Primero, qué documento tienes en la mano
No es lo mismo un acta de inspección que un acuerdo de iniciación, una propuesta de resolución o una resolución sancionadora. Según la Ley 39/2015, el acuerdo de iniciación debe identificar los hechos, su posible calificación, las sanciones que podrían corresponder, el instructor y los plazos para alegar; y advierte de que, si no se formulan alegaciones, puede considerarse propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso sobre la responsabilidad. En Baleares, además, hay que identificar qué consell insular tramita el expediente.
Por eso empezamos situando el expediente: en qué fase está, qué plazo corre y qué se puede aportar todavía. Una respuesta pensada para un requerimiento de documentos no sirve para un expediente sancionador.
Infracciones e importes de la Ley 8/2012
La Ley 8/2012 del turismo de las Illes Balears califica como muy grave realizar la actividad sin declaración responsable, la falsedad u omisión sustancial en ella y comercializar estancias en viviendas cuya tipología no lo permite, en zonas no aptas o sin plazas adquiridas. Las multas muy graves van de 50.001 a 500.000 euros.
Las graves se sancionan con multas de 5.001 a 50.000 euros, pero anunciar o comercializar viviendas que no cumplen los requisitos de la ley, o viviendas de uso residencial sin declaración que no lleguen a muy grave, tiene una horquilla de 30.001 a 50.000 euros. Las leves llevan advertencia o multa de hasta 5.000 euros. La ley permite elevar la cuantía hasta el triple del precio de los servicios afectados.
Reducciones y sanciones accesorias propias de Baleares
La ley balear prevé reducir la multa un 80 % si, durante el expediente, se reconoce la responsabilidad y se cede la vivienda para alquiler a precio limitado o social durante al menos cinco años, y un 60 % si se cede a programas públicos de vivienda vacía durante al menos siete, en sanciones ligadas a la comercialización turística. Son opciones con compromisos largos que hay que estudiar antes.
En la infracción por falsedad u omisión sustancial de la declaración puede imponerse, como accesoria, la imposibilidad de presentar una nueva declaración para la misma actividad durante hasta un año. Y para graduar, la ley tiene en cuenta, entre otros, la reiteración, que la actividad sea en suelo rústico protegido o en viviendas con precio limitado.
Plazos, reconocimiento y pago voluntario
Durante el procedimiento hay ocasiones para alegar: tras el acuerdo de iniciación y, en el trámite de audiencia, en un plazo de entre diez y quince días. Si el procedimiento sancionador no se resuelve y notifica en plazo, la Ley 39/2015 prevé su caducidad. En Baleares, las sanciones prescriben al año las leves, a los dos años las graves y a los tres las muy graves.
La misma ley permite reconocer la responsabilidad o pagar voluntariamente antes de la resolución, con reducciones de al menos un 20 % cada una, acumulables, cuando la sanción es solo económica. Esas reducciones van unidas a renunciar a recurrir en vía administrativa. Te explicamos qué supone cada opción con tu expediente delante; la decisión es tuya.
Documentos para preparar las alegaciones
Con el expediente completo podemos comparar lo que dice la Administración con lo que puedes acreditar. Esto es lo que necesitamos:
- Acuerdo de iniciación, propuesta o resolución, con la fecha de notificación.
- Acta de inspección o denuncia de la que trae causa, si se te ha dado traslado.
- Declaración responsable, inscripción y comunicaciones posteriores.
- Anuncios y capturas con fecha, si el expediente se basa en publicidad.
- DRIAT, inscripción y acreditación de las plazas turísticas, si existen.
- Cédula de habitabilidad, certificado energético y estatutos de la comunidad si hay propiedad horizontal.
Si no tienes copia del expediente, se puede pedir acceso. Lo anotamos como primer paso y no damos por perdido el plazo sin comprobarlo.
Por qué el primer paso es el estudio
En Baleares solo aceptamos de entrada el estudio documental (129 €). En él leemos el expediente, comprobamos la modalidad, la zona y las plazas, y te explicamos qué alegaciones tienen base y cuáles podrían perjudicarte. Si encaja un escrito en vía administrativa, te lo presupuestamos después con su alcance; si el asunto va a los tribunales, interviene un abogado con honorarios aparte.
Si lo que tienes es un requerimiento de documentos y no un expediente, mira requerimientos en Baleares. Para comparar con otras comunidades, consulta las alegaciones a una multa por vivienda turística.
Preguntas frecuentes
¿Conviene acogerse a la reducción del 80 %?
Depende de tu situación: implica reconocer la responsabilidad y ceder la vivienda al menos cinco años en las condiciones de la ley. Lo analizamos en el estudio antes de que decidas.
¿La plataforma también es sancionada?
La ley tipifica como muy grave que los canales de comercialización publiquen viviendas sin declaración o sin número de inscripción. Eso no exime al propietario o al comercializador de su propio expediente.
Fuentes consultadas el 11 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.