Un procedimiento para altas, bajas y modificaciones
El Instituto de Turismo de la Región de Murcia (ITREM) tramita las viviendas de uso turístico con un único procedimiento de la sede de la CARM: viviendas de uso turístico: altas, bajas y modificaciones (código 1890). Su objeto incluye obtener la clasificación, comunicar la baja en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas cuando ya no se ejerce la actividad y comunicar cualquier modificación o cambio que pueda afectar a la resolución de clasificación.
Las viviendas de uso turístico se regulan en el Decreto 256/2019, de 10 de octubre, y pueden cederse en su totalidad o por habitaciones destinadas a dormitorio. Comprobamos en qué modalidad y con qué signatura figura tu vivienda antes de comunicar la baja.
Cómo se presenta
Se puede presentar por la sede electrónica, con DNI electrónico, certificado o Cl@ve, rellenando el formulario específico y la relación de viviendas, o de forma presencial en cualquier oficina de registro con el modelo P-1890 firmado, enviando después la relación Excel de viviendas al correo que indica el propio modelo.
Si tienes varias viviendas inscritas con la misma declaración, la relación de viviendas permite indicar cuál o cuáles se dan de baja. Es un punto en el que se cometen errores: dar de baja todas cuando solo se cierra una, o al revés.
Lo que necesitamos para preparar la baja
Para identificar la vivienda en el registro pedimos:
- Signatura o número turístico de cada vivienda que se da de baja.
- Dirección, municipio, pedanía y referencia catastral.
- Datos del titular inscrito.
- Fecha en que termina la actividad.
- Poderes o documento de representación, si actúa otra persona.
- Requerimientos o expedientes abiertos con el ITREM, si los hay.
La ficha recuerda que el representante debe adjuntar obligatoriamente los poderes o el documento de representación.
Ejemplo: un apartamento en La Manga que deja la actividad
Imagina una propietaria que alquilaba a turistas un apartamento en verano y decide venderlo a alguien que lo usará como segunda residencia. Localizamos la signatura, preparamos la declaración de baja y la presentamos por la sede. Te entregamos el justificante y una nota con lo que la baja no cubre: anuncios, reservas aceptadas y fiscalidad del año.
Si el comprador quisiera seguir con la actividad, lo adecuado sería un cambio de titular en la Región de Murcia en vez de una baja. Si solo cambia la capacidad o el contacto, una modificación de datos.
Precio y alcance
La baja cuesta 99 € (IVA incluido): revisión de la inscripción, preparación y presentación de la declaración y justificante. El procedimiento tiene asociada la tasa T330 por ordenación de actividades turísticas, que el sistema calcula de forma automática con sus exenciones y bonificaciones; si tu caso genera algún importe, iría aparte.
La gestión la presta nuestro gestor administrativo colegiado a distancia. Si dudas entre cerrar o mantener la vivienda, empieza por un estudio (129 €). Volver a abrir exigiría una nueva declaración con los requisitos vigentes, incluido el certificado de aprobación expresa de la comunidad de propietarios cuando el edificio está en propiedad horizontal. Más contexto en baja de una vivienda turística y en trámites en la Región de Murcia.
Preguntas frecuentes
¿Hay un formulario de baja distinto del de alta?
No: el procedimiento 1890 y su declaración responsable sirven para altas, bajas y modificaciones.
¿Puedo dar de baja solo una de mis viviendas?
Sí. En la relación de viviendas se indica cuáles se dan de baja. Lo revisamos para no afectar a las demás.
¿Quién resuelve?
El Instituto de Turismo de la Región de Murcia (ITREM), que inscribe los cambios en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas.
Fuentes consultadas el 12 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.