Sant Adrià de Besòs: pisos junto a Barcelona y una revisión del planeamiento en marcha
Sant Adrià de Besòs está entre Barcelona y Badalona, en la desembocadura del Besòs, y tiene fachada marítima junto a la zona del Fòrum. El alquiler turístico se concentra en pisos de edificios plurifamiliares, sobre todo en los barrios más cercanos al mar y a la Diagonal, por su conexión directa con Barcelona. Casi todo son viviendas en comunidades de propietarios, así que el acuerdo de la junta y la cédula de habitabilidad son tan importantes como el trámite turístico.
El Ayuntamiento de Sant Adrià publicó en el BOP de Barcelona del 22/12/2025 una suspensión de licencias, por un año y en todo el término municipal, para nuevos establecimientos hoteleros y apartamentos turísticos de menos de 30 habitaciones, mientras estudia cambiar su planeamiento. Ese anuncio no nombra los HUT, pero indica que el ayuntamiento está revisando el uso turístico: antes de presentar nada comprobamos con él si tu vivienda puede habilitarse y cómo te afecta la normativa catalana sobre municipios con vivienda tensionada.
Importante: El Ayuntamiento de Sant Adrià de Besòs suspendió por un año, desde su publicación en el BOP de Barcelona el 22/12/2025, las licencias de nuevos hoteles y apartamentos turísticos para estudiar el planeamiento; conviene comprobar con el ayuntamiento cómo afecta a tu vivienda antes de iniciar el trámite.
Sant Adrià de Besòs en cifras: viviendas turísticas según el INE
Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Sant Adrià de Besòs hay 234 viviendas turísticas con 1.080 plazas, unas 4,6 por vivienda. Es el municipio n.º 6 de 278 de la provincia de Barcelona por número de viviendas turísticas.
Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 254, así que la cifra ha bajado un 7,9 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.
Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.
Qué norma se aplica en Sant Adrià de Besòs
Los HUT se regulan en la Ley 13/2002 de turismo de Cataluña y en el Decreto 75/2020, de turismo de Cataluña. Para habilitar la vivienda se presenta por internet la comunicación de inicio de actividad en Canal Empresa, identificándose con certificado digital o idCAT Móvil. Al enviarla se obtiene un código provisional que debe aparecer en toda la publicidad. El ayuntamiento comprueba los datos y los comunica a la Generalitat, que inscribe la vivienda en el Registro de Turismo de Cataluña con su número definitivo (NIRTC). La Generalitat no asocia tasa a este trámite, pero el ayuntamiento puede cobrar la suya.
Desde noviembre de 2023 se aplica además el Decreto-ley 3/2023, que fija un régimen urbanístico propio para los HUT en los municipios de su anexo, los que tienen problemas de acceso a la vivienda o mucha concentración de viviendas turísticas. En ellos el uso turístico solo cabe si el planeamiento lo permite y hace falta una licencia urbanística previa, de cinco años, antes de comunicar el inicio. El decreto-ley fija un límite general de 10 HUT por cada 100 habitantes. Los HUT ya habilitados tienen un plazo transitorio de cinco años para adaptarse. El Tribunal Constitucional desestimó en 2025 el recurso contra esta norma.
El papel del Ayuntamiento de Sant Adrià de Besòs
Buena parte del expediente se decide en el Ayuntamiento de Sant Adrià de Besòs. Es la administración que habilita la vivienda, verifica lo comunicado y puede exigir su tasa; también es la que, en los municipios del anexo del Decreto-ley 3/2023, concede la licencia urbanística previa. Los ayuntamientos catalanes pueden, además, acordar suspensiones de licencias o regular el uso turístico por zonas en su planeamiento. Si hay una suspensión vigente, la Generalitat advierte de que la comunicación se tiene por no presentada. Lo comprobamos para tu calle.
Cómo se da de alta una vivienda de uso turístico en Sant Adrià de Besòs
El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Sant Adrià de Besòs:
- Estudio previo: comprobamos si Sant Adrià de Besòs está en el anexo del Decreto-ley 3/2023, qué permite el planeamiento en tu dirección y si hay alguna suspensión vigente.
- Revisión de la comunidad de propietarios: estatutos y, en edificios en propiedad horizontal, acuerdo de la junta por tres quintas partes para una vivienda turística nueva.
- Cédula de habitabilidad vigente, con el número de plazas, que expide la Generalitat a partir del certificado de un técnico competente.
- Licencia urbanística previa del ayuntamiento, si el municipio está en el régimen del Decreto-ley 3/2023.
- Comunicación de inicio en Canal Empresa, con certificado digital, y obtención del código provisional para la publicidad.
- Comprobación municipal y traslado a la Generalitat, que inscribe el HUT en el Registro de Turismo de Cataluña con su NIRTC.
- Antes de recibir huéspedes: alta en SES.HOSPEDAJES, hojas de reclamación, normas de convivencia y número visible en los anuncios.
Documentos que te pedirán
Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:
- DNI, NIE o NIF del titular y, si es una sociedad, escritura y poderes del representante.
