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El Pinar de El Hierro: alta y trámites de tu vivienda vacacional

En El Pinar de El Hierro, como en toda Canarias, las reglas de la vivienda vacacional cambiaron con la Ley 6/2025 y con la Ley 7/2026. Revisamos tu caso, sea una vivienda nueva, una ya inscrita o una herencia, y te decimos con claridad qué se puede hacer y qué papeles hacen falta.

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El Pinar: La Restinga, el buceo y lo que mira el ayuntamiento

El Pinar de El Hierro es el municipio más joven de la isla y ocupa el sur. Lo forman los pueblos de Taibique y Las Casas, en altura, y La Restinga, el pueblo pesquero de la costa, junto a la Reserva Marina del Mar de las Calmas, muy conocida por el buceo. El alquiler vacacional se concentra en La Restinga, con apartamentos y casas para buceadores, y en casas en los pueblos del interior.

Con la Ley 6/2025 de Canarias, una vivienda vacacional nueva solo cabe si el planeamiento municipal habilita expresamente el uso turístico en esa vivienda. En esta isla la antigüedad mínima de la vivienda es de cinco años. Antes de presentar comprobamos con el Ayuntamiento de El Pinar qué dice hoy su planeamiento, si ha empezado a adaptarlo a la ley y qué pide para la cédula o el informe urbanístico. Si tu vivienda ya estaba inscrita, revisamos cómo te afecta el régimen transitorio.

El Pinar de El Hierro en cifras: viviendas turísticas según el INE

Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en El Pinar de El Hierro hay 151 viviendas turísticas con 512 plazas, unas 3,4 por vivienda. Es el municipio n.º 31 de 54 de la provincia de Santa Cruz de Tenerife por número de viviendas turísticas.

Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 110, así que la cifra ha subido un 37,3 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.

Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.

Qué norma se aplica en El Pinar de El Hierro

Canarias cambió de modelo con la Ley 6/2025, de 10 de diciembre, vigente desde el 13 de diciembre de 2025 y modificada por la Ley 7/2026, de 31 de julio. Ya no basta con que la vivienda cumpla unos requisitos: el planeamiento municipal debe permitir expresamente su uso turístico y la vivienda debe tener al menos diez años (cinco en las islas verdes y en los municipios de reto demográfico). Si la zona se declara de mercado residencial tensionado, las nuevas habilitaciones quedan suspendidas mientras dure esa declaración.

El trámite es una declaración responsable telemática que se presenta antes de iniciar la actividad. El cabildo comprueba la documentación y hace la inscripción en el Registro General Turístico, con un número que debe figurar en todos los anuncios. La ficha del trámite exige memoria técnica, cédula urbanística, primera ocupación y, en pisos, la acreditación de la comunidad de propietarios. Ojo con la duración: la declaración habilita cinco años (diez en las islas verdes y en municipios de reto demográfico) y hay que renovarla a tiempo con un certificado municipal favorable.

El papel del Ayuntamiento de El Pinar de El Hierro

Con la Ley 6/2025 el Ayuntamiento de El Pinar de El Hierro es una pieza clave: su planeamiento decide si el uso turístico está habilitado en tu calle y expide la cédula urbanística que lo acredita, con su tasa. También recibe del cabildo la inscripción, que vale como comunicación del cambio de uso de residencial a turístico, y es ante el ayuntamiento donde se presenta la declaración de uso turístico consolidado de las viviendas que ya funcionaban. Comprobamos con el ayuntamiento qué dice hoy su planeamiento antes de que pagues a un técnico.

Cómo se da de alta una vivienda vacacional en El Pinar de El Hierro

El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en El Pinar de El Hierro:

  • Estudio previo: comprobamos si el planeamiento de El Pinar de El Hierro habilita el uso turístico en tu vivienda, su antigüedad y si la zona está declarada como mercado residencial tensionado.
  • Revisamos la comunidad de propietarios: estatutos, título constitutivo y, si el edificio está en propiedad horizontal, el acuerdo de la junta.
  • Pedimos al Ayuntamiento de El Pinar de El Hierro la cédula urbanística que acredita la habilitación del uso turístico, o revisamos la que ya tengas.
  • Coordinamos con tu técnico la memoria de la actividad, con planos, geolocalización, fotografías y el cumplimiento de los requisitos técnicos.
  • Presentamos por vía electrónica la declaración responsable con toda la documentación y tu autorización.
  • Hacemos seguimiento de la inscripción en el Registro General Turístico y contestamos los requerimientos del cabildo sobre lo presentado.
  • Te entregamos el número de registro para los anuncios y te avisamos de la fecha de renovación de la declaración.

