Miramar: apartamentos de playa en la Safor y el informe municipal
Miramar está en la Safor, en la costa sur de Valencia, entre Bellreguard y Piles, con el pueblo algo hacia el interior y la playa de Miramar en el litoral. El alquiler turístico se concentra en los apartamentos y adosados de la playa, muy de temporada de verano y de familias, y en menor medida en casas del pueblo, a pocos minutos de Gandia y de Oliva.
En la Comunitat Valenciana el alta necesita el informe municipal de compatibilidad urbanística. No hemos localizado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Miramar una ordenanza propia ni una suspensión de esos informes. Antes de presentar comprobamos con el ayuntamiento que el uso es compatible en tu edificio y en tu planta y, al tratarse casi siempre de apartamentos en edificios en propiedad horizontal, revisamos el acuerdo de la comunidad que exige la ley desde abril de 2025.
Miramar en cifras: viviendas turísticas según el INE
Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Miramar hay 63 viviendas turísticas con 334 plazas, unas 5,3 por vivienda. Es el municipio n.º 17 de 219 de la provincia de Valencia por número de viviendas turísticas.
Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 84, así que la cifra ha bajado un 25,0 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.
Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.
Qué norma se aplica en Miramar
Las viviendas de uso turístico se regulan en la Ley 15/2018, de turismo, ocio y hospitalidad, y en el Decreto 10/2021, reglamento de alojamiento turístico, ambos reformados por el Decreto ley 9/2024, de 2 de agosto, en vigor desde el 8 de agosto de 2024. Una vivienda turística es el inmueble completo que se cede por diez noches o menos seguidas a un mismo cliente; si el alquiler es más largo, no es turístico. No se admite el alquiler por habitaciones, y cada vivienda debe tener una referencia catastral única.
El alta es una declaración responsable telemática, el autorregistro de viviendas de uso turístico de la Generalitat. Se adjunta el informe municipal favorable y se declara el resto: disponibilidad de la vivienda, requisitos mínimos, seguro de responsabilidad civil, licencia de ocupación, certificado energético y situación de la comunidad. El servicio territorial de turismo de la provincia comprueba lo presentado e inscribe la vivienda; si falta algo, da diez días hábiles para subsanar. No hay presentación en papel. Si la vivienda está en suelo no urbanizable, antes hace falta la declaración de interés comunitario o su exención.
El papel del Ayuntamiento de Miramar
Antes de la Generalitat, el ayuntamiento. El Ayuntamiento de Miramar decide si el uso turístico es compatible con su planeamiento en tu dirección y lo plasma en el informe municipal de compatibilidad urbanística, sin el que no se puede declarar el alta. Los ayuntamientos pueden fijar límites por edificio o por zona y suspender temporalmente los informes; también conceden la licencia de ocupación o título equivalente. Revisamos el planeamiento y los acuerdos de Miramar para que no pagues una tasa sin opciones.
Cómo se da de alta una vivienda de uso turístico en Miramar
El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Miramar:
- Estudio previo: revisamos el planeamiento de Miramar, las limitaciones o suspensiones municipales y si la vivienda tiene referencia catastral propia.
- Comprobamos la comunidad de propietarios: estatutos, título constitutivo y, si es propiedad horizontal, el acuerdo de la junta.
- Solicitamos al Ayuntamiento de Miramar el informe de compatibilidad urbanística para uso turístico, o revisamos el que tengas.
- Reunimos la licencia de ocupación, el certificado energético, el seguro de responsabilidad civil y, si hace falta, el certificado del técnico.
- Presentamos la declaración responsable en el autorregistro de la Generalitat, con el periodo de funcionamiento y la capacidad de la vivienda.
- Atendemos el requerimiento de subsanación del servicio territorial de turismo, si llega, dentro de los diez días hábiles.
- Te entregamos el número de registro y te avisamos de la fecha de renovación a los cinco años.
Documentos que te pedirán
Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:
- DNI o NIE del titular y, si es una sociedad, escritura y poderes del representante.
- Informe municipal favorable de compatibilidad urbanística para uso turístico, o documento equivalente.
- Referencia catastral única e individualizada de la vivienda.
- Escritura, nota simple o título que acredite que puedes destinar la vivienda al uso turístico.
