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Vivienda turística en Argoños: alta según el Decreto 50/2025

Para alquilar tu vivienda de Argoños a turistas en Cantabria hay que presentar una declaración responsable con tres apoyos: informe municipal de compatibilidad, certificado técnico y, si hay comunidad, su aprobación. Primero comprobamos que tu vivienda puede tenerlos; después preparamos y presentamos el alta.

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Argoños: apartamentos de costa junto a las marismas de Santoña

Argoños está en la costa oriental de Cantabria, en la comarca de Trasmiera, entre Santoña y Noja, junto a las marismas del Parque Natural de Santoña, Victoria y Joyel. Es un municipio pequeño y residencial, con urbanizaciones de adosados y apartamentos que han crecido como segunda residencia cerca de las playas. El alquiler turístico se concentra en esos apartamentos y casas, con demanda muy de verano.

No hemos localizado una ordenanza propia ni una suspensión del Ayuntamiento de Argoños sobre viviendas de uso turístico. El decreto de Cantabria de 2025 exige un certificado municipal de compatibilidad urbanística, así que lo primero es pedirlo al ayuntamiento. En urbanizaciones con zonas comunes revisamos además los estatutos y, desde abril de 2025, si la junta ha aprobado la actividad por tres quintas partes.

Argoños en cifras: viviendas turísticas según el INE

Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Argoños hay 32 viviendas turísticas con 217 plazas, unas 6,8 por vivienda. Es el municipio n.º 48 de 100 de la Cantabria por número de viviendas turísticas.

Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 40, así que la cifra ha bajado un 20,0 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.

Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.

Qué norma se aplica en Argoños

La norma vigente es el Decreto 50/2025, de 24 de julio, que sustituyó al Decreto 225/2019, dentro del marco de la ley de ordenación del turismo de Cantabria. Distingue dos modalidades: la vivienda de cesión completa, que no puede alquilarse por estancias, y la de cesión compartida, por habitaciones, reservada a personas físicas que residen en la vivienda. El alta es una declaración responsable (anexo I) ante la Dirección General de Turismo, que se tramita en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria. Permite empezar desde su presentación y la vivienda se inscribe de oficio, con carácter preventivo, en el Registro General de Empresas Turísticas.

Antes de presentar conviene tener reunido lo esencial. El decreto pide disponer del informe municipal que declare compatible el uso turístico con el planeamiento, del certificado de técnico competente con el programa mínimo y la capacidad de la vivienda, y de la aprobación de la comunidad de propietarios cuando hay propiedad horizontal. También del título que acredita la propiedad o el uso, del certificado de convivencia en cesión compartida y de la declaración de vivienda no protegida. Y, como equipamiento, extintor por planta, detector de humo y sistema de monitorización del ruido.

El papel del Ayuntamiento de Argoños

En Cantabria el Ayuntamiento de Argoños interviene antes de la declaración: el Decreto 50/2025 exige un informe del órgano municipal competente sobre la compatibilidad del uso turístico de la vivienda con el planeamiento. Además, los ayuntamientos pueden, por razones imperiosas de interés general, limitar el número de viviendas de uso turístico por edificio, sector, zona o periodo en su planeamiento. La Dirección General de Turismo traslada después las declaraciones al ayuntamiento. Por eso pedimos o revisamos el informe y comprobamos las limitaciones de Argoños antes de presentar.

Cómo se da de alta una vivienda de uso turístico en Argoños

El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Argoños:

  • Estudio previo: comprobamos el planeamiento de Argoños, las limitaciones municipales y la modalidad (cesión completa o compartida).
  • Solicitud del informe municipal de compatibilidad del uso turístico con el planeamiento.
  • Certificado de técnico competente sobre el programa mínimo de vivienda y la capacidad, que encarga el propietario y coordinamos.
  • Aprobación previa de la comunidad de propietarios por tres quintas partes, si el edificio está en propiedad horizontal.
  • Instalación de extintor por planta, detector de humo junto a la cocina y monitor de ruido en el salón.
  • Presentación de la declaración responsable (anexo I) en la sede del Gobierno de Cantabria y pago de la tasa autonómica.
  • Inscripción preventiva en el Registro General de Empresas Turísticas; después, placa en la puerta, hojas de reclamación y alta en SES.HOSPEDAJES.

