uso turístico
- BOE: Ley 15/2018, de 7 de junio, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana
- INE: viviendas turísticas, plazas y plazas por vivienda turística por municipio (tabla 39363)