- Licencia de primera o segunda ocupación, o declaración responsable equivalente.
- Certificación registral o certificado del administrador de que los estatutos no impiden el uso turístico, y acuerdo de la junta si el edificio está en propiedad horizontal.
- Certificado de eficiencia energética.
- Póliza de seguro de responsabilidad civil para la actividad.
- Documento de representación para presentar en tu nombre.
Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.
Requisitos de la vivienda
La norma de Comunitat Valenciana fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:
- Ceder la vivienda completa, nunca por habitaciones, y por un máximo de diez noches seguidas al mismo cliente.
- Plano de evacuación o instrucciones de emergencia en varios idiomas y un teléfono de atención las 24 horas.
- Refrigeración y calefacción, al menos en el salón comedor, y conexión a internet salvo zonas sin cobertura.
- Mobiliario, menaje y lencería según la capacidad, armario en los dormitorios, televisor y lavadora (o lavandería común).
- Cocina con frigorífico, horno o microondas, extractor y al menos dos fuegos (tres a partir de cinco plazas).
- Botiquín, información del centro médico más cercano y teléfonos de urgencia visibles.
- Servicio de recepción: está prohibido entregar las llaves con cajetines en la vía pública.
- Distintivo oficial en la entrada, hojas de reclamaciones y normas de régimen interior para los huéspedes.
La comunidad de vecinos
La comunidad de propietarios es el primer filtro. Desde el 3 de abril de 2025, una vivienda turística nueva en un edificio con comunidad necesita el voto favorable de tres quintas partes de la junta (art. 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal, según la LO 1/2025). Revisamos los estatutos y las actas de tu edificio en Miramar y, si toca, preparamos la petición a la comunidad.
En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.
Si ya tienes la vivienda dada de alta en Miramar
La inscripción en Miramar no es para siempre. Vale cinco años y se renueva en el mes anterior al vencimiento, en la mayoría de casos con informe municipal actualizado; las viviendas inscritas antes del 8 de agosto de 2024 renuevan el 8 de agosto de 2029. Si la vivienda cambia de dueño desde esa fecha, el nuevo propietario necesita su propio informe de compatibilidad. Y si la alquilas por más de diez días en el periodo declarado como turístico sin comunicarlo, puede darse de baja. Llevamos todos esos trámites.
También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.
Precio de la gestión en Miramar
El primer paso es el estudio de viabilidad por 129 €, IVA incluido: comprobamos el planeamiento de Miramar, las limitaciones municipales y la comunidad antes de pedir el informe. Si hay vía y contratas el alta de la VUT, cuesta 599 €, IVA incluido, y se descuentan los 129 € del estudio. La tasa municipal del informe de compatibilidad y, si tu caso lo pide, el técnico, van aparte.
Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.
Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Miramar
¿Puedo alquilar por habitaciones?
No como vivienda de uso turístico: la vivienda se cede completa, y ofrecer habitaciones en una vivienda turística registrada es una infracción muy grave.
¿Qué pasa si alquilo la vivienda más de diez días seguidos?
Ese alquiler no es turístico y se rige por la Ley de Arrendamientos Urbanos. Si cae en el periodo declarado como turístico, hay que comunicar antes el cambio de periodo para evitar la baja.
He comprado una vivienda turística en Miramar, ¿cambio solo el titular?
Si la compra es desde el 8 de agosto de 2024, debes presentar la declaración de cambio de propietario con un informe de compatibilidad urbanística favorable a tu nombre.
¿Cada cuánto se renueva la inscripción?
Cada cinco años, en el mes anterior al vencimiento. Las viviendas inscritas hasta el 7 de agosto de 2024 renuevan el 8 de agosto de 2029. Sin renovación, la vivienda se da de baja.
Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.
- Ayuntamiento de Miramar: sede electrónica
- DOGV: Decreto ley 9/2024, de 2 de agosto, de modificación de la normativa de viviendas de uso turístico
- Generalitat Valenciana: procedimiento de autorregistro de viviendas de uso turístico
- BOE: Ley 15/2018, de 7 de junio, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana
- INE: viviendas turísticas, plazas y plazas por vivienda turística por municipio (tabla 39363)