Documentos que te pedirán

Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:

  • DNI o NIE del titular y, si es una sociedad, escritura y poderes del representante.
  • Escritura o nota simple actualizada y referencia catastral de la vivienda (una vivienda por referencia catastral).
  • Memoria de la actividad firmada por técnico competente, con planos del estado actual, geolocalización y fotografías.
  • Cédula urbanística del Ayuntamiento de El Pinar de El Hierro que acredite la habilitación expresa del uso turístico.
  • Comunicación de primera ocupación, licencia de primera ocupación o habilitación equivalente.
  • Certificado o acuerdo de la comunidad de propietarios, si la vivienda está en propiedad horizontal.
  • Acreditación de la antigüedad de la vivienda (licencia, declaración de obra nueva, certificado municipal o catastral).
  • Contrato o título de gestión y comunicación al propietario, si quien explota la vivienda no es el dueño.
  • Certificado de eficiencia energética de la vivienda.
  • Documento de representación para que presentemos en tu nombre.

Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.

Requisitos de la vivienda

La norma de Canarias fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:

  • Uso turístico habilitado expresamente por el planeamiento urbanístico en la ubicación de la vivienda.
  • Antigüedad mínima de diez años, o de cinco en El Hierro, La Gomera, La Palma y municipios de reto demográfico, salvo que el planeamiento la reduzca fuera de zonas tensionadas.
  • Superficie útil mínima de 35 m², o la mínima de habitabilidad si cumple alguna de las condiciones alternativas de la ley (aparcamiento, piscina, calificación energética A o B, entre otras).
  • Dos baños completos si tiene más de cuatro plazas y tres si tiene más de ocho.
  • Calificación energética mínima F en edificios anteriores a 2008 y D en los posteriores, salvo exclusiones legales.
  • Agua caliente con placas solares u otra energía renovable equivalente, cuando sea técnica y normativamente posible.
  • Acceso rodado hasta la parcela o un punto cercano; si el último tramo es a pie o sin pavimentar, debe indicarse en los anuncios.
  • No estar sometida a un régimen de protección pública y cumplir la normativa de accesibilidad y de actividades clasificadas.

La comunidad de vecinos

Si la vivienda está en un edificio con comunidad de propietarios, desde el 3 de abril de 2025 hace falta que la junta apruebe expresamente el uso turístico por tres quintas partes (Ley de Propiedad Horizontal, art. 17.12, tras la LO 1/2025). En El Pinar de El Hierro lo revisamos antes de nada y, si hace falta, preparamos el escrito al administrador y el modelo de acuerdo con nuestro servicio de aprobación de la comunidad.

En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.

Si ya tienes la vivienda dada de alta en El Pinar de El Hierro

Las viviendas que ya funcionaban en El Pinar de El Hierro antes de la ley no se quedan igual. El propietario que también es titular puede presentar ante el ayuntamiento la declaración de uso turístico consolidado (plazo hasta el 13 de diciembre de 2030); el resto sigue cinco años con la declaración antigua, ampliables una vez. Si no presentaste en su día la comunicación previa de actividades clasificadas, la Ley 7/2026 da de plazo hasta el 31 de julio de 2027. Además, nos ocupamos de cambios de titular, bajas, SES.HOSPEDAJES y requerimientos del cabildo tras una inspección.

También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.

Precio de la gestión en El Pinar de El Hierro

Empezamos con el estudio de viabilidad por 129 €, IVA incluido: comprobamos el planeamiento de El Pinar de El Hierro, la antigüedad, la comunidad y los requisitos técnicos. Si hay vía y contratas el alta de vivienda vacacional, cuesta 599 €, IVA incluido, y se descuentan los 129 € del estudio. El técnico que firma la memoria y la tasa municipal de la cédula urbanística van aparte. Si en tu ubicación hoy no se puede dar de alta, solo hacemos el estudio y te lo decimos claro.

Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.

Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en El Pinar de El Hierro

¿Puedo alquilar mi casa en El Pinar de El Hierro solo unos días al año?

La Ley 7/2026 creó un uso turístico ocasional de hasta 15 días al año ligado a fiestas o eventos concretos, pero solo si el planeamiento municipal lo habilita y con declaración previa. Comprobamos si existe en El Pinar de El Hierro.

¿Qué pasa si alojo a más personas de las permitidas?

Alojar al 150 % o más de la capacidad de la vivienda se considera riesgo grave y permite el cierre. Además, la ley presume que es alquiler turístico cualquier estancia de 31 días o menos anunciada en un canal turístico.

¿Puedo dar de alta hoy una vivienda vacacional en El Pinar de El Hierro?

Depende de que el planeamiento de El Pinar de El Hierro habilite expresamente el uso turístico en tu vivienda, de su antigüedad y de que la zona no esté declarada tensionada. Lo comprobamos en el estudio antes de que pagues a un técnico.

¿Qué antigüedad tiene que tener la vivienda?

Diez años con carácter general y cinco en El Hierro, La Gomera, La Palma y los municipios de reto demográfico. El planeamiento puede reducirla, salvo en zonas de mercado residencial tensionado.

Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.

El siguiente paso empieza
con una conversación.

Cuéntanos dónde está tu vivienda y qué te gustaría hacer con ella.

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