Finestrat: la Cala, las urbanizaciones y la compatibilidad urbanística
Finestrat, en la Marina Baixa, combina el pueblo antiguo en la ladera del Puig Campana con una franja de costa junto a Benidorm. El alquiler turístico se concentra en la Cala de Finestrat y en las urbanizaciones que han crecido hacia Benidorm, como Balcón de Finestrat o Sierra Cortina, con apartamentos en edificios con piscina, bungalós y chalés. En el casco antiguo hay casas de pueblo, y en el interior del término, viviendas aisladas en suelo no urbanizable.
En la Comunitat Valenciana el alta necesita el informe municipal de compatibilidad urbanística, y en Finestrat ese informe ha estado suspendido: según la prensa local, el pleno acordó en marzo de 2025 dejar de otorgarlo mientras se redacta una ordenanza que diga dónde cabe la actividad. Antes de presentar nada comprobamos con el ayuntamiento si la suspensión sigue vigente, si ya hay ordenanza y qué permite en tu zona y en tu tipo de vivienda.
Importante: Según la prensa local (abril de 2025), el Ayuntamiento de Finestrat acordó suspender los informes de compatibilidad urbanística para viviendas de uso turístico mientras redacta una ordenanza; comprobamos con el ayuntamiento si la suspensión sigue en vigor antes de presentar.
Finestrat en cifras: viviendas turísticas según el INE
Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Finestrat hay 415 viviendas turísticas con 2.289 plazas, unas 5,5 por vivienda. Es el municipio n.º 18 de 126 de la provincia de Alicante por número de viviendas turísticas.
Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 527, así que la cifra ha bajado un 21,3 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.
Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.
Qué norma se aplica en Finestrat
La referencia es el Decreto ley 9/2024, de 2 de agosto, que reformó la Ley 15/2018 de turismo y el Decreto 10/2021 de alojamiento. Desde el 8 de agosto de 2024, para que una vivienda sea turística debe cederse completa, por diez noches o menos al mismo cliente, contar con informe municipal favorable de compatibilidad urbanística y tener referencia catastral individual. El alquiler por habitaciones está prohibido y la inscripción caduca a los cinco años si no se renueva. Las empresas gestoras, titulares de cinco o más viviendas, cumplen exactamente los mismos requisitos.
Con el informe municipal en la mano se presenta, siempre por vía electrónica, la declaración responsable en el procedimiento de autorregistro de la Generalitat. En ella se identifica la vivienda, el titular y el propietario, se indica el periodo en que se comercializará como turística y se declara el cumplimiento de los requisitos del anexo III del reglamento. El servicio territorial de turismo de Alicante revisa el expediente, inscribe la vivienda o pide subsanar en diez días hábiles. En suelo no urbanizable se exige además, con carácter previo, la declaración de interés comunitario o su exención.
El papel del Ayuntamiento de Finestrat
En la Comunitat Valenciana el Ayuntamiento de Finestrat tiene la llave: emite el informe de compatibilidad urbanística para uso turístico, que es obligatorio, y cobra su tasa. Además, la ley permite a los ayuntamientos limitar el número de viviendas turísticas por edificio, sector o zona, y algunos han aprobado suspensiones temporales de nuevos informes mientras cambian su planeamiento. Si hay una suspensión o un cambio de planeamiento, el informe no puede tener más de seis meses al presentar el alta. Comprobamos la situación de Finestrat antes de pedirlo.
Cómo se da de alta una vivienda de uso turístico en Finestrat
El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Finestrat:
- Estudio previo: revisamos el planeamiento de Finestrat, las limitaciones o suspensiones municipales y si la vivienda tiene referencia catastral propia.
- Comprobamos la comunidad de propietarios: estatutos, título constitutivo y, si es propiedad horizontal, el acuerdo de la junta.
- Solicitamos al Ayuntamiento de Finestrat el informe de compatibilidad urbanística para uso turístico, o revisamos el que tengas.
- Reunimos la licencia de ocupación, el certificado energético, el seguro de responsabilidad civil y, si hace falta, el certificado del técnico.
- Presentamos la declaración responsable en el autorregistro de la Generalitat, con el periodo de funcionamiento y la capacidad de la vivienda.
- Atendemos el requerimiento de subsanación del servicio territorial de turismo, si llega, dentro de los diez días hábiles.
- Te entregamos el número de registro y te avisamos de la fecha de renovación a los cinco años.
Documentos que te pedirán
Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:
- DNI o NIE del titular y, si es una sociedad, escritura y poderes del representante.
- Informe municipal favorable de compatibilidad urbanística para uso turístico, o documento equivalente.
