Un cambio no esencial que se comunica antes
La Ley 13/2016 de Turismo califica como cambio no esencial la modificación relativa a la titularidad, la denominación o la escritura social. La persona titular debe comunicarlo previamente a la Administración turística de Euskadi mediante una comunicación previa, adjuntando los documentos necesarios.
En la práctica, el cambio se refleja en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Euskadi, cuya ficha recoge las modificaciones de los datos declarados. Comprobamos con tu expediente qué formulario corresponde y quién debe firmarlo, porque intervienen el titular saliente y el entrante.
Antes de comprar una vivienda con registro turístico
Comprar una vivienda que se anuncia con número del REATE no garantiza por sí solo que puedas seguir con la actividad en las mismas condiciones. Revisamos la inscripción, la modalidad (vivienda entera o habitaciones), la capacidad declarada y si el vendedor tiene requerimientos abiertos.
Hay un caso que conviene mirar con cuidado: las habitaciones en viviendas particulares para uso turístico solo pueden tener como titular a una persona física empadronada y con residencia efectiva en la vivienda. Si el comprador no va a vivir allí, esa modalidad no encaja. En casos así, o si el expediente es antiguo, recomendamos un estudio (129 €).
Documentos para el cambio de titularidad
Lo habitual es reunir:
- Escritura de compraventa, herencia o donación, o contrato que dé la disponibilidad al nuevo titular.
- DNI o NIE del nuevo titular, o escritura y NIF si es una sociedad.
- Número de registro en el REATE y datos del titular anterior.
- Acreditación de la titularidad del inmueble.
- Seguro y datos de contacto a nombre del nuevo titular.
- Representación para presentar en nombre de cada parte.
Si hay varios herederos, decidimos primero quién figurará como titular y con qué documento se acredita. También revisamos que el seguro, el teléfono de atención y los datos de facturación pasen al nuevo titular a la vez, para que la vivienda no quede funcionando con datos de la persona anterior.
Ejemplo: una sociedad familiar asume la vivienda en Vitoria-Gasteiz
Dos hermanos que explotaban la vivienda a título personal deciden aportarla a una sociedad. Cambia la persona titular de la actividad, aunque la vivienda y la gestión diaria sean las mismas. Preparamos la comunicación previa con la escritura de la sociedad y los datos actualizados y la presentamos antes de que la sociedad empiece a facturar las estancias.
Si solo cambia la empresa que gestiona las reservas, puede bastar una modificación de datos en el País Vasco. Y si nadie va a continuar, lo que procede es la baja en el País Vasco.
Precio y alcance
El cambio de titular cuesta 169 € (IVA incluido): revisión de la transmisión y de la inscripción, preparación y presentación de la comunicación y justificante. La ficha no recoge tasa; notaría, registro o técnico, si hicieran falta, van aparte. La gestión la presta nuestro gestor administrativo colegiado a distancia.
No aseguramos que la actividad continúe si la vivienda ya no cumple los requisitos vigentes. Puedes ver el enfoque general en cambio de titular de una vivienda turística y el marco autonómico en trámites en el País Vasco.
Preguntas frecuentes
¿Se comunica antes o después de firmar la compra?
La ley habla de comunicación previa. Lo coordinamos con la fecha de la escritura para que no haya un periodo con el titular equivocado.
¿Tiene tasa el cambio de titular en Euskadi?
La ficha del REATE no recoge tasa para las modificaciones de datos. Nuestros honorarios son 169 €.
¿Puede seguir el mismo número de registro?
Lo comprobamos con la inscripción. Lo importante es que el REATE refleje al nuevo titular y que la publicidad use el número correcto.
Fuentes consultadas el 12 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.