Las plazas turísticas en Ibiza
La Ley 8/2012 del turismo de las Illes Balears exige presentar, junto con la declaración responsable de inicio de actividad (DRIAT), el certificado de adquisición de las plazas turísticas y el certificado municipal de que la vivienda está en zona apta y de que no se ha superado, en su caso, el número máximo de plazas del municipio.
En Ibiza las plazas las gestiona el Consell d’Eivissa. Su portal publica la bolsa de plazas para viviendas turísticas, con solicitudes que figuran en espera, plazas asignadas y bajas. Estar en esa lista no da derecho a comercializar: hasta que no hay plazas asignadas y el resto de requisitos, no se puede presentar la DRIAT.
Pisos del núcleo urbano
Desde el Decreto ley 4/2025 no se admiten en toda la comunidad nuevas DRIAT para viviendas en propiedad horizontal. La Ley 4/2026 dejó como excepciones las adosadas, las pareadas y las unifamiliares aisladas que compartan parcela con otras edificaciones, y excluyó de la prohibición la modalidad de alquiler de vivienda principal.
Si tu piso ya tiene inscripción, su habilitación es por cinco años y la prórroga exige seguir cumpliendo requisitos, incluida la zona apta y el certificado de plazas para el nuevo periodo. Además, si la comunidad cambia sus estatutos para impedir el uso turístico, la actividad debe cesar en el plazo máximo de un año. Revisamos fechas y acuerdos.
Casas en el campo
Para las casas fuera del núcleo hay que mirar la categoría de suelo. La ley balear no permite nuevas actividades en suelo rústico protegido, salvo previsión motivada del plan insular, y la modificación del Plan Territorial Insular de Ibiza de 2019 impidió nuevas actividades turísticas en las viviendas de determinadas categorías de suelo rústico.
También deben estar en regla las obras: una sanción firme grave o muy grave por infracción urbanística impide comercializar hasta que se restituya la legalidad. Y la vivienda necesita certificado energético: en defecto de reglamento, al menos una calificación F si el edificio es anterior a 2008 y D si es posterior, salvo que la normativa de patrimonio lo impida.
Documentos para el estudio
Según sea piso o casa, pediremos:
- Escritura o nota simple y referencia catastral.
- Cédula de habitabilidad o licencia con número de plazas.
- Inscripción turística, fecha de la DRIAT y prórrogas, si existen.
- Solicitud o resolución de plazas del Consell d’Eivissa.
- Estatutos y acuerdos de la comunidad, si es un piso.
- Licencias de obra y planos, si es una casa en el campo.
Para quien compra, este estudio evita pagar un precio basado en ingresos turísticos que la vivienda no puede generar legalmente. Más detalles en comprar una vivienda con licencia turística.
Estudio de viabilidad: 129 €
En Illes Balears solo ofrecemos el estudio de viabilidad y revisión documental, por 129 €, IVA incluido. Recibirás por escrito el diagnóstico de tu vivienda y los pasos que tendrías por delante; no tramitamos el alta.
El estudio lo presta nuestro gestor administrativo colegiado, a distancia. No garantizamos plazas ni resultados, y no nos ocupamos de la explotación ni de la atención a huéspedes.
Preguntas frecuentes
¿Estar en la bolsa de plazas me permite anunciar la vivienda?
No. Hace falta tener las plazas asignadas, el certificado municipal de zona apta y el resto de requisitos, y presentar la DRIAT antes de comercializar.
¿La comunidad puede prohibir el alquiler turístico en mi piso inscrito?
Si cambia los estatutos o adopta un acuerdo que lo impida, la ley balear obliga a cesar en un año como máximo. Revisamos el acuerdo y las fechas.
¿Qué pasa con las viviendas inscritas por otro propietario?
Si compras una vivienda con inscripción, hay que revisar su tipo, sus plazas y su vencimiento antes de firmar. La comercialización por un nuevo titular no se da por hecha: lo estudiamos con la documentación que aporte el vendedor.
Fuentes consultadas el 11 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.