Requena: La Villa, aldeas y viñedos, y el informe de compatibilidad
Requena está en el interior de la provincia de Valencia, en la meseta de Requena-Utiel, junto a la A-3. Es tierra de vino, con denominación de origen propia, bodegas y cuevas, y su barrio de La Villa, el casco medieval, es Conjunto Histórico. El término es muy extenso y tiene numerosas aldeas. El alquiler turístico combina casas en La Villa y la ciudad con casas rurales en aldeas y entre viñedos, muy ligadas al enoturismo.
No hemos localizado una ordenanza propia ni una suspensión del Ayuntamiento de Requena sobre viviendas de uso turístico. En la Comunitat Valenciana el alta exige antes el informe municipal de compatibilidad urbanística, así que lo primero es pedírselo al Ayuntamiento de Requena. En La Villa revisamos la protección de patrimonio, y en casas de aldea o en suelo no urbanizable, la situación urbanística de la edificación.
Requena en cifras: viviendas turísticas según el INE
Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Requena hay 36 viviendas turísticas con 254 plazas, unas 7,1 por vivienda. Es el municipio n.º 30 de 219 de la provincia de Valencia por número de viviendas turísticas.
Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 44, así que la cifra ha bajado un 18,2 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.
Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.
Qué norma se aplica en Requena
En Requena rige la normativa autonómica: la Ley 15/2018, de turismo, ocio y hospitalidad, y el Decreto 10/2021 de alojamiento turístico, con los cambios del Decreto ley 9/2024, vigente desde el 8 de agosto de 2024. La vivienda de uso turístico se cede entera, con fines turísticos y por un máximo de diez noches seguidas al mismo arrendatario. Está prohibido ofrecerla por habitaciones, y la inscripción ya no es permanente: vale cinco años y hay que renovarla. Las mismas reglas valen para las empresas gestoras, que son las titulares de cinco o más viviendas turísticas.
El trámite se hace por internet en el autorregistro de viviendas de uso turístico, con certificado digital o representación. El único documento que se adjunta siempre es el informe municipal de compatibilidad urbanística favorable; lo demás (licencia de ocupación, seguro, certificado energético, comunidad) se declara y hay que tenerlo disponible. El servicio territorial de turismo comprueba y, si todo está bien, inscribe la vivienda en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana con su número. Si el inmueble está en suelo no urbanizable, antes hay que obtener la declaración de interés comunitario o su exención.
El papel del Ayuntamiento de Requena
Lo urbanístico depende del Ayuntamiento de Requena. Es quien emite, con su tasa, el informe de compatibilidad urbanística para uso turístico que exige la Generalitat, y quien puede limitar las viviendas turísticas por edificio, sector o zona o suspender temporalmente su admisión. En suelo no urbanizable, además, puede hacer falta una declaración de interés comunitario o su exención. Antes de solicitar nada miramos si Requena tiene limitaciones aprobadas o en trámite.
Cómo se da de alta una vivienda de uso turístico en Requena
El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Requena:
- Estudio previo: revisamos el planeamiento de Requena, las limitaciones o suspensiones municipales y si la vivienda tiene referencia catastral propia.
- Comprobamos la comunidad de propietarios: estatutos, título constitutivo y, si es propiedad horizontal, el acuerdo de la junta.
- Solicitamos al Ayuntamiento de Requena el informe de compatibilidad urbanística para uso turístico, o revisamos el que tengas.
- Reunimos la licencia de ocupación, el certificado energético, el seguro de responsabilidad civil y, si hace falta, el certificado del técnico.
- Presentamos la declaración responsable en el autorregistro de la Generalitat, con el periodo de funcionamiento y la capacidad de la vivienda.
- Atendemos el requerimiento de subsanación del servicio territorial de turismo, si llega, dentro de los diez días hábiles.
- Te entregamos el número de registro y te avisamos de la fecha de renovación a los cinco años.
Documentos que te pedirán
Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:
- DNI o NIE del titular y, si es una sociedad, escritura y poderes del representante.
- Informe municipal favorable de compatibilidad urbanística para uso turístico, o documento equivalente.
- Referencia catastral única e individualizada de la vivienda.
- Escritura, nota simple o título que acredite que puedes destinar la vivienda al uso turístico.
- Licencia de primera o segunda ocupación, o declaración responsable equivalente.
