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Sanlúcar la Mayor: alta y trámites de tu vivienda de uso turístico

¿Tienes una vivienda en Sanlúcar la Mayor y quieres darla de alta como turística? El trámite es una declaración responsable ante la Junta de Andalucía, gratuita, que lleva a la inscripción en el Registro de Turismo. Te ayudamos a reunir los documentos, a comprobar los requisitos y a presentarla sin errores.

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Sanlúcar la Mayor: casas del centro histórico y obras de adaptación

Sanlúcar la Mayor, en Sevilla, reúne un centro histórico y una ruta monumental con iglesias gótico-mudéjares, el entorno de San Pedro y casas tradicionales. Si quieres ofrecer una vivienda a visitantes, conviene revisar su estado y las intervenciones previstas. Si quieres destinar una vivienda al alquiler turístico, conviene identificar desde el principio el inmueble concreto y su situación documental. Un piso en un edificio compartido y una casa con parcela plantean comprobaciones distintas. Revisamos el uso autorizado, los antecedentes de obras y los elementos comunes que puedan condicionar la preparación de tu expediente.

Antes de presentar el alta, comprobamos con el Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor si el planeamiento admite el uso turístico en tu dirección y qué documentación municipal corresponde aportar. Revisamos la situación de la edificación y las posibles obras o cambios de uso pendientes. Si la vivienda está fuera del núcleo urbano, consultamos también la clasificación del suelo y las condiciones aplicables a la parcela. Esta revisión permite concretar los pasos de tu caso sin dar por concedida ninguna autorización.

Sanlúcar la Mayor en cifras: viviendas turísticas según el INE

Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Sanlúcar la Mayor hay 23 viviendas turísticas con 167 plazas, unas 7,3 por vivienda. Es el municipio n.º 21 de 96 de la provincia de Sevilla por número de viviendas turísticas.

Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 36, así que la cifra ha bajado un 36,1 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.

Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.

Qué norma se aplica en Sanlúcar la Mayor

En Andalucía la norma de referencia es el Decreto 28/2016 de las viviendas de uso turístico, reformado por el Decreto 31/2024, dentro del marco de la Ley 13/2011 del Turismo. Con la reforma, la antigua VFT pasó a llamarse VUT y se añadieron exigencias de superficie, equipamiento y baños. El titular presenta una declaración responsable por internet, siempre con certificado digital, y obtiene un número CTC de presentación. La inscripción llega con la resolución de la Junta, que asigna el código VUT/provincia/número para anuncios y plataformas. No hay tasa autonómica.

Hay dos documentos que la Junta pide siempre: la nota simple actualizada de la vivienda y, si el edificio está en régimen de propiedad horizontal, el certificado de la comunidad con la aprobación expresa del uso turístico. Según el caso, también el título de la empresa explotadora, el documento de representación, el anexo de titularidad compartida o el certificado de empadronamiento si se cede por habitaciones. Lo que no acompañe a la declaración se reclama con la resolución de inscripción, con diez días hábiles de plazo; pasado ese plazo se inicia la cancelación, como explican las preguntas frecuentes de la Junta.

El papel del Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor

Antes de declarar nada conviene saber qué dice el Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor. En Andalucía la declaración responsable incluye el cumplimiento de la ordenación urbanística del municipio, y la Junta traslada cada inscripción al ayuntamiento, que puede solicitar la cancelación si detecta un incumplimiento. Los ayuntamientos pueden aprobar limitaciones de viviendas turísticas por zonas, edificios o periodos, y algunos ya lo han hecho. Si la vivienda está asimilada a fuera de ordenación, hace falta autorización municipal previa. Por eso lo revisamos en el estudio.

Cómo se da de alta una vivienda de uso turístico en Sanlúcar la Mayor

El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Sanlúcar la Mayor:

  • Estudio previo: comprobamos el encaje urbanístico en Sanlúcar la Mayor, si hay limitaciones municipales para tu zona y si la vivienda cumple superficie, plazas y equipamiento.
  • Comunidad de propietarios: revisamos los estatutos y, en propiedad horizontal, el certificado con la aprobación expresa del uso turístico por tres quintas partes.
  • Reunimos la nota simple actualizada, la referencia catastral y, según el caso, el contrato de explotación, la representación o el empadronamiento.
  • Preparamos la declaración responsable con capacidad, modalidad (vivienda completa o por habitaciones), periodos de funcionamiento y datos de contacto.
  • La presentamos por vía telemática con certificado digital y te entregamos el justificante con el código CTC.
  • La Junta dicta la resolución de inscripción con el código VUT/provincia/número; si requiere documentos, se contestan en diez días hábiles.
  • Antes de recibir huéspedes: alta en SES.HOSPEDAJES, hojas de quejas y reclamaciones con su cartel, y código de inscripción en todos los anuncios.

