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Yunquera: alta y trámites de tu vivienda de uso turístico

Para alquilar tu vivienda de Yunquera a turistas hay que presentar una declaración responsable ante la Junta e inscribirla en el Registro de Turismo de Andalucía. Antes comprobamos la nota simple, el acuerdo de la comunidad y lo que permite el ayuntamiento, y después preparamos y presentamos el alta.

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Yunquera: casa del pueblo y entorno de la Sierra de las Nieves

Yunquera tiene acceso a la Sierra de las Nieves y presenta sus pinsapares y rutas como recursos para las visitas al municipio. Para estudiar una vivienda turística conviene distinguir la casa del pueblo de una finca en el entorno natural. Si quieres ofrecer una casa a visitantes, identificamos el núcleo, la parcela y las dependencias del alojamiento. Conviene revisar las obras realizadas y el uso reconocido del edificio antes de elegir la categoría turística. El carácter del entorno no determina por sí solo la modalidad: una vivienda turística y un establecimiento rural requieren estudiar su encaje en cada caso.

Antes de presentar, comprobamos con el ayuntamiento de Yunquera la compatibilidad urbanística del alojamiento y si hay condiciones municipales aplicables a tu dirección. En fincas exteriores consultamos el suelo y las afecciones de protección; en el pueblo, el uso y las obras necesarias para acondicionar la casa. Revisamos también el uso autorizado del inmueble y la documentación de ocupación que corresponda. No damos por permitido el alquiler turístico por el hecho de que existan otros alojamientos en el municipio; concretamos qué informes o trámites necesita tu vivienda.

Yunquera en cifras: viviendas turísticas según el INE

Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Yunquera hay 20 viviendas turísticas con 118 plazas, unas 5,9 por vivienda. Es el municipio n.º 56 de 103 de la provincia de Málaga por número de viviendas turísticas.

Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 18, así que la cifra ha subido un 11,1 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.

Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.

Qué norma se aplica en Yunquera

La actividad se rige por la Ley 13/2011 del Turismo de Andalucía y por el Decreto 28/2016, que el Decreto 31/2024 modificó para pasar de «viviendas con fines turísticos» a «viviendas de uso turístico» y endurecer los requisitos. El alta es una declaración responsable que se presenta por vía telemática, con certificado digital obligatorio. Al registrarla recibes un código de presentación (CTC), que no es la inscripción: la Junta dicta después la resolución con el código del Registro de Turismo de Andalucía, del tipo VUT/provincia/número, que es el que debe figurar en la publicidad. La inscripción es gratuita.

Hay dos documentos que la Junta pide siempre: la nota simple actualizada de la vivienda y, si el edificio está en régimen de propiedad horizontal, el certificado de la comunidad con la aprobación expresa del uso turístico. Según el caso, también el título de la empresa explotadora, el documento de representación, el anexo de titularidad compartida o el certificado de empadronamiento si se cede por habitaciones. Lo que no acompañe a la declaración se reclama con la resolución de inscripción, con diez días hábiles de plazo; pasado ese plazo se inicia la cancelación, como explican las preguntas frecuentes de la Junta.

El papel del Ayuntamiento de Yunquera

El papel del Ayuntamiento de Yunquera es urbanístico, y pesa. La Junta le comunica la inscripción de tu vivienda y el ayuntamiento puede pedir que se cancele si no cumple su normativa. Con la reforma de 2024, los municipios andaluces pueden limitar el número de viviendas de uso turístico por edificio, sector, zona o periodo, así que lo que vale en un barrio puede no valer en otro. Además, las viviendas asimiladas a fuera de ordenación requieren autorización municipal previa. Comprobamos la situación de tu dirección antes de presentar.

Cómo se da de alta una vivienda de uso turístico en Yunquera

El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Yunquera:

  • Estudio previo: comprobamos el encaje urbanístico en Yunquera, si hay limitaciones municipales para tu zona y si la vivienda cumple superficie, plazas y equipamiento.
  • Comunidad de propietarios: revisamos los estatutos y, en propiedad horizontal, el certificado con la aprobación expresa del uso turístico por tres quintas partes.
  • Reunimos la nota simple actualizada, la referencia catastral y, según el caso, el contrato de explotación, la representación o el empadronamiento.
  • Preparamos la declaración responsable con capacidad, modalidad (vivienda completa o por habitaciones), periodos de funcionamiento y datos de contacto.
  • La presentamos por vía telemática con certificado digital y te entregamos el justificante con el código CTC.
  • La Junta dicta la resolución de inscripción con el código VUT/provincia/número; si requiere documentos, se contestan en diez días hábiles.
  • Antes de recibir huéspedes: alta en SES.HOSPEDAJES, hojas de quejas y reclamaciones con su cartel, y código de inscripción en todos los anuncios.

