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Vivienda de uso turístico en Muxía: alta en la Xunta de Galicia

En Galicia, la vivienda de uso turístico (VUT) se da de alta con una declaración responsable y una tasa autonómica, y queda anotada en el REAT. Comprobamos tu caso en Muxía, empezando por el encaje municipal, y tramitamos la declaración con tu autorización.

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Muxía: casas de aldea en la Costa da Morte y lo que revisamos con el concello

Muxía está en plena Costa da Morte, en una península entre el mar abierto y la ría de Camariñas, conocida por el santuario da Virxe da Barca y por ser final del Camino a Fisterra y Muxía. El alquiler turístico se concentra en la villa, con pisos y casas cerca del puerto, y en las parroquias y aldeas del municipio, donde abundan las casas de piedra rehabilitadas para estancias tranquilas cerca de playas como la de Lires.

No hemos localizado en la web del Concello de Muxía una norma propia sobre viviendas de uso turístico. Antes de presentar nada comprobamos con el concello la compatibilidad urbanística: muchas casas del municipio están en núcleos rurales o en suelo rústico, donde la normativa urbanística gallega y el plan municipal marcan qué usos caben. En un piso, revisamos además los estatutos y los acuerdos de la comunidad de propietarios.

Muxía en cifras: viviendas turísticas según el INE

Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Muxía hay 174 viviendas turísticas con 909 plazas, unas 5,2 por vivienda. Es el municipio n.º 8 de 93 de la provincia de A Coruña por número de viviendas turísticas.

Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 184, así que la cifra ha bajado un 5,4 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.

Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.

Qué norma se aplica en Muxía

Dos normas marcan el camino: la Ley 7/2011 del Turismo de Galicia y el Decreto 12/2017. Según el decreto, la VUT se cede siempre completa, con fines turísticos, de manera reiterada y para estancias cortas, de menos de 30 días. Para empezar se presenta una declaración responsable con el procedimiento TU986D de la Xunta, que se dirige al área provincial de A Coruña, Lugo, Ourense o Pontevedra según la vivienda y va acompañada del justificante de la tasa. Desde ese momento se puede ejercer la actividad, sin perjuicio de la comprobación posterior y de la anotación en el REAT.

En la declaración se indican la capacidad máxima de la vivienda, los datos del propietario, un teléfono para incidencias de los huéspedes y, si no comercializa el propietario, los datos de quien lo hace; si son varias empresas comercializadoras, se añade el anexo VIII. El decreto exige además disponer de la documentación de la que se declara: título que permita usar la vivienda, licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad o certificado final de obra, y un seguro de responsabilidad civil que cubra a los usuarios. Si falta algo esencial, Turismo concede diez días para subsanarlo.

El papel del Ayuntamiento de Muxía

El Concello de Muxía decide el encaje urbanístico de tu vivienda turística. En Galicia las VUT se ubican en suelo residencial, salvo que el planeamiento admita otros usos, y los concellos pueden limitar cuántas hay por edificio o sector. Algunos municipios gallegos ya tienen ordenanza o normas en su plan general, y otros piden un título municipal además de la declaración turística. Una regla válida en una ciudad no sirve para la de al lado, así que lo revisamos para tu calle en el estudio.

Cómo se da de alta una vivienda de uso turístico en Muxía

El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Muxía:

  • Estudio previo: comprobamos qué permite el planeamiento del Concello de Muxía para tu dirección y si exige algún título municipal.
  • Comunidad de propietarios: revisamos los estatutos y, en propiedad horizontal, el acuerdo de la junta por tres quintas partes para una vivienda turística nueva.
  • Reunimos el título de la vivienda, la licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad y el seguro de responsabilidad civil.
  • Pagamos o te indicamos cómo pagar la tasa autonómica 31.19.01 en la Oficina Virtual Tributaria de Galicia.
  • Preparamos la declaración responsable (anexo V, y anexo VIII si hay varias comercializadoras) y la presentamos con el procedimiento TU986D.
  • Turismo comprueba la declaración y anota la vivienda en el REAT; si pide subsanar algo, se contesta en diez días.
  • Antes de recibir huéspedes: alta en SES.HOSPEDAJES, aviso de hojas de reclamación y copia de la declaración a la vista.

