Saltar al contenido
HAZ TUvivienda turística
Menú

Gestión administrativa

Requerimiento de documentos de tu vivienda turística en Andalucía

La Junta de Andalucía inscribe la vivienda con la declaración responsable y después puede pedir documentos. Si no se aportan en plazo, inicia la cancelación de la inscripción. Preparamos la respuesta al Registro de Turismo de Andalucía por 199 €.

Responsable del trámite – GA 1268 COGAS SLP – Gestoría colegiada n.º 1268

Diez días hábiles y una cancelación en juego

Las preguntas frecuentes de la Junta lo explican sin rodeos: si al inscribir la vivienda no aportaste ciertos documentos, se te requerirán con la resolución de inscripción para que los presentes en diez días hábiles, y si no lo haces se inicia el procedimiento de cancelación de la inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía.

La norma andaluza ha cambiado de nombre: el Decreto 28/2016 sustituye ahora la antigua denominación «viviendas con fines turísticos» (VFT) por «viviendas de uso turístico», y el código de inscripción tiene la forma VUT/provincia/número. Si tu requerimiento habla de una u otra, se refiere a lo mismo.

Los documentos que pide la Junta

Según la información oficial, estos son los documentos que la Junta reclama cuando no se adjuntaron a la declaración. Revisamos que coincidan con la vivienda y con quien figura como titular:

  • Nota simple actualizada del Registro de la Propiedad.
  • Certificado del secretario o administrador de la comunidad con la aprobación expresa y en vigor del uso turístico.
  • Título que habilite al explotador, con su vigencia, si no es el propietario.
  • Acreditación de la representación si la declaración la presentó otra persona.
  • Anexo de titularidad compartida si hay varios propietarios.
  • Certificado de empadronamiento en la modalidad por habitaciones.

Cuando lo que se revisa es el cumplimiento

Otros requerimientos llegan tras una comprobación o una inspección. El Decreto 28/2016 prevé la cancelación de la inscripción, previa audiencia, si se comprueba una inexactitud esencial en la declaración, si la vivienda deja de reunir las condiciones o si faltan licencias exigibles, sobre todo urbanísticas. También se revisan los periodos de funcionamiento declarados: la Junta avisa de que hay que comunicarlos antes del 1 de enero si no se repiten cada año.

La Ley 13/2011 del Turismo de Andalucía califica como grave no realizar las comunicaciones exigidas tras un requerimiento, y como leve hacerlas con retraso. Por eso conviene contestar aunque falte una pieza, explicando su estado.

El ayuntamiento también cuenta

La Junta comunica cada inscripción al ayuntamiento y recuerda que el titular debe cumplir la normativa urbanística municipal; un ayuntamiento puede pedir la cancelación si no se cumple. Si el requerimiento procede del municipio o menciona limitaciones por zonas, empezamos por el estudio de viabilidad (129 €) antes de contestar.

Si la vivienda está en una ciudad con limitaciones aprobadas, revisa también la página de tu municipio dentro de Andalucía.

Errores que vemos al contestar a la Junta

Confundir números es el más habitual. La Junta aclara que el código CTC que obtienes al presentar la declaración no es la inscripción: el código del Registro de Turismo de Andalucía es el VUT/provincia/número que figura en la resolución, y es el que debe aparecer en la publicidad.

También vemos certificados de la comunidad que no recogen una aprobación expresa y en vigor, notas simples antiguas o a nombre de otra persona, y empresas que explotan la vivienda sin un título que lo acredite. Antes de presentar nada, comprobamos que cada documento responde a lo que se pide y que no contradice lo que declaraste.

Qué incluye la respuesta por 199 €

Revisamos la resolución y el requerimiento, pedimos o comprobamos la nota simple y el certificado de la comunidad, preparamos el escrito y lo presentamos con tu representación. Te entregamos el justificante y te decimos qué queda pendiente. Si el problema es el acuerdo de la comunidad, puede encajar el servicio de aprobación de la comunidad de propietarios.

Si ya te han notificado el inicio de la cancelación o una sanción, el encargo cambia: multas y expedientes sancionadores en Andalucía.

Preguntas frecuentes

¿Pueden cancelar mi inscripción solo por no contestar?

La Junta indica que, pasado el plazo sin aportar los documentos, inicia el procedimiento de cancelación. Es un procedimiento con audiencia, pero conviene no llegar a él.

La comunidad no ha votado nada, ¿qué presento?

Te explicamos qué dice tu caso concreto y, si hace falta un acuerdo, preparamos el escrito al administrador. No se puede aportar un certificado que no existe.

Fuentes consultadas el 11 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.

El siguiente paso empieza
con una conversación.

Cuéntanos dónde está tu vivienda y qué te gustaría hacer con ella.

WhatsApp 24h · 620 00 11 66
Scroll al inicio