Documentos que te pedirán

Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:

  • DNI o NIE del titular y, si es una sociedad, escritura y poderes del representante.
  • Nota simple actualizada del Registro de la Propiedad.
  • Referencia catastral y superficie construida de la vivienda.
  • Certificado del secretario o administrador de la comunidad con la aprobación del uso turístico, si hay propiedad horizontal.
  • Contrato de explotación, cesión o comodato, si quien explota no es el propietario.
  • Anexo de titularidad compartida, si hay varios propietarios.
  • Certificado de empadronamiento del titular, si se cede por habitaciones.
  • Documento de representación para presentar la declaración en tu nombre.

Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.

Requisitos de la vivienda

La norma de Andalucía fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:

  • Superficie construida de uso principal de al menos 25 m² y un mínimo de 14 m² por plaza, salvo que el planeamiento fije otra cosa.
  • Máximo de 15 plazas en la vivienda completa y 6 por habitaciones, con un máximo de 4 plazas por dormitorio.
  • Dos baños completos si hay más de 5 plazas y tres si hay más de 8.
  • Refrigeración si funciona entre mayo y agosto y calefacción si funciona entre diciembre y marzo.
  • Dormitorios y salones con ventilación directa al exterior o a patio ventilado y sistema de oscurecimiento.
  • Cocina equipada con detector de humo y extintor, botiquín, televisor e información turística y de los electrodomésticos.
  • Hojas de quejas y reclamaciones oficiales y atención telefónica a los usuarios las 24 horas.
  • Sin prohibición expresa del uso turístico en los estatutos y con la vivienda fuera del régimen de vivienda protegida.

La comunidad de vecinos

La comunidad de propietarios es el primer filtro. Desde el 3 de abril de 2025, una vivienda turística nueva en un edificio con comunidad necesita el voto favorable de tres quintas partes de la junta (art. 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal, según la LO 1/2025). Revisamos los estatutos y las actas de tu edificio en Yunquera y, si toca, preparamos la petición a la comunidad.

En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.

Si ya tienes la vivienda dada de alta en Yunquera

La inscripción obliga a mantener los datos al día. Venta, herencia o entrada de una empresa explotadora suponen un cambio de titularidad, que se comunica con el número de inscripción y la nota simple del nuevo titular. Cambiar periodos, plazas o contacto es una modificación; cerrar, una baja, que la Junta resuelve y notifica. Además, hay que registrar a los viajeros en SES.HOSPEDAJES. La Junta y el Ayuntamiento de Yunquera pueden comprobar la vivienda; un requerimiento sin contestar puede acabar en cancelación.

También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.

Precio de la gestión en Yunquera

El alta en el Registro de Turismo de Andalucía cuesta 499 €, IVA incluido: revisión de documentos y encaje en Yunquera, declaración responsable, presentación y seguimiento. Si quieres dejarlo todo hecho, el pack llave en mano cuesta 699 € y suma SES.HOSPEDAJES y el alta en Hacienda. Si hay dudas urbanísticas, empieza por el estudio de 129 €, que se descuenta.

Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.

Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Yunquera

¿Necesito arquitecto para dar de alta una vivienda turística en Yunquera?

La declaración responsable no exige un certificado técnico. Sí debes cumplir los requisitos del Decreto 28/2016 y la normativa urbanística; si hay dudas sobre obras o licencias, lo vemos en el estudio.

¿Sigue valiendo mi número VFT?

Sí: el cambio de nombre a vivienda de uso turístico no obliga por sí solo a una nueva alta. Si cambia el titular o la vivienda, hay que comunicarlo.

¿Cuántas plazas puedo ofrecer?

Hasta 15 en vivienda completa y 6 por habitaciones, con un máximo de 4 por dormitorio y al menos 14 m² de superficie por plaza. Más de 5 plazas exigen dos baños completos.

¿Puedo alquilar por habitaciones?

Sí, en la modalidad por habitaciones, con un máximo de 6 plazas y el titular empadronado en la vivienda.

Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.

El siguiente paso empieza
con una conversación.

Cuéntanos dónde está tu vivienda y qué te gustaría hacer con ella.

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