Documentos que te pedirán

Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:

  • DNI o NIE del propietario y, si es una sociedad, escritura y poderes del representante.
  • Escritura o nota simple y referencia catastral de la vivienda.
  • Licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad o certificado final de obra.
  • Seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos de los usuarios.
  • Certificado o acta de la comunidad de propietarios, si el edificio está en propiedad horizontal.
  • Contrato con la persona o empresa comercializadora, si no es el propietario.
  • Justificante de pago de la tasa autonómica.
  • Autorización de representación para presentar en tu nombre.

Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.

Requisitos de la vivienda

La norma de Galicia fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:

  • Cesión de la vivienda completa, amueblada y equipada para su uso inmediato.
  • Estancias de menos de 30 días seguidos, de forma reiterada.
  • Calefacción en las zonas de uso de los huéspedes, salvo que solo funcione de junio a septiembre.
  • Teléfono de atención 24 horas para huéspedes e incidencias.
  • Servicio de asistencia y mantenimiento de la vivienda.
  • Aviso de que hay hojas de reclamación y copia de la declaración presentada, a la vista de los huéspedes.
  • Perfecto estado de higiene y capacidad máxima declarada coherente con la licencia o la cédula.

La comunidad de vecinos

La comunidad de propietarios es el primer filtro. Desde el 3 de abril de 2025, una vivienda turística nueva en un edificio con comunidad necesita el voto favorable de tres quintas partes de la junta (art. 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal, según la LO 1/2025). Revisamos los estatutos y las actas de tu edificio en Muxía y, si toca, preparamos la petición a la comunidad.

En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.

Si ya tienes la vivienda dada de alta en Muxía

El alta no es el final. El Decreto 12/2017 obliga a comunicar en diez días cualquier cambio de lo declarado: nuevo titular, nueva comercializadora, otra capacidad o un nuevo teléfono, mediante una modificación de datos. Si dejas la actividad, la baja se presenta igual. La vivienda de Muxía debe registrar a sus huéspedes en SES.HOSPEDAJES, y la inspección de turismo puede revisarla; si hay un defecto, conviene contestar dentro de plazo.

También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.

Precio de la gestión en Muxía

El alta de tu vivienda de uso turístico en Muxía cuesta 499 €, IVA incluido: revisión, declaración responsable, presentación y seguimiento. El pack llave en mano, por 699 €, añade SES.HOSPEDAJES y el alta en Hacienda. Si hay dudas con el concello, empieza por el estudio de 129 €, que se descuenta. La tasa autonómica y las municipales van aparte.

Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.

Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Muxía

¿Necesito técnico para dar de alta una vivienda turística en Muxía?

La ficha del TU986D no pide un certificado técnico. Sí necesitas licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad o certificado final de obra; si no la tienes o hay obras pendientes, lo vemos en el estudio.

¿Puedo alquilar por habitaciones como VUT?

No. El Decreto 12/2017 exige ceder la vivienda completa. El alquiler por habitaciones necesita otra figura y lo estudiamos aparte.

¿Puedo empezar a alquilar en cuanto presente la declaración?

La actividad queda habilitada desde la presentación, pero Turismo puede comprobarla después y el concello controla el uso urbanístico. Por eso revisamos antes lo que exige el Concello de Muxía.

¿Necesito permiso de la comunidad de vecinos?

Desde el 3 de abril de 2025, una vivienda turística nueva en un edificio en propiedad horizontal necesita la aprobación expresa de la junta por tres quintas partes. Revisamos también los estatutos.

Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.

El siguiente paso empieza
con una conversación.

Cuéntanos dónde está tu vivienda y qué te gustaría hacer con ella.

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