La notificación completa es el punto de partida
El asunto de un correo o una captura de la primera página no permiten saber qué procedimiento se ha iniciado. Necesitamos la comunicación completa, sus anexos y la constancia de recepción o acceso. Identificamos administración, contribuyente, impuesto, período y petición concreta.
Un requerimiento de información, una propuesta de liquidación y una sanción no son el mismo trámite. La revisión inicial sitúa el documento antes de pedir pruebas o preparar una respuesta. Si la comunicación procede de Turismo y no de Hacienda, consulta el servicio de subsanación administrativa turística.
Qué indicar en el primer contacto
- Organismo que emite la comunicación y tipo de documento.
- Fecha de notificación y plazo que aparece, si lo hay.
- Ejercicio o períodos y viviendas a los que se refiere.
- Si ya has contestado o presentado documentos.
- Disponibilidad de declaraciones, liquidaciones de plataformas y extractos.
El envío de tu consulta no equivale a aceptar el expediente. Confirmamos por escrito si podemos asumirlo y con qué alcance. No damos por prorrogado un plazo mientras se estudia el caso ni anunciamos una respuesta inmediata por el hecho de recibir mensajes de WhatsApp las 24 horas.
Relacionar cada pregunta con su prueba
Organizamos una matriz de petición, documento disponible y explicación pendiente. Si Hacienda compara cifras de Airbnb o Booking con una declaración, primero comprobamos a qué conceptos, titulares y fechas corresponde cada importe. Puede haber comisiones, devoluciones o cobros agrupados que requieran trazabilidad documental.
El objetivo es presentar una contestación coherente con la documentación real. No se fabrican facturas, no se alteran archivos y no se afirma una diferencia conciliada cuando falta soporte. La conciliación de reservas y cobros puede formar una fase adicional del encargo.
Qué trabajo administrativo puedes contratar
Nuestro gestor administrativo colegiado puede presupuestar el análisis documental, relación de pruebas, preparación de escrito y presentación expresamente aceptada. El procedimiento tributario se revisa conforme a su normativa propia, incluida la Ley General Tributaria; no se aplica de forma automática un plazo de otro tipo de expediente.
Antes de presentar se concreta la representación, se revisan contigo los datos y se conserva el justificante. Si el asunto exige una defensa especializada o intervención judicial, se delimita esa necesidad y se separa de la contestación administrativa ofrecida aquí.
Honorarios y consecuencias son conceptos distintos
El presupuesto depende del número de períodos, fuentes, documentos y actuaciones solicitadas. Incluye los impuestos aplicables a los honorarios y describe si comprende solo el análisis, también la contestación o una actuación posterior específica. Una nueva notificación no queda incluida por defecto.
Una cuota tributaria, interés o sanción eventual no forma parte del precio de la gestoría. La respuesta documentada no garantiza que Hacienda acepte todas las alegaciones ni que no resulte importe a ingresar. Si aparecen errores de ejercicios anteriores, valoramos su tratamiento dentro del procedimiento existente antes de proponer una corrección separada.
La entrega debe permitir seguir el expediente
Recibes copia de lo presentado, relación de anexos, justificante y explicación del siguiente paso conocido. La hoja de encargo identifica quién debe consultar las notificaciones y comunicar la respuesta de la Administración. Ese reparto evita pensar que una contestación puntual incluye vigilancia indefinida.
Para valorar tu caso, conserva los documentos originales y evita responder con cifras aproximadas antes de revisar los archivos. Podemos trabajar a distancia si están disponibles la documentación, representación y plazo necesarios; te confirmamos esos requisitos antes de aceptar.
Dudas al recibir un requerimiento
¿El correo de aviso es la notificación?
Necesitamos examinar el documento y la constancia correspondiente, no deducir el cómputo únicamente de un correo. Conserva aviso, archivo descargado y justificante de acceso si existe. Esos elementos ayudan a revisar la fecha relevante sin confundir comunicaciones informativas con el acto notificado.
¿Podéis contestar si otra asesoría presentó la declaración?
Podemos valorar el expediente con la declaración, documentación usada y actuaciones posteriores. Conviene coordinar quién responde para evitar escritos duplicados o incompatibles. No se modifica lo presentado por otra asesoría sin estudiar la información y acordar expresamente el trabajo.
¿Un justificante de registro significa que Hacienda acepta la respuesta?
Acredita la presentación realizada, no una resolución favorable sobre su contenido. La Administración puede continuar el procedimiento o pedir información adicional. La entrega de la gestoría distingue el escrito presentado de una contestación o decisión que todavía no se ha recibido.
Fuentes consultadas el 24 de septiembre de 2026. Revisamos la situación concreta antes de aceptar el encargo.