La revisión parte de la actividad real en Canarias
Las reglas del IVA peninsular no deben trasladarse automáticamente a una vivienda vacacional canaria. El IGIC tiene su propio ámbito y normativa. Para revisar el caso necesitamos saber quién realiza la actividad, dónde está establecido, qué servicios presta y qué declaraciones ha presentado.
El diagnóstico puede referirse al inicio, a un cambio de circunstancias o a períodos ya transcurridos. Identificamos contribuyente, vivienda y fecha de la operación antes de proponer una actuación. Tener una inscripción turística y estar al día de la gestión tributaria son comprobaciones diferentes.
Qué incluye un diagnóstico fiscal
Con el diagnóstico recibes un resumen escrito con:
- El alta censal y las declaraciones que hemos revisado.
- Las cuestiones de tu actividad que afectan al estudio del régimen.
- Los modelos y períodos que debamos gestionar, una vez comprobada la documentación.
- Los datos que faltan y cualquier cuestión que requiera una consulta especializada.
Después te presupuestamos las declaraciones concretas que quieras encargarnos. El diagnóstico, por sí solo, no presenta modelos ni realiza pagos.
Una exención, cuando corresponda, no permite concluir automáticamente que desaparecen todas las obligaciones formales. Tampoco implica el mismo tratamiento para operaciones localizadas fuera de Canarias. El presupuesto separa el diagnóstico de la preparación y presentación de declaraciones concretas.
REPEP: no basta mirar lo que ingresa una vivienda
La Agencia Tributaria Canaria explica que el régimen del pequeño empresario o profesional depende, entre otros requisitos, de ser persona física, estar establecido en Canarias y del volumen de operaciones del conjunto de actividades. Una sociedad o una comunidad de bienes no se trata como una persona física por tener pocos ingresos.
La información oficial, actualizada el 21 de septiembre de 2026, también diferencia la situación de personas no residentes en Canarias con o sin establecimiento permanente. Por eso no prometemos una exención por el mero hecho de tener una vivienda pequeña, vivir en otra provincia o facturar poco en una plataforma.
Qué documentos permiten estudiar el régimen
- Identificación y forma jurídica de quien realiza la actividad.
- Alta censal, modificaciones y opciones comunicadas.
- Declaraciones de IGIC anteriores y justificantes.
- Ingresos de todas las actividades que deban considerarse.
- Descripción de servicios, medios y forma de explotación.
- Facturas emitidas y recibidas, con períodos identificados.
Se pide la información necesaria para el análisis acordado. Los movimientos de una cuenta o el resumen de Airbnb no sustituyen por sí solos todas las magnitudes fiscales. Si intervienen varias personas o actividades, se separan desde el principio.
Preparación y presentación bajo un encargo definido
Nuestro gestor administrativo colegiado valora el expediente y confirma el alcance profesional antes de aceptarlo. El presupuesto fija contribuyente, viviendas, períodos, modelos y honorarios con los impuestos aplicables. Las cuotas a ingresar a la Administración son importes distintos de los honorarios.
La presentación requiere representación válida, datos revisados y conformidad sobre la actuación. Entregamos los justificantes de lo contratado y señalamos lo que queda fuera. Ejercicios anteriores, requerimientos y cambios de régimen se examinan de manera específica; no se incluyen en una presentación ordinaria sin haberlos acordado.
Coordinar el IGIC con el resto de la carpeta
Podemos aprovechar los archivos de reservas, comisiones y cobros para evitar pedir varias veces la misma documentación. Aun así, la conciliación económica no decide por sí sola el tratamiento de cada operación ni sustituye la declaración que corresponda.
Los trámites turísticos en Canarias, la imposición sobre la renta y el IGIC se delimitan como encargos distintos. Para solicitar valoración, indica isla y municipio, quién explota la vivienda, forma jurídica y períodos a revisar. No necesitas conocer de antemano el número de modelo adecuado.
Preguntas antes de pedir presupuesto
¿Qué diferencia hay entre el diagnóstico y la presentación?
En el diagnóstico estudiamos tu documentación y te entregamos las conclusiones y cuestiones pendientes. Si después contratas una presentación concreta, preparamos esa declaración, acordamos la actuación y te entregamos el justificante. Cada encargo identifica sus modelos, períodos y precio.
¿Miramos solo los ingresos de esta vivienda?
Para estudiar el REPEP necesitamos considerar el conjunto de actividades del contribuyente y las demás condiciones del régimen. El resumen de una plataforma puede servir para empezar, pero no basta para cerrar el diagnóstico.
¿Si estoy exento ya no tengo que hacer nada?
Una exención no elimina automáticamente las obligaciones formales. Revisamos cuáles afectan a tu caso y las dejamos identificadas en el diagnóstico.
¿La revisión de IGIC resuelve también mi renta?
Son obligaciones diferentes. Podemos coordinar la documentación, pero cada impuesto y declaración debe figurar en el encargo. No se da por presentada la renta de una persona por haber revisado sus obligaciones indirectas, ni se confunden cuotas con honorarios profesionales.
¿Qué pasa si me trasladé o cambió la forma de explotación?
Comunica la fecha y aporta los documentos del cambio. Las conclusiones de un período no deben copiarse automáticamente al siguiente cuando cambian hechos relevantes. Revisamos qué actuaciones censales o declaraciones procede valorar, antes de aplicar una solución al conjunto del año.
Fuentes fiscales revisadas el 12 de octubre de 2026. Revisamos la situación concreta antes de aceptar el encargo.