Garachico: casas del casco histórico y de la Isla Baja
Garachico está en la costa norte de Tenerife, en la comarca de la Isla Baja. Su casco histórico, rehecho tras la erupción volcánica de 1706, conserva casas canarias tradicionales con balcones de madera, y junto al mar están las piscinas naturales de El Caletón. El término sube hasta núcleos de medianías como San Juan del Reparo. El alquiler turístico es sobre todo de casas tradicionales en el casco y de viviendas unifamiliares en los barrios y en el campo, muchas en entorno rural.
Con la ley canaria de 2025 el planeamiento municipal decide dónde cabe el uso turístico. No hemos localizado una ordenanza propia del Ayuntamiento de Garachico sobre vivienda vacacional, así que antes de presentar comprobamos con el ayuntamiento si el uso está habilitado en tu vivienda y si puede expedir la cédula urbanística. En el casco histórico revisamos además las normas de protección del conjunto, y en las casas de medianías, si la vivienda está en suelo rústico y su situación legal.
Garachico en cifras: viviendas turísticas según el INE
Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Garachico hay 205 viviendas turísticas con 789 plazas, unas 3,8 por vivienda. Es el municipio n.º 24 de 54 de la provincia de Santa Cruz de Tenerife por número de viviendas turísticas.
Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 194, así que la cifra ha subido un 5,7 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.
Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.
Qué norma se aplica en Garachico
Desde el 13 de diciembre de 2025 manda la Ley 6/2025 de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas, con los cambios de la Ley 7/2026 (BOC de 14 de agosto de 2026). Para abrir una vivienda vacacional nueva hacen falta dos cosas que antes no se pedían: que el planeamiento de Garachico habilite expresamente el uso turístico en esa vivienda y que esta tenga la antigüedad mínima, de diez años, o de cinco en las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma y en los municipios de reto demográfico. Del Decreto 113/2015 sigue vigente lo que no choque con la ley.
Antes de recibir al primer huésped se presenta una declaración responsable, siempre por vía electrónica, y el cabildo insular inscribe la vivienda de oficio en el Registro General Turístico. Según la sede del Gobierno de Canarias, se acompaña de una memoria firmada por técnico competente con planos, geolocalización y fotos, la cédula urbanística, la primera ocupación y, si hay propiedad horizontal, la acreditación de la comunidad. El trámite no tiene tasa autonómica. La habilitación dura cinco años (diez en El Hierro, La Gomera, La Palma y municipios de reto demográfico).
El papel del Ayuntamiento de Garachico
Con la Ley 6/2025 el Ayuntamiento de Garachico es una pieza clave: su planeamiento decide si el uso turístico está habilitado en tu calle y expide la cédula urbanística que lo acredita, con su tasa. También recibe del cabildo la inscripción, que vale como comunicación del cambio de uso de residencial a turístico, y es ante el ayuntamiento donde se presenta la declaración de uso turístico consolidado de las viviendas que ya funcionaban. Comprobamos con el ayuntamiento qué dice hoy su planeamiento antes de que pagues a un técnico.
Cómo se da de alta una vivienda vacacional en Garachico
El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Garachico:
- Estudio previo: comprobamos si el planeamiento de Garachico habilita el uso turístico en tu vivienda, su antigüedad y si la zona está declarada como mercado residencial tensionado.
- Revisamos la comunidad de propietarios: estatutos, título constitutivo y, si el edificio está en propiedad horizontal, el acuerdo de la junta.
- Pedimos al Ayuntamiento de Garachico la cédula urbanística que acredita la habilitación del uso turístico, o revisamos la que ya tengas.
- Coordinamos con tu técnico la memoria de la actividad, con planos, geolocalización, fotografías y el cumplimiento de los requisitos técnicos.
- Presentamos por vía electrónica la declaración responsable con toda la documentación y tu autorización.
- Hacemos seguimiento de la inscripción en el Registro General Turístico y contestamos los requerimientos del cabildo sobre lo presentado.
- Te entregamos el número de registro para los anuncios y te avisamos de la fecha de renovación de la declaración.
Documentos que te pedirán
Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:
- DNI o NIE del titular y, si es una sociedad, escritura y poderes del representante.
- Escritura o nota simple actualizada y referencia catastral de la vivienda (una vivienda por referencia catastral).
- Memoria de la actividad firmada por técnico competente, con planos del estado actual, geolocalización y fotografías.
- Cédula urbanística del Ayuntamiento de Garachico que acredite la habilitación expresa del uso turístico.
- Comunicación de primera ocupación, licencia de primera ocupación o habilitación equivalente.
- Certificado o acuerdo de la comunidad de propietarios, si la vivienda está en propiedad horizontal.