- Referencia catastral única e individualizada de la vivienda.
- Escritura, nota simple o título que acredite que puedes destinar la vivienda al uso turístico.
- Licencia de primera o segunda ocupación, o declaración responsable equivalente.
- Certificación registral o certificado del administrador de que los estatutos no impiden el uso turístico, y acuerdo de la junta si el edificio está en propiedad horizontal.
- Certificado de eficiencia energética.
- Póliza de seguro de responsabilidad civil para la actividad.
- Documento de representación para presentar en tu nombre.
Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.
Requisitos de la vivienda
La norma de Comunitat Valenciana fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:
- Ceder la vivienda completa, nunca por habitaciones, y por un máximo de diez noches seguidas al mismo cliente.
- Plano de evacuación o instrucciones de emergencia en varios idiomas y un teléfono de atención las 24 horas.
- Refrigeración y calefacción, al menos en el salón comedor, y conexión a internet salvo zonas sin cobertura.
- Mobiliario, menaje y lencería según la capacidad, armario en los dormitorios, televisor y lavadora (o lavandería común).
- Cocina con frigorífico, horno o microondas, extractor y al menos dos fuegos (tres a partir de cinco plazas).
- Botiquín, información del centro médico más cercano y teléfonos de urgencia visibles.
- Servicio de recepción: está prohibido entregar las llaves con cajetines en la vía pública.
- Distintivo oficial en la entrada, hojas de reclamaciones y normas de régimen interior para los huéspedes.
La comunidad de vecinos
Antes de pensar en el registro, mira la comunidad: para una vivienda turística nueva en régimen de propiedad horizontal, la ley exige desde el 3 de abril de 2025 el acuerdo expreso de tres quintas partes de la junta (art. 17.12 LPH, reformado por la LO 1/2025). Si tu piso de Finestrat está en un edificio así, te ayudamos con la aprobación de la comunidad.
En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.
Si ya tienes la vivienda dada de alta en Finestrat
La inscripción en Finestrat no es para siempre. Vale cinco años y se renueva en el mes anterior al vencimiento, en la mayoría de casos con informe municipal actualizado; las viviendas inscritas antes del 8 de agosto de 2024 renuevan el 8 de agosto de 2029. Si la vivienda cambia de dueño desde esa fecha, el nuevo propietario necesita su propio informe de compatibilidad. Y si la alquilas por más de diez días en el periodo declarado como turístico sin comunicarlo, puede darse de baja. Llevamos todos esos trámites.
También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.
Precio de la gestión en Finestrat
Trabajamos en dos fases. Primero el estudio, por 129 € IVA incluido, para saber si tu vivienda de Finestrat puede obtener el informe de compatibilidad. Después, si sigues adelante, el alta completa por 599 €, IVA incluido, con el estudio descontado. Las tasas municipales y el técnico, cuando haga falta, se pagan aparte y te los anticipamos antes de empezar.
Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.
Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Finestrat
¿Puedo dar de alta ahora una vivienda turística en Finestrat?
Depende de si el ayuntamiento vuelve a emitir el informe de compatibilidad urbanística y de lo que diga la ordenanza que prepara. Lo comprobamos con el ayuntamiento para tu dirección concreta antes de que gastes en técnicos o tasas.
¿Cada cuánto se renueva la inscripción?
Cada cinco años, en el mes anterior al vencimiento. Las viviendas inscritas hasta el 7 de agosto de 2024 renuevan el 8 de agosto de 2029. Sin renovación, la vivienda se da de baja.
¿Necesito permiso de la comunidad de vecinos?
Si el edificio está en propiedad horizontal, desde el 3 de abril de 2025 hace falta el acuerdo expreso de tres quintas partes de la junta, y además declarar que los estatutos no lo impiden.
¿Puedo presentar el alta en Finestrat sin el informe municipal?
No. El informe favorable de compatibilidad urbanística, o el documento equivalente, es obligatorio y se adjunta a la declaración. Haber pedido el informe o pagado la tasa no basta.
¿Puedo alquilar por habitaciones?
No como vivienda de uso turístico: la vivienda se cede completa, y ofrecer habitaciones en una vivienda turística registrada es una infracción muy grave.
Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.
- Ayuntamiento de Finestrat: sede electrónica
- DOGV: Decreto ley 9/2024, de 2 de agosto, de modificación de la normativa de viviendas de uso turístico
- Generalitat Valenciana: procedimiento de autorregistro de viviendas de uso turístico
- BOE: Ley 15/2018, de 7 de junio, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana
- INE: viviendas turísticas, plazas y plazas por vivienda turística por municipio (tabla 39363)