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Vivienda de uso turístico en Cenes de la Vega: alta en el registro andaluz

¿Tienes una vivienda en Cenes de la Vega y quieres darla de alta como turística? El trámite es una declaración responsable ante la Junta de Andalucía, gratuita, que lleva a la inscripción en el Registro de Turismo. Te ayudamos a reunir los documentos, a comprobar los requisitos y a presentarla sin errores.

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Cenes de la Vega: entre Granada y Sierra Nevada

Cenes de la Vega está junto a Granada, a orillas del Genil y en la carretera que sube a Sierra Nevada. El alquiler turístico es sobre todo de pisos y adosados, que sirven a la vez para visitar Granada y para ir a esquiar o a la montaña, con demanda repartida entre la temporada de esquí en invierno y las escapadas a la ciudad durante el resto del año.

En Andalucía el alta se hace ante la Junta, y desde 2024 los ayuntamientos pueden fijar límites a las viviendas turísticas. No hemos localizado en la web del Ayuntamiento de Cenes de la Vega una norma propia que limite este uso. Antes de presentar comprobamos con el ayuntamiento si el uso encaja en el planeamiento y, en un piso o un adosado en comunidad, si la junta ha aprobado el uso turístico.

Cenes de la Vega en cifras: viviendas turísticas según el INE

Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Cenes de la Vega hay 52 viviendas turísticas con 242 plazas, unas 4,7 por vivienda. Es el municipio n.º 10 de 140 de la provincia de Granada por número de viviendas turísticas.

Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 56, así que la cifra ha bajado un 7,1 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.

Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.

Qué norma se aplica en Cenes de la Vega

En Andalucía la norma de referencia es el Decreto 28/2016 de las viviendas de uso turístico, reformado por el Decreto 31/2024, dentro del marco de la Ley 13/2011 del Turismo. Con la reforma, la antigua VFT pasó a llamarse VUT y se añadieron exigencias de superficie, equipamiento y baños. El titular presenta una declaración responsable por internet, siempre con certificado digital, y obtiene un número CTC de presentación. La inscripción llega con la resolución de la Junta, que asigna el código VUT/provincia/número para anuncios y plataformas. No hay tasa autonómica.

La documentación es corta pero se revisa. Según las preguntas frecuentes de la Junta, hay que contar siempre con una nota simple reciente y, en edificios en propiedad horizontal, con el certificado de la comunidad que apruebe expresamente el uso turístico. Se añaden el contrato que habilite a la empresa explotadora, la representación si presenta otra persona, el anexo de titularidad compartida si hay varios propietarios y el empadronamiento en la modalidad por habitaciones. Si falta algo, la Junta lo requiere con la inscripción y concede diez días hábiles antes de abrir la cancelación.

El papel del Ayuntamiento de Cenes de la Vega

Antes de declarar nada conviene saber qué dice el Ayuntamiento de Cenes de la Vega. En Andalucía la declaración responsable incluye el cumplimiento de la ordenación urbanística del municipio, y la Junta traslada cada inscripción al ayuntamiento, que puede solicitar la cancelación si detecta un incumplimiento. Los ayuntamientos pueden aprobar limitaciones de viviendas turísticas por zonas, edificios o periodos, y algunos ya lo han hecho. Si la vivienda está asimilada a fuera de ordenación, hace falta autorización municipal previa. Por eso lo revisamos en el estudio.

Cómo se da de alta una vivienda de uso turístico en Cenes de la Vega

El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Cenes de la Vega:

  • Estudio previo: comprobamos el encaje urbanístico en Cenes de la Vega, si hay limitaciones municipales para tu zona y si la vivienda cumple superficie, plazas y equipamiento.
  • Comunidad de propietarios: revisamos los estatutos y, en propiedad horizontal, el certificado con la aprobación expresa del uso turístico por tres quintas partes.
  • Reunimos la nota simple actualizada, la referencia catastral y, según el caso, el contrato de explotación, la representación o el empadronamiento.
  • Preparamos la declaración responsable con capacidad, modalidad (vivienda completa o por habitaciones), periodos de funcionamiento y datos de contacto.
  • La presentamos por vía telemática con certificado digital y te entregamos el justificante con el código CTC.
  • La Junta dicta la resolución de inscripción con el código VUT/provincia/número; si requiere documentos, se contestan en diez días hábiles.
  • Antes de recibir huéspedes: alta en SES.HOSPEDAJES, hojas de quejas y reclamaciones con su cartel, y código de inscripción en todos los anuncios.

