Esencial o no esencial: la primera pregunta
La Ley 13/2016 de Turismo considera cambios esenciales los relativos al tipo, grupo y modalidad, categoría y especialidad o capacidad, y cualquier otro que afecte a la clasificación turística, además del cese. Estos se trasladan mediante una nueva declaración responsable presentada de forma previa.
Los cambios no esenciales, como la titularidad, la denominación o la escritura social, o cualquier otro que no afecte a las condiciones esenciales, se comunican previamente a la Administración turística de Euskadi mediante una comunicación previa. Saber en qué grupo está tu cambio decide el formulario y la documentación.
La declaración de modificaciones en el REATE
La ficha del Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Euskadi dirige este trámite a quienes quieren modificar los contenidos de su declaración de inicio. Indica que la información debe darse de manera previa a la realización de las modificaciones y, en todo caso, antes de reiniciar la actividad en las instalaciones modificadas, acompañando los documentos necesarios.
Según la ficha, la declaración de modificaciones habilita desde su presentación para ejercer con los cambios declarados y supone su inscripción en el REATE, sin perjuicio de la comprobación posterior. Se puede presentar de forma electrónica o presencial.
Que la declaración habilite desde el primer día no significa que nadie la vaya a revisar. La Administración puede comprobar después lo declarado y pedir documentación; si lo hace, la ficha prevé un plazo para aportarla. Por eso preparamos la carpeta de soporte a la vez que la declaración, y no cuando llega el requerimiento.
Documentos para preparar el cambio
Para comparar lo inscrito con la situación nueva pedimos:
- Número de registro y modalidad inscrita.
- Declaración de inicio y modificaciones anteriores.
- Descripción del cambio y fecha prevista.
- Documentos que lo justifican: proyecto de reforma, contrato con gestora, nuevos datos de contacto.
- Acreditación de la titularidad del inmueble, si la ficha la pide para tu caso.
- Representación para presentar en tu nombre.
Si el cambio es una reforma que afecta a la capacidad, revisamos antes que la vivienda cumple los requisitos del Decreto 101/2018, modificado por el Decreto 52/2025.
Ejemplo: más plazas tras reformar un piso en Bilbao
Un propietario convierte un despacho en dormitorio y quiere declarar dos plazas más. Es un cambio de capacidad, así que es esencial: preparamos la declaración de modificaciones y la presentamos antes de alojar a más personas. Si la obra necesitaba licencia municipal, comprobamos que la tiene.
Si la vivienda cambia de propietario, el trámite es distinto: lo vemos en cambio de titular en el País Vasco. Si dejas la actividad, en baja en el País Vasco.
Precio y qué incluye
La modificación de datos cuesta 169 € (IVA incluido): revisión, elección del trámite, preparación, presentación y justificante. La ficha no recoge tasa para la modificación; si apareciera algún coste externo, iría aparte. Si tienes dudas sobre la capacidad o la modalidad, recomendamos empezar por un estudio (129 €).
La gestión la presta nuestro gestor administrativo colegiado a distancia. Más contexto en modificar datos de una vivienda turística y en trámites en el País Vasco.
Preguntas frecuentes
¿Puedo hacer la reforma y comunicarla después?
La ficha pide comunicar de manera previa a realizar las modificaciones y, en todo caso, antes de reiniciar la actividad con ellas.
¿Cambiar el teléfono de reservas es esencial?
No suele serlo. Es un cambio no esencial que se comunica previamente; lo revisamos con tu expediente.
¿Se puede tramitar sin certificado digital?
La ficha permite rellenar el formulario en línea, imprimirlo y presentarlo en una oficina territorial de Turismo y Comercio.
Fuentes consultadas el 12 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.