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San Lorenzo de El Escorial: tu vivienda de uso turístico en regla

En San Lorenzo de El Escorial muchas consultas parten de una segunda residencia que el propietario quiere alquilar a turistas. Antes de anunciarla revisamos si la vivienda, su edificio o urbanización y el planeamiento municipal permiten tramitarla como vivienda de uso turístico en la Comunidad de Madrid.

Responsable del trámite – GA 1268 COGAS SLP – Gestoría colegiada n.º 1268

Normas Subsidiarias de 1999 y un catálogo de protección

El planeamiento de San Lorenzo son unas Normas Subsidiarias aprobadas definitivamente en 1999, con su catálogo de elementos protegidos y varias modificaciones puntuales posteriores. En un planeamiento de esa época los usos se regulan zona a zona, así que lo primero es identificar la ordenanza que afecta a tu parcela y consultar con los servicios técnicos municipales si la actividad necesita algún título o comunicación previa.

El municipio está declarado Patrimonio Mundial por el conjunto del Monasterio y su entorno. Si la vivienda está en un edificio catalogado, cualquier obra para cumplir los mínimos del decreto (un baño, la cocina, las instalaciones) tiene que encajar con su protección. Lo revisamos antes de que encargues proyecto o presupuesto de obra.

De segunda residencia a vivienda turística

Pasar de uso propio a uso turístico no es solo publicar un anuncio. La Comunidad de Madrid exige presentar una declaración responsable antes de empezar, con el CIVUT firmado por un técnico y la conformidad de la comunidad de propietarios. Desde el Decreto 27/2026, la presentación es solo electrónica y, una vez hecha, la vivienda se inscribe en el Registro de Empresas Turísticas.

En chalets y casas de urbanización conviene mirar también los estatutos de la urbanización, que pueden tener su propio régimen. Y hay un caso que se pasa por alto: si todas las viviendas de un edificio o portal pertenecen al mismo titular de la actividad, se aplica la normativa de apartamentos turísticos, no la de viviendas de uso turístico.

Qué tiene que cumplir la vivienda

El CIVUT acredita calefacción, agua fría y caliente, buena iluminación y ventilación, un sistema de oscurecimiento en dormitorios y salón, ventilación del baño, extintor, señalización de emergencia y plano de evacuación. A eso se suman las superficies mínimas del decreto, como un dormitorio de 12 m² útiles o una cocina de 5 m², y el equipamiento: ropa de cama, mesa y baño, vajilla, cubertería y menaje.

También tienes que facilitar un teléfono de atención permanente, un rótulo con los teléfonos de emergencia en español e inglés, hojas oficiales de reclamación e información previa sobre residuos, ruidos o mascotas. El técnico lo contratas tú y se presupuesta aparte; te explicamos qué pedirle en la guía del CIVUT.

Documentación para empezar

  • Referencia catastral y dirección completa de la vivienda.
  • Nota simple o escritura, y datos de todos los titulares.
  • Estatutos de la comunidad o de la urbanización y actas recientes.
  • Plano con superficies útiles o, si no lo tienes, medidas de cada pieza.
  • Licencias y certificados de obras anteriores.
  • CIVUT y póliza de responsabilidad civil, si ya los tienes.

Si la vivienda es heredada o tiene varios propietarios, indícalo desde el principio: cambia quién debe firmar y quién figura como titular de la actividad.

Después de presentar: cambios, titular y cese

La declaración no es un trámite único. Cualquier modificación, incluido el cambio de titular, exige una nueva declaración responsable ante la Comunidad, y el cese debe comunicarse. En un cambio de titular, la declaración la presenta el nuevo titular. Nos encargamos de cambios de titular o de datos por 169 € y de la baja por 99 €.

Las viviendas que ya funcionaban antes de la reforma tienen tres años desde su entrada en vigor para adaptarse a los nuevos mínimos y al nuevo contenido del CIVUT. Si haces una reforma sustancial antes, los requisitos se aplican de inmediato.

Cómo trabajamos y cuánto cuesta

Empezamos con el estudio de viabilidad por 129 €, que se descuenta si luego contratas el alta. El alta cuesta 599 € e incluye la coordinación del CIVUT y la presentación de la declaración; el técnico y las tasas municipales van aparte. Tienes el resto de trámites de la región en la página de la Comunidad de Madrid.

La gestión la presta nuestro gestor administrativo colegiado, a distancia. No llevamos reservas, llaves ni limpieza, y no prometemos plazos ni resultados que dependen de la Administración.

Preguntas frecuentes

¿Puedo alquilar por días un chalet entero en San Lorenzo de El Escorial?

Puede tramitarse como vivienda de uso turístico si cumple el decreto y el planeamiento de su zona lo admite. Revisamos además los estatutos de la urbanización, si existe, y el CIVUT antes de presentar la declaración.

¿El alquiler de temporada también necesita declaración responsable?

No. La sede de la Comunidad indica que el alquiler de temporada y el de habitaciones no requieren esta declaración. Lo que cuenta es cómo se comercializa y se usa la vivienda, y lo revisamos contigo.

Fuentes consultadas el 11 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.

El siguiente paso empieza
con una conversación.

Cuéntanos dónde está tu vivienda y qué te gustaría hacer con ella.

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