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Moya: alta y trámites de tu vivienda vacacional

En Moya, como en toda Canarias, las reglas de la vivienda vacacional cambiaron con la Ley 6/2025 y con la Ley 7/2026. Revisamos tu caso, sea una vivienda nueva, una ya inscrita o una herencia, y te decimos con claridad qué se puede hacer y qué papeles hacen falta.

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Moya: casas de medianías, Los Tilos y la costa de San Felipe

Moya está en el norte de Gran Canaria y baja desde las cumbres hasta el mar. El casco, la Villa de Moya, se asoma al barranco; en las medianías están Fontanales y los restos de laurisilva de Los Tilos de Moya, y en la costa, el barrio de San Felipe. El alquiler turístico es sobre todo de casas rurales y viviendas unifamiliares en el campo y las medianías, y de casas cerca del mar en la costa, con un perfil tranquilo y de naturaleza.

Con la ley canaria de 2025 lo decisivo es si el planeamiento habilita el uso turístico en cada zona. No hemos localizado una ordenanza propia del Ayuntamiento de Moya sobre vivienda vacacional, así que antes de presentar comprobamos con el ayuntamiento si el uso está habilitado en tu vivienda y si puede expedir la cédula urbanística. Como mucha de la oferta está en suelo rústico o cerca de espacios protegidos, revisamos también la clase de suelo, la situación legal de la edificación y su antigüedad.

Moya en cifras: viviendas turísticas según el INE

Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Moya hay 116 viviendas turísticas con 655 plazas, unas 5,6 por vivienda. Es el municipio n.º 25 de 34 de la provincia de Las Palmas por número de viviendas turísticas.

Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 118, así que la cifra ha bajado un 1,7 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.

Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.

Qué norma se aplica en Moya

Canarias cambió de modelo con la Ley 6/2025, de 10 de diciembre, vigente desde el 13 de diciembre de 2025 y modificada por la Ley 7/2026, de 31 de julio. Ya no basta con que la vivienda cumpla unos requisitos: el planeamiento municipal debe permitir expresamente su uso turístico y la vivienda debe tener al menos diez años (cinco en las islas verdes y en los municipios de reto demográfico). Si la zona se declara de mercado residencial tensionado, las nuevas habilitaciones quedan suspendidas mientras dure esa declaración.

Antes de recibir al primer huésped se presenta una declaración responsable, siempre por vía electrónica, y el cabildo insular inscribe la vivienda de oficio en el Registro General Turístico. Según la sede del Gobierno de Canarias, se acompaña de una memoria firmada por técnico competente con planos, geolocalización y fotos, la cédula urbanística, la primera ocupación y, si hay propiedad horizontal, la acreditación de la comunidad. El trámite no tiene tasa autonómica. La habilitación dura cinco años (diez en El Hierro, La Gomera, La Palma y municipios de reto demográfico).

El papel del Ayuntamiento de Moya

En Moya el ayuntamiento tiene la primera palabra. La ley exige que el planeamiento municipal habilite expresamente el uso turístico de la vivienda, y eso se acredita con la cédula urbanística que emite el propio ayuntamiento. Si el planeamiento aún no se ha adaptado, la ley prevé reglas subsidiarias que aplicarán los cabildos pasados cinco años. Además, el ayuntamiento recibe las declaraciones de uso consolidado y controla las actividades clasificadas. Antes de mover papeles revisamos su situación urbanística.

Cómo se da de alta una vivienda vacacional en Moya

El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Moya:

  • Estudio previo: comprobamos si el planeamiento de Moya habilita el uso turístico en tu vivienda, su antigüedad y si la zona está declarada como mercado residencial tensionado.
  • Revisamos la comunidad de propietarios: estatutos, título constitutivo y, si el edificio está en propiedad horizontal, el acuerdo de la junta.
  • Pedimos al Ayuntamiento de Moya la cédula urbanística que acredita la habilitación del uso turístico, o revisamos la que ya tengas.
  • Coordinamos con tu técnico la memoria de la actividad, con planos, geolocalización, fotografías y el cumplimiento de los requisitos técnicos.
  • Presentamos por vía electrónica la declaración responsable con toda la documentación y tu autorización.
  • Hacemos seguimiento de la inscripción en el Registro General Turístico y contestamos los requerimientos del cabildo sobre lo presentado.
  • Te entregamos el número de registro para los anuncios y te avisamos de la fecha de renovación de la declaración.

