Qué dice el reglamento aragonés
El artículo 17 del Decreto 1/2023 incluye el cambio de la persona titular de la vivienda de uso turístico entre los actos que se inscriben de oficio en el Registro de Turismo de Aragón. El número de signatura de esa inscripción debe figurar en toda la publicidad, junto al pictograma VUT en el exterior de la vivienda.
El canal es el trámite 1763 de declaración responsable de viviendas de uso turístico, dirigido a titulares o gestores, que se presenta de forma electrónica o presencial con cita previa. Comprobamos con tu expediente qué datos hay que declarar y qué documentos debe tener el nuevo titular a disposición de la Administración.
El acuerdo de la comunidad y otros puntos a revisar al comprar
Desde el 3 de abril de 2025, la Ley de Propiedad Horizontal exige el acuerdo expreso de la comunidad, por tres quintos, para el uso turístico en edificios en propiedad horizontal. El Gobierno de Aragón indica que ese acuerdo no se exige con carácter retroactivo y que la nueva declaración debe incluir, cuando proceda, la existencia de ese acuerdo, con el acta o certificado entre la documentación.
Si compras una vivienda que ya tenía actividad, revisamos cómo encaja la transmisión con esa regla antes de presentar la declaración del nuevo titular. Es un caso en el que recomendamos empezar por un estudio (129 €), sobre todo si la vivienda estaba inscrita antes de abril de 2025.
Documentos del nuevo titular
Lo habitual es reunir:
- Escritura de compraventa, herencia o donación, o contrato que acredite la disponibilidad.
- DNI, NIE o escritura y NIF de la sociedad del nuevo titular.
- Número de signatura de la vivienda.
- Acta o certificado del acuerdo de la comunidad de propietarios, si procede.
- Justificante de la tasa 50, si corresponde a tu declaración.
- Representación para presentar en tu nombre.
Si el titular anterior tenía una empresa gestora, aclaramos si la relación continúa y si sus datos cambian.
Ejemplo: una herencia en Teruel
Tras el fallecimiento de su madre, dos hermanas heredan una vivienda que se alquilaba a turistas y quieren continuar. Comprobamos que la herencia está aceptada, acordamos quién figurará como titular, revisamos la situación de la comunidad y preparamos la declaración del nuevo titular. Te entregamos el justificante y la lista de documentos que deben conservar.
Si prefieren no seguir, lo que procede es la baja en Aragón. Si solo cambia un dato como el teléfono, basta una modificación de datos.
Precio y alcance
El cambio de titular cuesta 169 € (IVA incluido), con la tasa autonómica aparte cuando corresponda. Incluye la revisión de la documentación, la preparación y presentación y la entrega del justificante. La gestión la presta nuestro gestor administrativo colegiado a distancia.
No aseguramos que la actividad pueda continuar si la vivienda no cumple los requisitos actuales. Puedes ver el enfoque general en cambio de titular de una vivienda turística y el marco autonómico en trámites en Aragón.
Preguntas frecuentes
¿El comprador necesita un nuevo acuerdo de la comunidad?
Depende de cómo se valore la continuidad de la actividad tras la transmisión. Lo revisamos con la documentación antes de presentar.
¿Cuánto tarda la Administración en revisar?
La ficha indica una revisión en un plazo máximo de tres meses desde la declaración; no podemos prometer un plazo concreto.
¿Quién firma, el vendedor o el comprador?
La declaración la firma el nuevo titular o su representante. Coordinamos con el anterior para que el registro no quede con datos contradictorios.
Fuentes consultadas el 12 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.