- Nota simple o escritura de la vivienda y referencia catastral.
- Cédula de habitabilidad vigente con su número de plazas.
- Resolución favorable de licencia urbanística previa, en los municipios del Decreto-ley 3/2023.
- Certificado de la comunidad de propietarios con el acuerdo, si el edificio está en propiedad horizontal.
- Datos de la persona o empresa del servicio de asistencia y mantenimiento.
- Justificante de la tasa municipal, si el ayuntamiento la exige.
- Autorización o representación para presentar en tu nombre.
Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.
Requisitos de la vivienda
La norma de Cataluña fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:
- Cédula de habitabilidad vigente y condiciones técnicas y de calidad exigibles a una vivienda.
- Capacidad máxima de 15 plazas y nunca más de las que indique la cédula.
- Cesión de la vivienda entera; el alquiler por habitaciones no encaja en la figura de HUT.
- Servicio de asistencia y mantenimiento con un teléfono de contacto a disposición de los usuarios.
- Número de inscripción (o el provisional) en toda la publicidad y visible en la vivienda junto a la capacidad máxima.
- Normas de convivencia de la comunidad entregadas a los usuarios, al menos en catalán, castellano, inglés y francés.
- Hojas de reclamación a disposición de los usuarios.
- Licencia urbanística previa y planeamiento que admita el uso, en los municipios del Decreto-ley 3/2023.
La comunidad de vecinos
Antes de pensar en el registro, mira la comunidad: para una vivienda turística nueva en régimen de propiedad horizontal, la ley exige desde el 3 de abril de 2025 el acuerdo expreso de tres quintas partes de la junta (art. 17.12 LPH, reformado por la LO 1/2025). Si tu piso de Sant Adrià de Besòs está en un edificio así, te ayudamos con la aprobación de la comunidad.
En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.
Si ya tienes la vivienda dada de alta en Sant Adrià de Besòs
Con el HUT de Sant Adrià de Besòs ya inscrito quedan obligaciones y trámites posibles. Los más habituales: el cambio de titular cuando se vende o se hereda la vivienda, la modificación de datos y la baja, que se presenta solo por internet en Tràmits Gencat. Cada estancia se registra en SES.HOSPEDAJES y se cobra el impuesto turístico catalán. La inspección de turismo de la Generalitat y el ayuntamiento pueden pedir la cédula, el número en los anuncios o la información de la vivienda; no atender en plazo un requerimiento de la inspección es infracción grave.
También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.
Precio de la gestión en Sant Adrià de Besòs
El primer paso es el estudio de viabilidad, por 129 €: comprobamos el planeamiento de Sant Adrià de Besòs, la licencia previa si toca, la cédula y la comunidad. Si hay vía y contratas el alta del HUT, cuesta 599 € (IVA incluido) y se descuentan los 129 € del estudio. El técnico (cédula, certificados, licencia) y la tasa municipal van aparte y te los decimos antes.
Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.
Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Sant Adrià de Besòs
¿La suspensión de Sant Adrià de Besòs afecta a las viviendas de uso turístico?
El anuncio del BOP de 22/12/2025 habla de establecimientos hoteleros y apartamentos turísticos, no de HUT. Aun así, el ayuntamiento está revisando su planeamiento, así que antes de iniciar nada consultamos con él la situación concreta de tu vivienda.
¿Necesito permiso de la comunidad de vecinos?
Desde el 3 de abril de 2025, la Ley de Propiedad Horizontal exige que una vivienda turística nueva en un edificio en propiedad horizontal cuente con la aprobación expresa de la junta por tres quintas partes. Revisamos también tus estatutos.
¿Qué multa hay por anunciar un HUT sin habilitar?
La Ley 13/2002 lo considera grave si la vivienda cumple los requisitos para habilitarse (de 3.001 a 60.000 €) y muy grave si no los cumple (de 60.001 a 600.000 €). Regularizar a tiempo es la mejor defensa.
¿Puedo abrir hoy un HUT nuevo en Sant Adrià de Besòs?
Depende de si Sant Adrià de Besòs está en el anexo del Decreto-ley 3/2023, de lo que permita su planeamiento en tu dirección y de que no haya una suspensión vigente. Lo comprobamos con el ayuntamiento en el estudio antes de presentar nada.
¿Cuántas plazas puede tener un HUT?
Como máximo 15, y nunca más de las que indique la cédula de habitabilidad. Anunciar más plazas que la cédula es uno de los motivos más habituales de requerimiento.
Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.
- BOP de Barcelona, 22/12/2025: suspensión potestativa en Sant Adrià de Besòs
- Ayuntamiento de Sant Adrià de Besòs
- Generalitat de Catalunya, Canal Empresa: habilitación e inicio de actividad de viviendas de uso turístico
- BOE: Decreto-ley 3/2023 sobre el régimen urbanístico de las viviendas de uso turístico
- BOE: Ley 13/2002 de turismo de Cataluña (texto consolidado)
- INE: viviendas turísticas, plazas y plazas por vivienda turística por municipio (tabla 39363)