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Vivienda vacacional en Agüimes: qué se puede hacer hoy

¿Quieres alquilar tu vivienda a turistas en Agüimes? Con la Ley 6/2025 la respuesta depende sobre todo del planeamiento municipal y de la antigüedad de la vivienda. Lo comprobamos en un estudio previo y, si hay camino, nos ocupamos de la declaración responsable ante el cabildo.

  • Gestoría colegiada
    GA 1268 COGAS S.L.P.
  • Precio cerrado
    antes de empezar, sin sorpresas
  • Toda España
    a distancia, con tu representación
  • Estudio previo 129 €
    se descuenta si contratas el alta

Agüimes: Arinaga, el casco y los altos, y lo que comprobamos

Agüimes está en el sureste de Gran Canaria. El alquiler vacacional se concentra sobre todo en la costa, en Playa de Arinaga y su paseo, con pisos, dúplex y casas cerca del mar, y en menor medida en el entorno de Playa del Cabrón. En el interior, el casco histórico de Agüimes tiene casas tradicionales rehabilitadas, y en los altos, como Temisas, hay casas rurales en zonas agrícolas, donde la clase de suelo y la situación de la edificación cuentan mucho.

No hemos localizado en la web del Ayuntamiento de Agüimes una ordenanza propia sobre vivienda vacacional. Con la Ley 6/2025 canaria de ordenación sostenible del uso turístico de viviendas, el planeamiento municipal decide dónde cabe el uso turístico, así que antes de presentar comprobamos con el ayuntamiento si tu vivienda está en suelo urbano, asentamiento rural o suelo rústico, si la edificación está en regla y si hay cambios de planeamiento en trámite en tu zona.

Agüimes en cifras: viviendas turísticas según el INE

Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Agüimes hay 331 viviendas turísticas con 1.401 plazas, unas 4,2 por vivienda. Es el municipio n.º 16 de 34 de la provincia de Las Palmas por número de viviendas turísticas.

Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 294, así que la cifra ha subido un 12,6 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.

Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.

Qué norma se aplica en Agüimes

Desde el 13 de diciembre de 2025 manda la Ley 6/2025 de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas, con los cambios de la Ley 7/2026 (BOC de 14 de agosto de 2026). Para abrir una vivienda vacacional nueva hacen falta dos cosas que antes no se pedían: que el planeamiento de Agüimes habilite expresamente el uso turístico en esa vivienda y que esta tenga la antigüedad mínima, de diez años, o de cinco en las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma y en los municipios de reto demográfico. Del Decreto 113/2015 sigue vigente lo que no choque con la ley.

El alta es una declaración responsable que se presenta por vía electrónica antes de empezar; el cabildo de la isla la comprueba e inscribe la vivienda en el Registro General Turístico. La ficha oficial del trámite pide la memoria técnica firmada por un técnico, la cédula urbanística que acredite la habilitación del uso turístico, la primera ocupación o habilitación equivalente y, en edificios con comunidad, el documento de la junta. La declaración no es indefinida: vale cinco años, o diez en las islas verdes y municipios de reto demográfico, y se renueva en el mes anterior al vencimiento.

El papel del Ayuntamiento de Agüimes

Lo que se pueda hacer en Agüimes depende mucho del ayuntamiento. Su planeamiento fija si la vivienda turística es un uso admisible en cada zona, con qué límites y con qué antigüedad mínima, y la cédula urbanística municipal es un documento obligatorio del alta, salvo durante dos años en las islas verdes. El ayuntamiento también tramita la declaración de uso consolidado y aplica las tasas del uso turístico. Por eso el estudio empieza preguntando al ayuntamiento qué permite hoy en tu dirección.

Cómo se da de alta una vivienda vacacional en Agüimes

El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Agüimes:

  • Estudio previo: comprobamos si el planeamiento de Agüimes habilita el uso turístico en tu vivienda, su antigüedad y si la zona está declarada como mercado residencial tensionado.
  • Revisamos la comunidad de propietarios: estatutos, título constitutivo y, si el edificio está en propiedad horizontal, el acuerdo de la junta.
  • Pedimos al Ayuntamiento de Agüimes la cédula urbanística que acredita la habilitación del uso turístico, o revisamos la que ya tengas.
  • Coordinamos con tu técnico la memoria de la actividad, con planos, geolocalización, fotografías y el cumplimiento de los requisitos técnicos.
  • Presentamos por vía electrónica la declaración responsable con toda la documentación y tu autorización.
  • Hacemos seguimiento de la inscripción en el Registro General Turístico y contestamos los requerimientos del cabildo sobre lo presentado.
  • Te entregamos el número de registro para los anuncios y te avisamos de la fecha de renovación de la declaración.

