La tasa turística municipal de Mogán
El Pleno de Mogán aprobó definitivamente el 28 de febrero de 2025 la ordenanza fiscal de la tasa por servicios y actividades derivadas de la acción turística. Según el Ayuntamiento, la pagan quienes se alojan en hoteles, extrahoteleros y viviendas vacacionales del municipio, a razón de 15 céntimos de euro por persona y día, pero son los propietarios de los inmuebles quienes la abonan al Ayuntamiento por periodos semestrales. Información municipal sobre la tasa.
Es una obligación distinta de la inscripción turística y de los impuestos estatales o canarios. En el estudio revisamos si tu vivienda está al corriente o si hay liquidaciones pendientes, porque una deuda municipal puede complicar después una venta o un cambio de titular.
Qué cambió con la Ley 6/2025 para las viviendas existentes
La Ley 6/2025, de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas entró en vigor el 13 de diciembre de 2025. Si tu vivienda estaba habilitada conforme al Decreto 113/2015 y eres a la vez propietario y titular de la declaración, puedes presentar ante el Ayuntamiento la declaración de uso turístico consolidado en un plazo de cinco años. Esa declaración no tiene la limitación temporal de las nuevas, pero se extingue, entre otros casos, si vendes la vivienda o dejas de explotarla más de un año.
Si no te acoges a esa vía, el régimen transitorio te permite continuar cinco años, con una única ampliación de hasta cinco más que hay que pedir al cabildo dentro de los cuatro primeros años y justificar con pruebas. Si la vivienda la explota una empresa que no es propietaria, la habilitación termina cuando acaba su contrato.
La comunicación de actividad clasificada
La ley trata el uso turístico de viviendas como actividad clasificada y encarga a los ayuntamientos un plan de comprobación de las viviendas existentes. La Ley 7/2026 fijó el 31 de julio de 2027 como fecha límite para que quien presentó su declaración responsable antes de la ley, pero no la comunicación previa de actividades clasificadas, la presente con una certificación municipal y una memoria técnica. Si no se presenta, hay que cesar en la actividad.
Comprobamos con el Ayuntamiento de Mogán el modelo y los documentos que pide para esa comunicación. Hacer una vivienda nueva es otra cuestión: requiere que el planeamiento habilite expresamente el uso y lo estudiamos aparte.
Documentos para la revisión
Para situar tu vivienda y preparar los siguientes pasos necesitamos:
- Declaración responsable original y número del Registro General Turístico.
- Escritura o nota simple y referencia catastral.
- Estatutos de la comunidad o acuerdos sobre el uso, si es un apartamento en un complejo.
- Licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad.
- Contrato con la empresa explotadora, si la hay.
- Liquidaciones de la tasa turística municipal y notificaciones recibidas.
En complejos de apartamentos conviene comprobar si el edificio se configuró en su día como establecimiento turístico: en ese caso la ley considera los apartamentos unidades alojativas y no viviendas, y no caben como vivienda vacacional.
Precio y alcance
El estudio de viabilidad y revisión documental cuesta 129 €, IVA incluido, y se descuenta si después contratas una gestión. Si te llega un requerimiento del cabildo o del Ayuntamiento, la respuesta cuesta 199 €; si se trata de cambiar el titular, 169 €, con la tasa aparte si la hay. Si el planeamiento llegara a habilitar viviendas nuevas, el alta en Canarias cuesta 599 €, con técnico y tasa municipal aparte.
La gestión la presta nuestro gestor administrativo colegiado, a distancia y con representación. No garantizamos resoluciones ni plazos y no hacemos la explotación del alojamiento. Para la fiscalidad canaria, consulta el IGIC de viviendas vacacionales.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga la tasa turística de Mogán?
La soporta el huésped, pero según el Ayuntamiento la abona el propietario de la vivienda por periodos semestrales.
¿Puedo abrir una vivienda vacacional nueva en Mogán?
Con la Ley 6/2025 hace falta que el planeamiento habilite expresamente el uso. Lo comprobamos en el estudio de 129 € antes de preparar ningún trámite.
Fuentes consultadas el 11 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.