Cómo se tramita el cambio
En Extremadura, la ficha oficial de la Junta para este alojamiento se llama declaración responsable de inicio, modificación o cese de actividad de apartamento turístico. La Ley 2/2011 de turismo define el apartamento turístico como viviendas, apartamentos, casas y edificaciones semejantes que se comercializan con cocina en cada unidad y cuya comercialización consiste en ceder el uso de la totalidad del apartamento.
La Ley 2/2011 obliga a presentar la declaración responsable o comunicación previa en cuya virtud se opere el cambio de titularidad, y considera infracción no comunicarlo dentro del plazo que fije la normativa turística. Por eso lo coordinamos con la fecha de la escritura.
La tasa del cambio de titularidad
La ficha indica que, al tratarse de inicio de actividad o cambio de titularidad, hay que abonar con el modelo 50 la tasa por tramitación de la declaración responsable y primera visita de comprobación, o comprometerse a pagarla en el plazo de tres meses desde la presentación. Menciona también la tasa del libro de inspección. Código e importe se actualizan cada año según las tasas de la Comunidad Autónoma.
Nuestros honorarios no incluyen esas tasas: van aparte y te indicamos cuáles corresponden antes de presentar.
Documentos del nuevo titular
La ficha pide, entre otros:
- Declaración responsable firmada y justificantes del modelo 50.
- DNI o NIE del nuevo titular; escritura inscrita si es sociedad; identificación de los integrantes si es comunidad de bienes.
- Nota simple actual del Registro de la Propiedad u otro título que acredite la disponibilidad.
- Seguro de responsabilidad civil en vigor.
- Memoria descriptiva y planos firmados por facultativo, que deben estar disponibles.
- Documento de representación, en su caso.
Si el anterior titular conserva la memoria y los planos, los pedimos para no encargar unos nuevos sin necesidad. Si la vivienda ha cambiado desde que se hicieron, valoramos con el técnico si hay que actualizarlos antes de que llegue la visita de comprobación.
Ejemplo: compra de una casa en Trujillo con actividad
Un matrimonio compra una casa que el vendedor alquilaba a turistas y quiere continuar. Revisamos la signatura y la documentación que entrega el vendedor, preparamos la declaración del cambio de titularidad con el modelo 50 y la presentamos. Te entregamos el justificante y la lista de lo que debéis tener a disposición de la Administración.
Si el comprador no quiere seguir, lo que procede es la baja en Extremadura. Si además cambian la capacidad o el nombre, lo incluimos como modificación de datos.
Precio y alcance
El cambio de titular cuesta 169 € (IVA incluido), con las tasas del modelo 50 aparte. Incluye la revisión de la transmisión y de la documentación, la preparación y presentación de la declaración y el justificante. Si el expediente tiene dudas (por ejemplo, la figura inscrita o la capacidad), empieza por un estudio (129 €).
La gestión la presta nuestro gestor administrativo colegiado a distancia. No aseguramos que la actividad continúe si el alojamiento no cumple los requisitos vigentes. Más contexto en cambio de titular de una vivienda turística y en trámites en Extremadura.
Preguntas frecuentes
¿Hay que pagar la tasa antes de presentar?
La ficha permite haberla abonado o comprometerse a pagarla en tres meses desde la presentación.
¿Vendrá una inspección?
La tasa incluye una primera visita de comprobación de lo declarado. Te ayudamos a tener la documentación preparada.
¿Puede ser titular una comunidad de bienes?
Sí, la ficha lo contempla: hay que identificar a sus integrantes y acreditar la representación de quien actúa.
Fuentes consultadas el 12 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.