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Gestión administrativa

Alta de tu vivienda turística en Andalucía: pasos, documentos y precio

Preparamos y presentamos la declaración responsable de tu vivienda de uso turístico ante el Registro de Turismo de Andalucía. Antes revisamos la nota simple, el acuerdo de la comunidad y el encaje municipal, para que lo que declares esté respaldado por documentos.

Responsable del trámite – GA 1268 COGAS SLP – Gestoría colegiada n.º 1268

VFT o VUT: cómo se llama hoy el trámite

Muchos propietarios siguen buscando «licencia VFT», el nombre que usaba el Decreto 28/2016 para las viviendas con fines turísticos. El Decreto 31/2024 modificó ese reglamento y la Junta habla ahora de viviendas de uso turístico. El trámite es una declaración responsable que se presenta por vía electrónica y da lugar a la inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía (RTA).

La propia Junta indica en sus preguntas frecuentes sobre viviendas de uso turístico que la inscripción es gratuita. Nuestro precio corresponde al trabajo de gestoría: revisar, preparar, presentar y seguir el expediente.

Lo que conviene comprobar antes de presentar

La declaración no lleva informe técnico, pero sí obliga a declarar que la vivienda cumple la ordenación urbanística del municipio. El reglamento permite a los ayuntamientos limitar el número de viviendas turísticas por edificio, sector, zona o periodo, así que comprobamos si el ayuntamiento de tu vivienda ha aprobado alguna limitación. Si tu vivienda está en una zona con limitaciones o en duda, el primer paso es el estudio de viabilidad por 129 €, que se descuenta si después contratas el alta.

Otro punto clave es la comunidad de propietarios. La Junta pide el certificado del secretario o administrador con la aprobación del uso turístico cuando la vivienda está en un edificio en régimen de propiedad horizontal. Si todavía no tienes ese acuerdo, podemos preparar el escrito al administrador y el modelo de acuerdo. Las viviendas protegidas quedan fuera de esta actividad.

Documentos que necesitamos para el alta

Con esta relación preparamos la declaración y el archivo que debes conservar:

  • Nota simple reciente del Registro de la Propiedad y referencia catastral.
  • DNI o NIE del titular y, si actúa una sociedad, escritura y poderes.
  • Certificado de la comunidad de propietarios con la aprobación del uso turístico, si hay propiedad horizontal.
  • Contrato o título que te habilite si quien explota la vivienda no es el propietario.
  • Empadronamiento, si la cesión va a ser por habitaciones.
  • Capacidad prevista, periodos de funcionamiento y datos de contacto.

Según la Junta, si falta un documento se concede un plazo de diez días hábiles para aportarlo; si no se completa, la inscripción puede cancelarse. Por eso revisamos todo antes de presentar y no después.

Cómo trabajamos tu alta, paso a paso

Primero revisamos tus documentos y la situación de la vivienda en su municipio. Después preparamos la declaración responsable con los datos de capacidad, titular y representante, la presentamos con tu autorización y te entregamos el justificante. Cuando la Junta asigna el código de inscripción, te explicamos qué número debes mostrar en los anuncios y qué diferencia hay entre el justificante de presentación y la inscripción.

Si llega un requerimiento, lo contestamos dentro del encargo cuando se refiere a la documentación que hemos presentado. La gestión la presta nuestro gestor administrativo colegiado a distancia y con la representación que corresponda. No garantizamos la inscripción ni un plazo: lo decide la administración.

Precio: 499 € el alta o 699 € el pack llave en mano

El alta en el Registro de Turismo de Andalucía cuesta 499 €, IVA incluido. Si prefieres dejar resueltas también las altas que vienen después, el pack llave en mano cuesta 699 € e incluye el estudio, el alta autonómica, el alta en SES.HOSPEDAJES y el alta en Hacienda con la explicación de tus obligaciones.

Los gastos de terceros, como una nota simple, una licencia municipal o un técnico si tu caso lo necesitara, se presupuestan aparte. Puedes ver el resto de servicios en la página de precios.

Qué no entra en el alta y qué viene después

No gestionamos reservas, llaves, limpieza ni atención a huéspedes. Tras la inscripción quedan obligaciones del titular: comunicar los datos de viajeros, mantener la hoja de reclamaciones y los requisitos de equipamiento, y comunicar cambios o la baja. Si buscas el marco general y los municipios, consulta la página de vivienda turística en Andalucía.

Sobre el Registro Único estatal (NRUA), tras la sentencia del Tribunal Supremo de 2026 su exigencia depende de cada vivienda y lo revisamos contigo.

Preguntas frecuentes

¿Necesito un arquitecto para dar de alta una vivienda turística en Andalucía?

La declaración no exige un certificado técnico. Sí tienes que poder acreditar que la vivienda cumple la normativa urbanística y los requisitos del reglamento; si hay dudas sobre obras o licencias, lo vemos en el estudio.

¿Sigue valiendo mi número VFT?

El cambio de denominación no obliga por sí solo a una nueva alta. Si has comprado la vivienda o cambia el titular, corresponde otro trámite, que revisamos con tu expediente.

¿El estudio de 129 € se pierde si luego contrato el alta?

No. Si contratas el alta de esa misma vivienda, descontamos los 129 € del precio.

Fuentes consultadas el 11 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.

El siguiente paso empieza
con una conversación.

Cuéntanos dónde está tu vivienda y qué te gustaría hacer con ella.

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