Documentos que te pedirán

Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:

  • DNI o NIE del titular y, si es una sociedad, escritura y poderes del representante.
  • Nota simple actualizada del Registro de la Propiedad.
  • Referencia catastral y superficie construida de la vivienda.
  • Certificado del secretario o administrador de la comunidad con la aprobación del uso turístico, si hay propiedad horizontal.
  • Contrato de explotación, cesión o comodato, si quien explota no es el propietario.
  • Anexo de titularidad compartida, si hay varios propietarios.
  • Certificado de empadronamiento del titular, si se cede por habitaciones.
  • Documento de representación para presentar la declaración en tu nombre.

Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.

Requisitos de la vivienda

La norma de Andalucía fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:

  • Superficie construida de uso principal de al menos 25 m² y un mínimo de 14 m² por plaza, salvo que el planeamiento fije otra cosa.
  • Máximo de 15 plazas en la vivienda completa y 6 por habitaciones, con un máximo de 4 plazas por dormitorio.
  • Dos baños completos si hay más de 5 plazas y tres si hay más de 8.
  • Refrigeración si funciona entre mayo y agosto y calefacción si funciona entre diciembre y marzo.
  • Dormitorios y salones con ventilación directa al exterior o a patio ventilado y sistema de oscurecimiento.
  • Cocina equipada con detector de humo y extintor, botiquín, televisor e información turística y de los electrodomésticos.
  • Hojas de quejas y reclamaciones oficiales y atención telefónica a los usuarios las 24 horas.
  • Sin prohibición expresa del uso turístico en los estatutos y con la vivienda fuera del régimen de vivienda protegida.

La comunidad de vecinos

La comunidad de propietarios es el primer filtro. Desde el 3 de abril de 2025, una vivienda turística nueva en un edificio con comunidad necesita el voto favorable de tres quintas partes de la junta (art. 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal, según la LO 1/2025). Revisamos los estatutos y las actas de tu edificio en Sanlúcar la Mayor y, si toca, preparamos la petición a la comunidad.

En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.

Si ya tienes la vivienda dada de alta en Sanlúcar la Mayor

Una vez inscrita la vivienda de Sanlúcar la Mayor, todo cambio se comunica a la Junta con un formulario y certificado digital. Si la vendes, el nuevo propietario tramita el cambio de titularidad con su nota simple; si cambian los periodos, hay que avisar antes del nuevo periodo, y si no se repiten cada año, antes del 1 de enero. La baja también es una comunicación, y para volver habría que declarar de nuevo. Cada huésped mayor de 14 años se registra en SES.HOSPEDAJES. Si llega un requerimiento, el plazo habitual es de diez días hábiles.

También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.

Precio de la gestión en Sanlúcar la Mayor

Precio cerrado: 499 € (IVA incluido) por el alta de tu vivienda de uso turístico en Sanlúcar la Mayor, o 699 € con el pack llave en mano, que incluye además SES.HOSPEDAJES y el alta en Hacienda. En Andalucía no hace falta técnico para la declaración. Si tu zona tiene limitaciones o hay dudas, el primer paso es el estudio de 129 €, descontable.

Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.

Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Sanlúcar la Mayor

¿Necesito permiso de la comunidad de vecinos?

Sí, en edificios en propiedad horizontal: la Junta pide el certificado de la comunidad con la aprobación expresa del uso turístico, y la Ley de Propiedad Horizontal exige tres quintas partes desde abril de 2025. Si los estatutos lo prohíben, no se puede inscribir.

¿Qué pasa si alquilo sin estar inscrito?

La Ley 13/2011 lo considera prestación clandestina, infracción grave con multa de 2.001 a 18.000 €. Alquilar fuera de los periodos declarados también puede considerarse clandestino.

¿Necesito arquitecto para dar de alta una vivienda turística en Sanlúcar la Mayor?

La declaración responsable no exige un certificado técnico. Sí debes cumplir los requisitos del Decreto 28/2016 y la normativa urbanística; si hay dudas sobre obras o licencias, lo vemos en el estudio.

¿Sigue valiendo mi número VFT?

Sí: el cambio de nombre a vivienda de uso turístico no obliga por sí solo a una nueva alta. Si cambia el titular o la vivienda, hay que comunicarlo.

Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.

El siguiente paso empieza
con una conversación.

Cuéntanos dónde está tu vivienda y qué te gustaría hacer con ella.

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