Paso 1: comprobar el inmueble
La vivienda de uso turístico del Decreto 3/2017 debe contar con licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad o autorización municipal equivalente. Además, tiene que tener como mínimo dormitorio, salón-comedor, cocina y baño o aseo, y estar amueblada y equipada. Decreto 3/2017 en el BOCYL.
No hemos localizado una ordenanza municipal de Soria sobre viviendas turísticas. Aun así, revisamos con el Ayuntamiento si el uso encaja en el planeamiento, sobre todo en plantas altas: el TSJ de Castilla y León ha considerado estas viviendas uso terciario al interpretar el plan de Salamanca, y cada plan general trata ese uso a su manera.
Paso 2: elegir la modalidad
No todo alojamiento es una VUT. Si vas a alquilar varias unidades en el mismo edificio, puede encajar la figura de apartamentos turísticos; si la casa está en un pueblo y tiene arquitectura tradicional, quizá un alojamiento rural (709 €, técnico aparte; ver alta de casa rural). La categoría condiciona los requisitos y el formulario.
Paso 3: la declaración responsable
Se dirige a la Sección de Turismo de Soria antes de iniciar la actividad. La Junta inscribe la vivienda de oficio en el Registro de Turismo de Castilla y León y puede comprobar después lo declarado. Los cambios de titular, datos o cese se comunican en el plazo de un mes. Ficha oficial del procedimiento.
- DNI o NIE del titular y, si actúas con representante, la representación.
- Escritura, nota simple o contrato que te permita destinar la vivienda a este uso.
- Licencia de primera ocupación o cédula.
- Número de camas y distribución, para fijar la capacidad.
- Teléfono o correo de atención que estará disponible las 24 horas.
Si la vivienda está en un edificio con comunidad, revisa también estatutos y actas: la junta puede limitar el uso turístico por tres quintos.
Paso 4: lo que hay que tener en la vivienda
Placa identificativa en la entrada, información visible con número de inscripción, capacidad y precios, hojas de reclamación y botiquín. La publicidad, en cualquier plataforma, debe incluir el número de registro.
Si piensas dejar la gestión diaria a otra persona o empresa, su contacto puede figurar como teléfono de atención, pero la responsabilidad de lo declarado sigue siendo del titular. Anótalo bien desde el principio para no tener que modificar datos a los pocos meses.
Paso 5: viajeros y Hacienda
Cada estancia se comunica en SES.HOSPEDAJES y los ingresos se declaran en Hacienda. El pack llave en mano incluye esas altas y una explicación de tus obligaciones; también puedes contratar solo SES.HOSPEDAJES por 119 €. Sobre el registro único estatal (NRUA), su exigencia depende del caso; ver NRUA: situación actual.
Precio
Estudio de viabilidad: 129 €, descontable. Alta en la Junta: 499 €. Pack llave en mano: 699 €. La gestión la presta nuestro gestor administrativo colegiado a distancia, con la representación que corresponda. Si hacen falta planos, certificados o un informe técnico para la vivienda de Soria, los firma un técnico que contratas tú y se presupuesta aparte; las tasas municipales, si las hay, también van aparte. No llevamos la explotación, las reservas, la limpieza ni la atención a huéspedes, y no aseguramos un resultado ni un plazo: preparamos y presentamos el expediente según la situación real del inmueble.
Otros municipios en provincia de Soria.
Preguntas frecuentes
¿Hace falta un técnico para dar de alta una VUT en Soria?
Normalmente no para la declaración, siempre que la vivienda tenga su licencia o cédula. Si falta algún documento o hay obras, puede necesitarse un técnico, que se contrata y presupuesta aparte.
¿Puedo hacerlo yo solo?
Sí, el trámite está abierto a cualquier titular. Nosotros revisamos la documentación, preparamos la declaración y te dejamos ordenadas las obligaciones para evitar requerimientos.
¿Qué pasa si la Junta me pide más documentos?
Recibirás un requerimiento con un plazo. Lo contestamos con la documentación que corresponda; ese servicio cuesta 199 € si no forma parte de un encargo de alta.
Fuentes consultadas el 11 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.
- Junta de Castilla y León: acceso y ejercicio de la actividad de alojamiento en viviendas de uso turístico
- BOCYL: Decreto 3/2017, de 16 de febrero, de viviendas de uso turístico en Castilla y León
- Poder Judicial: el TSJ de Castilla y León considera uso terciario las viviendas de uso turístico (septiembre de 2026)