El Espinar: chalets de sierra en San Rafael y Los Ángeles
El Espinar está en la vertiente segoviana de la Sierra de Guadarrama, con varios núcleos: El Espinar, San Rafael, Los Ángeles de San Rafael, La Estación de El Espinar y Gudillos. Es zona tradicional de segunda residencia, y el alquiler turístico es sobre todo de chalets y casas con jardín en urbanizaciones y de pisos en San Rafael, con demanda de fines de semana, verano y temporada de nieve.
En Castilla y León la declaración se presenta ante la Junta, pero la vivienda tiene que ser legal y el uso compatible con el planeamiento. No hemos localizado en la web del Ayuntamiento de El Espinar una ordenanza propia sobre viviendas de uso turístico. Antes de presentar comprobamos con el ayuntamiento la situación urbanística de la vivienda, sobre todo en urbanizaciones con normas propias, y, si es un piso o un chalet en comunidad, si la junta ha aprobado el uso.
El Espinar en cifras: viviendas turísticas según el INE
Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en El Espinar hay 52 viviendas turísticas con 471 plazas, unas 9,1 por vivienda. Es el municipio n.º 2 de 132 de la provincia de Segovia por número de viviendas turísticas.
Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 57, así que la cifra ha bajado un 8,8 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.
Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.
Qué norma se aplica en El Espinar
La vivienda de uso turístico está regulada en Castilla y León por el Decreto 3/2017 y, por encima, por la Ley 14/2010 de Turismo. Encaja en la figura la vivienda amueblada que se cede completa, a cambio de precio y con habitualidad, que el decreto relaciona con superar, en una o varias veces, un mes de estancias turísticas en el mismo año natural. Si la estancia de un mismo cliente supera dos meses seguidos, ya no se considera uso turístico. El veto al alquiler por habitaciones fue anulado y derogado en 2019; aun así, lo estudiamos contigo antes de presentar nada.
El procedimiento se inicia con una declaración responsable, siempre antes de recibir al primer huésped. Va dirigida a la Sección de Turismo de Segovia y se presenta por vía electrónica, con certificado o Cl@ve, o en una oficina de asistencia en materia de registros. Tras presentarla, la Junta inscribe la vivienda de oficio en el Registro de Turismo y puede comprobar después lo declarado. No se pide un informe técnico para presentar, ni la ficha recoge una tasa, pero lo declarado tiene que ser cierto y demostrable. Consulta la ficha oficial del procedimiento.
El papel del Ayuntamiento de El Espinar
La Junta no pide una licencia turística municipal, pero el Ayuntamiento de El Espinar sigue contando. La vivienda necesita licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad o autorización municipal equivalente, y el uso tiene que encajar en el planeamiento. Algunos ayuntamientos de la comunidad han regulado estas viviendas en sus planes u ordenanzas, y la justicia autonómica ha tratado el uso turístico como terciario en algún caso. Por eso comprobamos con el Ayuntamiento de El Espinar la situación del inmueble y si hay cambios en tramitación antes de presentar la declaración.
Cómo se da de alta una vivienda de uso turístico en El Espinar
El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en El Espinar:
- Revisamos la vivienda, sus documentos municipales y si encaja como VUT o en otra modalidad, como el turismo rural.
- Comprobamos con el Ayuntamiento de El Espinar el encaje urbanístico y la licencia de primera ocupación o documento equivalente.
- Si es un piso en propiedad horizontal, verificamos los estatutos y el acuerdo de la junta de propietarios.
- Repasamos contigo los requisitos del Decreto 3/2017: dormitorios, cocina, baño, calefacción, botiquín, placa e información.
- Preparamos la declaración responsable con capacidad, periodos de apertura, precios y datos del titular.
- La presentamos con tu autorización ante la Sección de Turismo de Segovia y te entregamos el justificante.
- Tras la inscripción, te explicamos el número de registro en los anuncios y el registro de viajeros en SES.HOSPEDAJES.
Documentos que te pedirán
Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:
- DNI o NIE del titular, o escritura y CIF si es una sociedad.
- Nota simple o documento que acredite que puedes disponer de la vivienda.
- Licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad o autorización municipal equivalente.
- Referencia catastral y dirección completa.
- Plano o croquis con dormitorios y camas para calcular las plazas.
