La suspensión de 2024
El pleno del 30 de agosto de 2024 acordó suspender el otorgamiento de informes de compatibilidad para viviendas de uso turístico en el suelo urbano, urbanizable no programado y no urbanizable del término, mientras se estudiaba una nueva ordenación. Quedaban fuera las parcelas calificadas de uso terciario turístico-hotelero.
El acuerdo fijaba una duración máxima de dos años desde su publicación en el DOGV, en septiembre de 2024. Por las fechas, ese plazo habría terminado, pero lo comprobamos con el ayuntamiento antes de presentar nada, porque la tramitación de la ordenanza puede tener sus propios efectos.
La ordenanza complementaria del plan general
El 26 de junio de 2026 el pleno aprobó inicialmente la ordenanza complementaria del plan general para regular las viviendas de uso turístico, y la sometió a información pública. El borrador publicado por el ayuntamiento regula por tipología de edificio y no por zonas.
Según ese borrador, en varias tipologías se exige que el uso turístico afecte al edificio completo o cuente con acuerdo de la comunidad de propietarios, y las viviendas pareadas y en diseminado quedarían excluidas. Es un texto en tramitación: puede cambiar antes de su aprobación definitiva.
El estudio, primer paso obligado
Con una suspensión reciente y una ordenanza en camino, en L’Alfàs del Pi el primer paso es el estudio de viabilidad, por 129 €. Identificamos la tipología de tu vivienda, comprobamos el estado de la ordenanza y te decimos si tiene sentido pedir el informe de compatibilidad.
Si la respuesta es positiva, el alta en la Comunitat Valenciana cuesta 599 €, con la tasa municipal y el técnico aparte. Si no lo es, te lo decimos claramente para que no gastes en trámites. Con el Decreto-ley 9/2024, la vivienda de uso turístico se cede completa, por 10 días o menos al mismo inquilino, y está prohibido el alquiler por habitaciones. La inscripción en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana vale cinco años y la renovación exige un informe municipal actualizado.
Documentos que nos ayudan a valorar tu caso
- Dirección y referencia catastral.
- Tipo de vivienda: piso, adosado, pareado, aislada o bungalow.
- Escritura o nota simple.
- Licencia de ocupación o título equivalente.
- Estatutos y actas de la comunidad, si los hay.
- Número de registro, si la vivienda ya estaba inscrita.
Si la vivienda ya está inscrita y la vas a vender o comprar, revisa nuestra guía sobre comprar una vivienda con licencia turística: el comprador necesita su propio informe favorable.
Nuestra forma de trabajar
La gestión la presta nuestro gestor administrativo colegiado, a distancia y con tu representación. No explotamos la vivienda ni atendemos huéspedes, y no aseguramos el sentido del informe municipal ni la inscripción. Para otros municipios cercanos, consulta la provincia de Alicante.
Si tu vivienda ya estaba inscrita antes del 8 de agosto de 2024, según las preguntas frecuentes de la Dirección General de Turismo su renovación toca el 8 de agosto de 2029; las inscritas después renuevan a los cinco años de su fecha de alta. Además, las viviendas que no comunicaron su referencia catastral antes del 31 de diciembre de 2024 pueden ser dadas de baja, así que conviene revisar el expediente.
Si la ordenanza se aprueba con la exigencia de acuerdo de la comunidad para algunas tipologías, ese acuerdo se sumará al que ya exige desde 2025 la Ley de Propiedad Horizontal: tres quintas partes de los propietarios. Podemos ayudarte con la aprobación de la comunidad.
Preguntas frecuentes
¿Sigue suspendida la concesión de informes en L'Alfàs del Pi?
El plazo máximo de la suspensión de 2024 habría vencido, pero la ordenanza está en tramitación. Lo confirmamos con el ayuntamiento en el estudio.
Tengo un pareado. ¿Podré destinarlo a uso turístico?
El borrador de la ordenanza lo excluye, pero aún no es definitivo. Lo revisamos con el texto que esté vigente cuando nos consultes.
Mi vivienda ya está inscrita. ¿Qué me afecta?
La renovación a los cinco años exige un informe actualizado, así que las nuevas reglas pueden afectarte entonces.
Fuentes consultadas el 11 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.
- DOGV: suspensión de informes de compatibilidad para viviendas turísticas en L'Alfàs del Pi (05/09/2024)
- DOGV: aprobación inicial de la ordenanza complementaria del PGOU sobre viviendas turísticas (03/07/2026)
- Ajuntament de l'Alfàs del Pi: borrador de la ordenanza complementaria para viviendas de uso turístico
- DOGV: Decreto-ley 9/2024, de 2 de agosto, de modificación de la normativa de viviendas de uso turístico