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HAZ TUvivienda turística
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Guía para propietarios

Qué firmas cuando presentas la declaración responsable

En la mayoría de comunidades la vivienda turística empieza con una declaración responsable. Parece un formulario, pero es una afirmación bajo tu responsabilidad que la Administración puede comprobar en cualquier momento. Te explicamos qué supone y cómo prepararla.

Responsable del trámite – GA 1268 COGAS SLP – Gestoría colegiada n.º 1268

Qué dice la ley

La Ley 39/2015 define la declaración responsable como el documento en el que manifiestas, bajo tu responsabilidad, que cumples los requisitos de la normativa, que dispones de la documentación que lo acredita, que la pondrás a disposición de la Administración cuando te la pida y que mantendrás su cumplimiento mientras dure la actividad.

Permite iniciar la actividad desde el día de su presentación, sin esperar una autorización, pero la Administración conserva sus facultades de comprobación, control e inspección. Y puede requerir en cualquier momento los documentos que acreditan lo declarado.

Qué pasa si un dato no es cierto

La misma ley establece que la inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial de cualquier dato, o no presentar la documentación requerida para acreditar lo declarado, impide continuar con la actividad desde que la Administración lo sabe, sin perjuicio de otras responsabilidades. La resolución puede obligar a restituir la situación anterior e impedir presentar una nueva declaración durante el tiempo que fije la ley.

Las leyes de turismo añaden sus sanciones. En Andalucía, por ejemplo, la falsedad de los datos de la declaración es grave y la inexactitud, leve; en Baleares, la falsedad u omisión de aspectos sustanciales es muy grave. Por eso preparamos la declaración con la documentación delante, no de memoria.

Ante quién se presenta en cada comunidad

El nombre y el órgano cambian según el territorio. Estos son los que hemos comprobado en las fuentes oficiales:

  • Comunidad de Madrid: Dirección General de Turismo y Hostelería, acompañada del CIVUT.
  • Andalucía: consejería de turismo, por vía electrónica, para la inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía.
  • Cataluña: comunicación de inicio por Canal Empresa, que inicia la habilitación municipal del HUT.
  • Comunitat Valenciana: sede de la Generalitat, con el informe municipal de compatibilidad urbanística.
  • Canarias: cabildo insular, que inscribe la vivienda en el Registro General Turístico.
  • Illes Balears: declaración responsable de inicio de actividad turística (DRIAT) ante la administración turística insular.

En otras comunidades, consulta su página: por ejemplo Galicia, Asturias o Región de Murcia.

Qué datos suele pedir

Andalucía y Canarias fijan un contenido mínimo parecido: identificación de la vivienda con su referencia catastral y su capacidad máxima, datos de quien explota la vivienda con teléfono y correo para los avisos de notificación, el título que le habilita y los datos del propietario si es otra persona. En Andalucía se declaran además los periodos de funcionamiento y que la vivienda es compatible con el planeamiento y no está prohibida por los estatutos.

Solo se admite una vivienda por referencia catastral, salvo que se acredite que hay varias. Un error en la referencia o en la capacidad es una de las causas más frecuentes de requerimiento.

Una declaración con fecha de caducidad

En algunas comunidades la declaración ya no es indefinida. En la Comunitat Valenciana la inscripción vale cinco años; en Canarias, la Ley 6/2025 limita la eficacia a cinco años, o diez en El Hierro, La Gomera, La Palma y municipios de reto demográfico; en Baleares, en viviendas en propiedad horizontal, el plazo por defecto es de cinco años. Conviene anotar la fecha y preparar la renovación con tiempo.

Si ya presentaste una declaración y te piden documentos, mira cómo trabajamos la subsanación de un expediente.

Cómo la preparamos

Empezamos por el estudio de viabilidad (129 €): comprobamos que puedes afirmar cada requisito con un documento. Si encaja, el alta cuesta 499 € en comunidades sin técnico y 599 € donde hace falta técnico o informe municipal, con técnico y tasas aparte; el estudio se descuenta. No aseguramos el resultado de las comprobaciones posteriores, pero sí que lo declarado tenga soporte.

Preguntas frecuentes

¿Puedo empezar a alquilar el mismo día?

La ley permite iniciar la actividad desde la presentación, pero en algunas comunidades hay pasos previos, como la licencia urbanística en ciertos municipios catalanes o el informe municipal en la Comunitat Valenciana.

¿Quién debe firmarla?

Quien vaya a explotar la vivienda: el propietario o la empresa que la gestione, según la comunidad. Si firma otra persona, hace falta acreditar la representación.

Fuentes consultadas el 11 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.

El siguiente paso empieza
con una conversación.

Cuéntanos dónde está tu vivienda y qué te gustaría hacer con ella.

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