- Certificación registral o certificado del administrador de que los estatutos no impiden el uso turístico, y acuerdo de la junta si el edificio está en propiedad horizontal.
- Certificado de eficiencia energética.
- Póliza de seguro de responsabilidad civil para la actividad.
- Documento de representación para presentar en tu nombre.
Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.
Requisitos de la vivienda
La norma de Comunitat Valenciana fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:
- Ceder la vivienda completa, nunca por habitaciones, y por un máximo de diez noches seguidas al mismo cliente.
- Plano de evacuación o instrucciones de emergencia en varios idiomas y un teléfono de atención las 24 horas.
- Refrigeración y calefacción, al menos en el salón comedor, y conexión a internet salvo zonas sin cobertura.
- Mobiliario, menaje y lencería según la capacidad, armario en los dormitorios, televisor y lavadora (o lavandería común).
- Cocina con frigorífico, horno o microondas, extractor y al menos dos fuegos (tres a partir de cinco plazas).
- Botiquín, información del centro médico más cercano y teléfonos de urgencia visibles.
- Servicio de recepción: está prohibido entregar las llaves con cajetines en la vía pública.
- Distintivo oficial en la entrada, hojas de reclamaciones y normas de régimen interior para los huéspedes.
La comunidad de vecinos
Antes de pensar en el registro, mira la comunidad: para una vivienda turística nueva en régimen de propiedad horizontal, la ley exige desde el 3 de abril de 2025 el acuerdo expreso de tres quintas partes de la junta (art. 17.12 LPH, reformado por la LO 1/2025). Si tu piso de Requena está en un edificio así, te ayudamos con la aprobación de la comunidad.
En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.
Si ya tienes la vivienda dada de alta en Requena
Si tu vivienda de Requena ya está inscrita, revisa su fecha: las inscritas hasta el 7 de agosto de 2024 deben renovar el 8 de agosto de 2029; las posteriores, a los cinco años de su alta, en el mes anterior al vencimiento y con informe municipal actualizado. Si compras una vivienda turística después del 8 de agosto de 2024, no basta con un cambio de titular: hay que presentar la declaración de cambio de propietario con nuevo informe de compatibilidad. También gestionamos bajas, cambios de periodo, SES.HOSPEDAJES y respuestas a inspecciones.
También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.
Precio de la gestión en Requena
El primer paso es el estudio de viabilidad por 129 €, IVA incluido: comprobamos el planeamiento de Requena, las limitaciones municipales y la comunidad antes de pedir el informe. Si hay vía y contratas el alta de la VUT, cuesta 599 €, IVA incluido, y se descuentan los 129 € del estudio. La tasa municipal del informe de compatibilidad y, si tu caso lo pide, el técnico, van aparte.
Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.
Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Requena
¿Qué pido primero al Ayuntamiento de Requena para una vivienda turística?
El informe municipal de compatibilidad urbanística, previo al alta en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana. Lo solicitamos y revisamos la respuesta antes de seguir.
He comprado una vivienda turística en Requena, ¿cambio solo el titular?
Si la compra es desde el 8 de agosto de 2024, debes presentar la declaración de cambio de propietario con un informe de compatibilidad urbanística favorable a tu nombre.
¿Cada cuánto se renueva la inscripción?
Cada cinco años, en el mes anterior al vencimiento. Las viviendas inscritas hasta el 7 de agosto de 2024 renuevan el 8 de agosto de 2029. Sin renovación, la vivienda se da de baja.
¿Necesito permiso de la comunidad de vecinos?
Si el edificio está en propiedad horizontal, desde el 3 de abril de 2025 hace falta el acuerdo expreso de tres quintas partes de la junta, y además declarar que los estatutos no lo impiden.
¿Puedo presentar el alta en Requena sin el informe municipal?
No. El informe favorable de compatibilidad urbanística, o el documento equivalente, es obligatorio y se adjunta a la declaración. Haber pedido el informe o pagado la tasa no basta.
Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.
- Ayuntamiento de Requena
- DOGV: Decreto ley 9/2024, de 2 de agosto, de modificación de la normativa de viviendas de uso turístico
- Generalitat Valenciana: procedimiento de autorregistro de viviendas de uso turístico
- BOE: Ley 15/2018, de 7 de junio, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana
- INE: viviendas turísticas, plazas y plazas por vivienda turística por municipio (tabla 39363)