Documentos que te pedirán

Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:

  • DNI o NIE del titular y, si es una sociedad, escritura y poderes del representante.
  • Escritura o nota simple actualizada y referencia catastral de la vivienda (una vivienda por referencia catastral).
  • Memoria de la actividad firmada por técnico competente, con planos del estado actual, geolocalización y fotografías.
  • Cédula urbanística del Ayuntamiento de Agüimes que acredite la habilitación expresa del uso turístico.
  • Comunicación de primera ocupación, licencia de primera ocupación o habilitación equivalente.
  • Certificado o acuerdo de la comunidad de propietarios, si la vivienda está en propiedad horizontal.
  • Acreditación de la antigüedad de la vivienda (licencia, declaración de obra nueva, certificado municipal o catastral).
  • Contrato o título de gestión y comunicación al propietario, si quien explota la vivienda no es el dueño.
  • Certificado de eficiencia energética de la vivienda.
  • Documento de representación para que presentemos en tu nombre.

Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.

Requisitos de la vivienda

La norma de Canarias fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:

  • Uso turístico habilitado expresamente por el planeamiento urbanístico en la ubicación de la vivienda.
  • Antigüedad mínima de diez años, o de cinco en El Hierro, La Gomera, La Palma y municipios de reto demográfico, salvo que el planeamiento la reduzca fuera de zonas tensionadas.
  • Superficie útil mínima de 35 m², o la mínima de habitabilidad si cumple alguna de las condiciones alternativas de la ley (aparcamiento, piscina, calificación energética A o B, entre otras).
  • Dos baños completos si tiene más de cuatro plazas y tres si tiene más de ocho.
  • Calificación energética mínima F en edificios anteriores a 2008 y D en los posteriores, salvo exclusiones legales.
  • Agua caliente con placas solares u otra energía renovable equivalente, cuando sea técnica y normativamente posible.
  • Acceso rodado hasta la parcela o un punto cercano; si el último tramo es a pie o sin pavimentar, debe indicarse en los anuncios.
  • No estar sometida a un régimen de protección pública y cumplir la normativa de accesibilidad y de actividades clasificadas.

La comunidad de vecinos

Antes de pensar en el registro, mira la comunidad: para una vivienda turística nueva en régimen de propiedad horizontal, la ley exige desde el 3 de abril de 2025 el acuerdo expreso de tres quintas partes de la junta (art. 17.12 LPH, reformado por la LO 1/2025). Si tu piso de Agüimes está en un edificio así, te ayudamos con la aprobación de la comunidad.

En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.

Si ya tienes la vivienda dada de alta en Agüimes

Una vivienda vacacional en Agüimes da trabajo después del alta. Un cambio de titular, una baja o un cambio de capacidad se comunican al cabildo, y cada huésped se registra en SES.HOSPEDAJES. Si la vivienda funcionaba antes del 13 de diciembre de 2025, revisamos qué régimen te conviene: el uso consolidado (solo si eres propietario y titular, con plazo hasta diciembre de 2030) o el transitorio de cinco años. Si la heredas, la Ley 7/2026 permite continuar hasta diez años comunicando el cambio al cabildo; si la compras, no se hereda la habilitación. Las inspecciones las hacen el cabildo y el ayuntamiento.

También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.

Precio de la gestión en Agüimes

El precio tiene dos tramos. El estudio de viabilidad, 129 € IVA incluido, te dice si el planeamiento de Agüimes permite el uso turístico y qué falta. Si la respuesta es sí y seguimos, el alta cuesta 599 €, IVA incluido, y el estudio se descuenta. El técnico (memoria de la actividad) y la tasa municipal de la cédula urbanística se pagan aparte. Cuando la vivienda no puede darse de alta, el encargo termina con el estudio.

Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.

Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Agüimes

He heredado una vivienda vacacional en Agüimes, ¿puedo seguir?

Si quien falleció era propietario y titular, la Ley 7/2026 permite al heredero comunicar el cambio al cabildo y continuar hasta un máximo de diez años desde la herencia. En una compraventa no se aplica esa excepción.

¿Puedo alquilar mi casa en Agüimes solo unos días al año?

La Ley 7/2026 creó un uso turístico ocasional de hasta 15 días al año ligado a fiestas o eventos concretos, pero solo si el planeamiento municipal lo habilita y con declaración previa. Comprobamos si existe en Agüimes.

¿Qué pasa si alojo a más personas de las permitidas?

Alojar al 150 % o más de la capacidad de la vivienda se considera riesgo grave y permite el cierre. Además, la ley presume que es alquiler turístico cualquier estancia de 31 días o menos anunciada en un canal turístico.

¿Puedo dar de alta hoy una vivienda vacacional en Agüimes?

Depende de que el planeamiento de Agüimes habilite expresamente el uso turístico en tu vivienda, de su antigüedad y de que la zona no esté declarada tensionada. Lo comprobamos en el estudio antes de que pagues a un técnico.

Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.

El siguiente paso empieza
con una conversación.

Cuéntanos dónde está tu vivienda y qué te gustaría hacer con ella.

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