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Portbou: alta y trámites de tu vivienda de uso turístico (HUT)

¿Quieres destinar tu vivienda de Portbou al uso turístico? En Cataluña la habilitación del HUT es municipal y la inscripción la hace la Generalitat. Te decimos qué exige tu caso, empezando por el planeamiento y la cédula, y preparamos la comunicación de inicio.

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  • Estudio previo 129 €
    se descuenta si contratas el alta

Portbou: pueblo de mar junto a la frontera

Portbou está en el extremo norte de la Costa Brava, en el Alt Empordà, junto a la frontera francesa. Es un pueblo de mar encajado en una bahía, con una gran estación internacional de tren y el memorial a Walter Benjamin. El alquiler turístico se reparte entre pisos y casas del pueblo, en calles en pendiente hacia la playa, con demanda de verano y de visitantes de paso entre España y Francia.

Portbou no figura en el anexo del Decreto-ley 3/2023 de Cataluña, así que no se le aplica la licencia urbanística previa de ese decreto. No hemos localizado una suspensión propia del ayuntamiento. Antes de presentar la comunicación comprobamos con el Ayuntamiento de Portbou que el planeamiento admite el uso y que la vivienda tiene cédula de habitabilidad vigente, y en pisos con comunidad revisamos los estatutos y acuerdos de la junta.

Portbou en cifras: viviendas turísticas según el INE

Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Portbou hay 32 viviendas turísticas con 172 plazas, unas 5,4 por vivienda. Es el municipio n.º 49 de 215 de la provincia de Girona por número de viviendas turísticas.

Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 38, así que la cifra ha bajado un 15,8 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.

Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.

Qué norma se aplica en Portbou

Dos normas marcan el marco: la Ley 13/2002 de turismo de Cataluña y su reglamento, el Decreto 75/2020. El titular comunica el inicio de la actividad por internet en Canal Empresa, con certificado digital o idCAT Móvil, y obtiene en ese momento un código provisional para la publicidad. Después es el ayuntamiento quien verifica la vivienda y traslada los datos a la Generalitat, que la inscribe en el Registro de Turismo de Cataluña con un número definitivo. El trámite autonómico no tiene tasa; la municipal depende de cada ayuntamiento.

A ese marco se suma el Decreto-ley 3/2023, que cambió las reglas en los municipios de su anexo. Allí el uso turístico de una vivienda tiene que estar admitido de forma expresa por el planeamiento y exige una licencia urbanística previa, válida cinco años, sin la cual la comunicación de inicio no puede presentarse. El límite general es de 10 HUT por cada 100 habitantes. Las viviendas que ya estaban habilitadas cuentan con cinco años para obtener esa licencia o cesar. El recurso contra el decreto-ley fue desestimado por el Tribunal Constitucional en 2025, así que sigue vigente.

El papel del Ayuntamiento de Portbou

Antes de comunicar el inicio conviene saber qué dice el Ayuntamiento de Portbou. En Cataluña la habilitación del HUT es municipal: el ayuntamiento revisa la comunicación, puede pedir documentos y cobra la tasa que tenga aprobada. Si Portbou está en el anexo del Decreto-ley 3/2023, además hay que obtener primero su licencia urbanística previa. Y cualquier ayuntamiento puede limitar los HUT por zonas o suspender licencias mientras revisa su planeamiento. Comprobamos esa situación con el ayuntamiento antes de recomendarte un paso.

Cómo se da de alta una vivienda de uso turístico en Portbou

El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Portbou:

  • Estudio previo: comprobamos si Portbou está en el anexo del Decreto-ley 3/2023, qué permite el planeamiento en tu dirección y si hay alguna suspensión vigente.
  • Revisión de la comunidad de propietarios: estatutos y, en edificios en propiedad horizontal, acuerdo de la junta por tres quintas partes para una vivienda turística nueva.
  • Cédula de habitabilidad vigente, con el número de plazas, que expide la Generalitat a partir del certificado de un técnico competente.
  • Licencia urbanística previa del ayuntamiento, si el municipio está en el régimen del Decreto-ley 3/2023.
  • Comunicación de inicio en Canal Empresa, con certificado digital, y obtención del código provisional para la publicidad.
  • Comprobación municipal y traslado a la Generalitat, que inscribe el HUT en el Registro de Turismo de Cataluña con su NIRTC.
  • Antes de recibir huéspedes: alta en SES.HOSPEDAJES, hojas de reclamación, normas de convivencia y número visible en los anuncios.