- Acreditación de la antigüedad de la vivienda (licencia, declaración de obra nueva, certificado municipal o catastral).
- Contrato o título de gestión y comunicación al propietario, si quien explota la vivienda no es el dueño.
- Certificado de eficiencia energética de la vivienda.
- Documento de representación para que presentemos en tu nombre.
Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.
Requisitos de la vivienda
La norma de Canarias fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:
- Uso turístico habilitado expresamente por el planeamiento urbanístico en la ubicación de la vivienda.
- Antigüedad mínima de diez años, o de cinco en El Hierro, La Gomera, La Palma y municipios de reto demográfico, salvo que el planeamiento la reduzca fuera de zonas tensionadas.
- Superficie útil mínima de 35 m², o la mínima de habitabilidad si cumple alguna de las condiciones alternativas de la ley (aparcamiento, piscina, calificación energética A o B, entre otras).
- Dos baños completos si tiene más de cuatro plazas y tres si tiene más de ocho.
- Calificación energética mínima F en edificios anteriores a 2008 y D en los posteriores, salvo exclusiones legales.
- Agua caliente con placas solares u otra energía renovable equivalente, cuando sea técnica y normativamente posible.
- Acceso rodado hasta la parcela o un punto cercano; si el último tramo es a pie o sin pavimentar, debe indicarse en los anuncios.
- No estar sometida a un régimen de protección pública y cumplir la normativa de accesibilidad y de actividades clasificadas.
La comunidad de vecinos
Antes de pensar en el registro, mira la comunidad: para una vivienda turística nueva en régimen de propiedad horizontal, la ley exige desde el 3 de abril de 2025 el acuerdo expreso de tres quintas partes de la junta (art. 17.12 LPH, reformado por la LO 1/2025). Si tu piso de Garachico está en un edificio así, te ayudamos con la aprobación de la comunidad.
En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.
Si ya tienes la vivienda dada de alta en Garachico
Si tu vivienda en Garachico ya estaba inscrita antes de la Ley 6/2025, hay plazos que corren: quien es propietario y titular a la vez puede optar, hasta el 13 de diciembre de 2030, por la declaración de uso turístico consolidado ante el ayuntamiento; los demás tienen un régimen transitorio de cinco años, ampliable una vez a petición al cabildo. La venta extingue el uso consolidado, pero la Ley 7/2026 permite al heredero seguir hasta diez años. Para cambios de titular, bajas y modificaciones se tramita ante el cabildo, y cada huésped debe comunicarse en SES.HOSPEDAJES.
También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.
Precio de la gestión en Garachico
Empezamos con el estudio de viabilidad por 129 €, IVA incluido: comprobamos el planeamiento de Garachico, la antigüedad, la comunidad y los requisitos técnicos. Si hay vía y contratas el alta de vivienda vacacional, cuesta 599 €, IVA incluido, y se descuentan los 129 € del estudio. El técnico que firma la memoria y la tasa municipal de la cédula urbanística van aparte. Si en tu ubicación hoy no se puede dar de alta, solo hacemos el estudio y te lo decimos claro.
Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.
Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Garachico
¿Puedo dar de alta hoy una vivienda vacacional en Garachico?
Depende de que el planeamiento de Garachico habilite expresamente el uso turístico en tu vivienda, de su antigüedad y de que la zona no esté declarada tensionada. Lo comprobamos en el estudio antes de que pagues a un técnico.
¿Qué antigüedad tiene que tener la vivienda?
Diez años con carácter general y cinco en El Hierro, La Gomera, La Palma y los municipios de reto demográfico. El planeamiento puede reducirla, salvo en zonas de mercado residencial tensionado.
¿Cuánto dura la declaración responsable?
Cinco años desde que se presenta, o diez en las islas verdes y los municipios de reto demográfico. Para seguir hay que presentar una nueva en el mes anterior al vencimiento, con un certificado municipal favorable.
He heredado una vivienda vacacional en Garachico, ¿puedo seguir?
Si quien falleció era propietario y titular, la Ley 7/2026 permite al heredero comunicar el cambio al cabildo y continuar hasta un máximo de diez años desde la herencia. En una compraventa no se aplica esa excepción.
Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.
- Ayuntamiento de Garachico
- BOC: Ley 6/2025, de 10 de diciembre, de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas
- BOC: Ley 7/2026, de 31 de julio, que modifica la Ley 6/2025 (disposición final undécima)
- Gobierno de Canarias: declaración responsable de inicio de la actividad de vivienda vacacional
- INE: viviendas turísticas, plazas y plazas por vivienda turística por municipio (tabla 39363)