- Estatutos de la comunidad y acta del acuerdo de la junta, si es un piso.
- Documento de representación, si presentamos en tu nombre.
- Teléfono o correo de atención 24 horas y precios que vas a declarar.
Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.
Requisitos de la vivienda
La norma de Castilla y León fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:
- Licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad o autorización municipal equivalente (artículo 7).
- Dormitorio, salón-comedor, cocina y baño o aseo; en un estudio pueden compartir espacio.
- Dormitorios con ventilación directa y superficie mínima de 7 m² el individual y 10 m² el doble.
- Cocina con frigorífico, cocina, microondas, campana, lavadora y menaje suficiente.
- Agua caliente, calefacción, botiquín y limpieza y cambio de ropa antes de cada entrada.
- Placa identificativa en la entrada e información al viajero con número de inscripción, aforo y precios.
- Teléfono o correo de atención 24 horas, anunciado al menos en castellano e inglés.
- Número de registro en toda la publicidad y confirmación escrita de las reservas.
La comunidad de vecinos
La comunidad de propietarios es el primer filtro. Desde el 3 de abril de 2025, una vivienda turística nueva en un edificio con comunidad necesita el voto favorable de tres quintas partes de la junta (art. 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal, según la LO 1/2025). Revisamos los estatutos y las actas de tu edificio en El Espinar y, si toca, preparamos la petición a la comunidad.
En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.
Si ya tienes la vivienda dada de alta en El Espinar
Una vez inscrita, cualquier cambio se comunica a la Junta en el plazo de un mes: capacidad, denominación, datos de contacto o cese. Si vendes, heredas o aportas la vivienda a una sociedad, el nuevo titular presenta su propia declaración en ese mes y antes de seguir alquilando. Además, cada estancia se comunica en SES.HOSPEDAJES, que es una obligación estatal aparte. La Junta puede inspeccionar y aplicar el régimen sancionador de la Ley 14/2010. Tramitamos cambios de titular, modificaciones, bajas y requerimientos; sobre el NRUA, su exigencia depende del caso tras la sentencia del Supremo de 2026.
También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.
Precio de la gestión en El Espinar
Precios con IVA incluido: estudio de viabilidad, 129 € (se descuenta si contratas después); alta en la Junta de Castilla y León, 499 €; pack llave en mano, 699 €, que suma estudio, alta, SES.HOSPEDAJES y alta en Hacienda con la explicación de tus obligaciones. Un técnico solo interviene si la vivienda de El Espinar lo necesita, y lo contratas tú aparte; las tasas municipales, si las hay, también van aparte. Trabajamos a distancia, con la representación que corresponda, sin ocuparnos de la explotación y sin prometer un plazo ni un resultado.
Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.
Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en El Espinar
¿Cuántas plazas puede tener mi vivienda de El Espinar?
El decreto no fija un máximo general: las plazas salen de las camas, y cada dormitorio debe tener superficie suficiente (7 m² el individual, 10 m² el doble y 4 m² más por plaza adicional). Las cunas no cuentan. Lo calculamos con tu plano.
¿Puedo alquilar por habitaciones?
La prohibición de ceder por estancias que recogía el Decreto 3/2017 fue anulada por los tribunales y derogada en 2019. Aun así, revisamos tu caso y el planeamiento de El Espinar antes de declarar esa forma de alquiler.
¿Necesito permiso de la comunidad de vecinos?
Si es un piso en un edificio en propiedad horizontal y la vivienda turística es nueva, sí: desde el 3 de abril de 2025 la junta debe aprobarlo expresamente por tres quintas partes (artículo 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal). Podemos preparar el escrito al administrador.
¿Cuándo puedo empezar a alquilar?
La declaración se presenta antes de iniciar la actividad y la inscripción se hace de oficio. Pero la Junta comprueba después lo declarado, así que conviene presentarla con todo revisado y anunciar la vivienda con su número de registro.
Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.
- Ayuntamiento de El Espinar
- Junta de Castilla y León: acceso y ejercicio de la actividad de alojamiento en viviendas de uso turístico
- BOCYL: Decreto 3/2017, de 16 de febrero, de viviendas de uso turístico en Castilla y León
- Datos abiertos de la Junta de Castilla y León: Registro de Turismo
- INE: viviendas turísticas, plazas y plazas por vivienda turística por municipio (tabla 39363)