Documentos que te pedirán

Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:

  • DNI o NIE del titular y, si es una sociedad, escritura y poderes del representante.
  • Nota simple actualizada del Registro de la Propiedad.
  • Referencia catastral y superficie construida de la vivienda.
  • Certificado del secretario o administrador de la comunidad con la aprobación del uso turístico, si hay propiedad horizontal.
  • Contrato de explotación, cesión o comodato, si quien explota no es el propietario.
  • Anexo de titularidad compartida, si hay varios propietarios.
  • Certificado de empadronamiento del titular, si se cede por habitaciones.
  • Documento de representación para presentar la declaración en tu nombre.

Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.

Requisitos de la vivienda

La norma de Andalucía fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:

  • Superficie construida de uso principal de al menos 25 m² y un mínimo de 14 m² por plaza, salvo que el planeamiento fije otra cosa.
  • Máximo de 15 plazas en la vivienda completa y 6 por habitaciones, con un máximo de 4 plazas por dormitorio.
  • Dos baños completos si hay más de 5 plazas y tres si hay más de 8.
  • Refrigeración si funciona entre mayo y agosto y calefacción si funciona entre diciembre y marzo.
  • Dormitorios y salones con ventilación directa al exterior o a patio ventilado y sistema de oscurecimiento.
  • Cocina equipada con detector de humo y extintor, botiquín, televisor e información turística y de los electrodomésticos.
  • Hojas de quejas y reclamaciones oficiales y atención telefónica a los usuarios las 24 horas.
  • Sin prohibición expresa del uso turístico en los estatutos y con la vivienda fuera del régimen de vivienda protegida.

La comunidad de vecinos

La comunidad de propietarios es el primer filtro. Desde el 3 de abril de 2025, una vivienda turística nueva en un edificio con comunidad necesita el voto favorable de tres quintas partes de la junta (art. 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal, según la LO 1/2025). Revisamos los estatutos y las actas de tu edificio en Cenes de la Vega y, si toca, preparamos la petición a la comunidad.

En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.

Si ya tienes la vivienda dada de alta en Cenes de la Vega

Tras el alta quedan trámites que conviene no olvidar. Los periodos de funcionamiento se comunican antes del 1 de enero si no se repiten, y alquilar fuera de ellos puede tratarse como actividad clandestina. El cambio de titular, la modificación de datos o la baja se presentan con el formulario de comunicación de la Junta. La vivienda no puede simultanear la inscripción turística con un alquiler residencial de un año o más. Y los viajeros se comunican en SES.HOSPEDAJES. Si tu vivienda de Cenes de la Vega recibe un requerimiento o una inspección, lo contestamos.

También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.

Precio de la gestión en Cenes de la Vega

Precio cerrado: 499 € (IVA incluido) por el alta de tu vivienda de uso turístico en Cenes de la Vega, o 699 € con el pack llave en mano, que incluye además SES.HOSPEDAJES y el alta en Hacienda. En Andalucía no hace falta técnico para la declaración. Si tu zona tiene limitaciones o hay dudas, el primer paso es el estudio de 129 €, descontable.

Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.

Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Cenes de la Vega

¿Qué pasa si alquilo sin estar inscrito?

La Ley 13/2011 lo considera prestación clandestina, infracción grave con multa de 2.001 a 18.000 €. Alquilar fuera de los periodos declarados también puede considerarse clandestino.

¿Necesito arquitecto para dar de alta una vivienda turística en Cenes de la Vega?

La declaración responsable no exige un certificado técnico. Sí debes cumplir los requisitos del Decreto 28/2016 y la normativa urbanística; si hay dudas sobre obras o licencias, lo vemos en el estudio.

¿Sigue valiendo mi número VFT?

Sí: el cambio de nombre a vivienda de uso turístico no obliga por sí solo a una nueva alta. Si cambia el titular o la vivienda, hay que comunicarlo.

¿Cuántas plazas puedo ofrecer?

Hasta 15 en vivienda completa y 6 por habitaciones, con un máximo de 4 por dormitorio y al menos 14 m² de superficie por plaza. Más de 5 plazas exigen dos baños completos.

Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.

El siguiente paso empieza
con una conversación.

Cuéntanos dónde está tu vivienda y qué te gustaría hacer con ella.

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