Documentos que te pedirán

Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:

  • DNI o NIE del titular y, si es una sociedad, escritura y poderes del representante.
  • Escritura, nota simple o título que acredite la propiedad o el derecho de uso.
  • Referencia catastral.
  • Informe municipal de compatibilidad urbanística del uso turístico.
  • Certificado de técnico competente sobre el programa mínimo de vivienda y la capacidad.
  • Certificado de la comunidad de propietarios con la aprobación previa, si hay propiedad horizontal.
  • Certificado municipal de convivencia, si es de cesión compartida.
  • Justificante de la tasa autonómica y autorización de representación.

Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.

Requisitos de la vivienda

La norma de Cantabria fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:

  • Programa mínimo de vivienda acreditado por un técnico, que fija la capacidad.
  • Vivienda no calificada como protegida.
  • Cesión completa sin alquiler por estancias, o cesión compartida por habitaciones con el propietario residiendo en ella.
  • Extintor por planta, detector de humo cerca de la cocina y monitorización del ruido en el salón.
  • Placa identificativa en la puerta, cartel de hojas de reclamación y teléfono de atención inmediata a la vista.
  • Botiquín, limpieza general y cambio de lencería en cada nueva estancia.
  • Número de inscripción en toda la publicidad y precios expuestos de forma visible.

La comunidad de vecinos

La comunidad de propietarios es el primer filtro. Desde el 3 de abril de 2025, una vivienda turística nueva en un edificio con comunidad necesita el voto favorable de tres quintas partes de la junta (art. 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal, según la LO 1/2025). Revisamos los estatutos y las actas de tu edificio en Argoños y, si toca, preparamos la petición a la comunidad.

En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.

Si ya tienes la vivienda dada de alta en Argoños

La inscripción obliga a varias cosas más. Un nuevo titular comunica el cambio con el anexo II; cualquier otra modificación o el cese se comunica en quince días. Si tu vivienda de Argoños ya estaba inscrita antes de julio de 2025, revisa si presentó la declaración de adaptación: el plazo acabó en marzo de 2026 y hay instrucciones del BOC. La documentación debe estar siempre a disposición de Turismo y cada estancia se registra en SES.HOSPEDAJES.

También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.

Precio de la gestión en Argoños

Trabajamos con dos importes claros. El estudio, 129 €, te dice si tu vivienda de Argoños puede ser VUT y qué falta. El alta, 599 € con IVA, cubre la coordinación del expediente, la declaración responsable y el seguimiento; si vienes del estudio, se descuenta. Aparte quedan los honorarios del técnico y las tasas.

Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.

Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Argoños

Mi vivienda ya estaba inscrita, ¿sigue valiendo?

Las viviendas anteriores debían presentar la declaración de adaptación en ocho meses, hasta marzo de 2026. Si no lo hiciste, revisamos tu expediente cuanto antes.

¿Necesito técnico para dar de alta una vivienda turística en Argoños?

Sí. El Decreto 50/2025 exige un certificado de técnico competente sobre el programa mínimo de vivienda y la capacidad. Lo contratas tú y nosotros lo coordinamos con el resto del expediente.

¿Puedo presentar la declaración mientras espero el informe municipal?

El decreto trata el informe de compatibilidad como requisito esencial que debes tener al declarar. Lo prudente es esperar a tenerlo; lo vemos caso por caso.

¿Cuántas plazas puedo ofrecer?

Las que fije el certificado técnico según el programa mínimo de vivienda. En cesión compartida se restan las personas que residen en la vivienda según el certificado de convivencia.

Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.

El siguiente paso empieza
con una conversación.

Cuéntanos dónde está tu vivienda y qué te gustaría hacer con ella.

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