Documentos que te pedirán

Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:

  • DNI, NIE o NIF del titular y, si es una sociedad, escritura y poderes del representante.
  • Nota simple o escritura de la vivienda y referencia catastral.
  • Cédula de habitabilidad vigente con su número de plazas.
  • Resolución favorable de licencia urbanística previa, en los municipios del Decreto-ley 3/2023.
  • Certificado de la comunidad de propietarios con el acuerdo, si el edificio está en propiedad horizontal.
  • Datos de la persona o empresa del servicio de asistencia y mantenimiento.
  • Justificante de la tasa municipal, si el ayuntamiento la exige.
  • Autorización o representación para presentar en tu nombre.

Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.

Requisitos de la vivienda

La norma de Cataluña fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:

  • Cédula de habitabilidad vigente y condiciones técnicas y de calidad exigibles a una vivienda.
  • Capacidad máxima de 15 plazas y nunca más de las que indique la cédula.
  • Cesión de la vivienda entera; el alquiler por habitaciones no encaja en la figura de HUT.
  • Servicio de asistencia y mantenimiento con un teléfono de contacto a disposición de los usuarios.
  • Número de inscripción (o el provisional) en toda la publicidad y visible en la vivienda junto a la capacidad máxima.
  • Normas de convivencia de la comunidad entregadas a los usuarios, al menos en catalán, castellano, inglés y francés.
  • Hojas de reclamación a disposición de los usuarios.
  • Licencia urbanística previa y planeamiento que admita el uso, en los municipios del Decreto-ley 3/2023.

La comunidad de vecinos

Si la vivienda está en un edificio con comunidad de propietarios, desde el 3 de abril de 2025 hace falta que la junta apruebe expresamente el uso turístico por tres quintas partes (Ley de Propiedad Horizontal, art. 17.12, tras la LO 1/2025). En Portbou lo revisamos antes de nada y, si hace falta, preparamos el escrito al administrador y el modelo de acuerdo con nuestro servicio de aprobación de la comunidad.

En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.

Si ya tienes la vivienda dada de alta en Portbou

Con el HUT de Portbou ya inscrito quedan obligaciones y trámites posibles. Los más habituales: el cambio de titular cuando se vende o se hereda la vivienda, la modificación de datos y la baja, que se presenta solo por internet en Tràmits Gencat. Cada estancia se registra en SES.HOSPEDAJES y se cobra el impuesto turístico catalán. La inspección de turismo de la Generalitat y el ayuntamiento pueden pedir la cédula, el número en los anuncios o la información de la vivienda; no atender en plazo un requerimiento de la inspección es infracción grave.

También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.

Precio de la gestión en Portbou

El primer paso es el estudio de viabilidad, por 129 €: comprobamos el planeamiento de Portbou, la licencia previa si toca, la cédula y la comunidad. Si hay vía y contratas el alta del HUT, cuesta 599 € (IVA incluido) y se descuentan los 129 € del estudio. El técnico (cédula, certificados, licencia) y la tasa municipal van aparte y te los decimos antes.

Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.

Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Portbou

¿Cuántas plazas puede tener un HUT?

Como máximo 15, y nunca más de las que indique la cédula de habitabilidad. Anunciar más plazas que la cédula es uno de los motivos más habituales de requerimiento.

¿Puedo alquilar habitaciones sueltas como HUT?

No. El HUT se cede entero. Si quieres alquilar por habitaciones, hay que estudiar otra figura y lo que permite tu ayuntamiento.

¿El código de Canal Empresa ya es mi número de HUT?

Es un código provisional que debes usar en la publicidad. El número definitivo (NIRTC) llega con la inscripción en el Registro de Turismo de Cataluña, después de la comprobación municipal.

¿Necesito permiso de la comunidad de vecinos?

Desde el 3 de abril de 2025, la Ley de Propiedad Horizontal exige que una vivienda turística nueva en un edificio en propiedad horizontal cuente con la aprobación expresa de la junta por tres quintas partes. Revisamos también tus estatutos.

Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.

El siguiente paso empieza
con una conversación.

Cuéntanos dónde está tu vivienda y qué te gustaría hacer con ella.

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