Documentos que te pedirán

Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:

  • DNI o NIE del titular y, si es una sociedad, escritura y poderes del representante.
  • Escritura o nota simple actualizada y referencia catastral de la vivienda (una vivienda por referencia catastral).
  • Memoria de la actividad firmada por técnico competente, con planos del estado actual, geolocalización y fotografías.
  • Cédula urbanística del Ayuntamiento de Moya que acredite la habilitación expresa del uso turístico.
  • Comunicación de primera ocupación, licencia de primera ocupación o habilitación equivalente.
  • Certificado o acuerdo de la comunidad de propietarios, si la vivienda está en propiedad horizontal.
  • Acreditación de la antigüedad de la vivienda (licencia, declaración de obra nueva, certificado municipal o catastral).
  • Contrato o título de gestión y comunicación al propietario, si quien explota la vivienda no es el dueño.
  • Certificado de eficiencia energética de la vivienda.
  • Documento de representación para que presentemos en tu nombre.

Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.

Requisitos de la vivienda

La norma de Canarias fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:

  • Uso turístico habilitado expresamente por el planeamiento urbanístico en la ubicación de la vivienda.
  • Antigüedad mínima de diez años, o de cinco en El Hierro, La Gomera, La Palma y municipios de reto demográfico, salvo que el planeamiento la reduzca fuera de zonas tensionadas.
  • Superficie útil mínima de 35 m², o la mínima de habitabilidad si cumple alguna de las condiciones alternativas de la ley (aparcamiento, piscina, calificación energética A o B, entre otras).
  • Dos baños completos si tiene más de cuatro plazas y tres si tiene más de ocho.
  • Calificación energética mínima F en edificios anteriores a 2008 y D en los posteriores, salvo exclusiones legales.
  • Agua caliente con placas solares u otra energía renovable equivalente, cuando sea técnica y normativamente posible.
  • Acceso rodado hasta la parcela o un punto cercano; si el último tramo es a pie o sin pavimentar, debe indicarse en los anuncios.
  • No estar sometida a un régimen de protección pública y cumplir la normativa de accesibilidad y de actividades clasificadas.

La comunidad de vecinos

La comunidad de propietarios es el primer filtro. Desde el 3 de abril de 2025, una vivienda turística nueva en un edificio con comunidad necesita el voto favorable de tres quintas partes de la junta (art. 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal, según la LO 1/2025). Revisamos los estatutos y las actas de tu edificio en Moya y, si toca, preparamos la petición a la comunidad.

En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.

Si ya tienes la vivienda dada de alta en Moya

Una vivienda vacacional en Moya da trabajo después del alta. Un cambio de titular, una baja o un cambio de capacidad se comunican al cabildo, y cada huésped se registra en SES.HOSPEDAJES. Si la vivienda funcionaba antes del 13 de diciembre de 2025, revisamos qué régimen te conviene: el uso consolidado (solo si eres propietario y titular, con plazo hasta diciembre de 2030) o el transitorio de cinco años. Si la heredas, la Ley 7/2026 permite continuar hasta diez años comunicando el cambio al cabildo; si la compras, no se hereda la habilitación. Las inspecciones las hacen el cabildo y el ayuntamiento.

También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.

Precio de la gestión en Moya

En Canarias el primer paso siempre es el estudio, por 129 € IVA incluido, porque en muchos municipios la pregunta es si hoy se puede dar de alta. Si el estudio de tu vivienda en Moya es favorable, el alta cuesta 599 €, IVA incluido, con los 129 € ya descontados. Aparte van los honorarios del técnico que firma la memoria y las tasas del ayuntamiento. Si no hay vía, no te vendemos el alta.

Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.

Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Moya

He heredado una vivienda vacacional en Moya, ¿puedo seguir?

Si quien falleció era propietario y titular, la Ley 7/2026 permite al heredero comunicar el cambio al cabildo y continuar hasta un máximo de diez años desde la herencia. En una compraventa no se aplica esa excepción.

¿Puedo alquilar mi casa en Moya solo unos días al año?

La Ley 7/2026 creó un uso turístico ocasional de hasta 15 días al año ligado a fiestas o eventos concretos, pero solo si el planeamiento municipal lo habilita y con declaración previa. Comprobamos si existe en Moya.

¿Qué pasa si alojo a más personas de las permitidas?

Alojar al 150 % o más de la capacidad de la vivienda se considera riesgo grave y permite el cierre. Además, la ley presume que es alquiler turístico cualquier estancia de 31 días o menos anunciada en un canal turístico.

¿Puedo dar de alta hoy una vivienda vacacional en Moya?

Depende de que el planeamiento de Moya habilite expresamente el uso turístico en tu vivienda, de su antigüedad y de que la zona no esté declarada tensionada. Lo comprobamos en el estudio antes de que pagues a un técnico.

Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.

El siguiente paso empieza
con una conversación.

Cuéntanos dónde está tu vivienda y qué te gustaría hacer con ella.

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