Baztan: casas y caseríos del valle, plan especial y censo municipal de alojamiento turístico
Baztan es un valle pirenaico del norte de Navarra, junto a la frontera con Francia, formado por quince localidades y numerosos barrios, con Elizondo como capital. Es un municipio de interior, muy extenso y verde, con caseríos y casas tradicionales repartidos por el valle. El alquiler turístico se apoya en esas casas de piedra en los pueblos, caseríos en el campo y algunos pisos en Elizondo, con demanda de naturaleza, montaña y gastronomía durante buena parte del año.
Baztan tiene normativa propia. El Pleno aprobó definitivamente el 22 de julio de 2025 el Plan especial de regulación y ordenación del uso de alojamiento turístico (BON n.º 158, 8 de agosto de 2025), y desde diciembre de 2025 está en vigor la ordenanza del censo municipal de alojamiento turístico, que obliga a inscribir altas, cambios y bajas. Antes de presentar nada revisamos qué permite el plan especial en tu localidad y tipo de suelo, y preparamos la inscripción en el censo con el informe urbanístico de conformidad de usos.
Baztan en cifras: viviendas turísticas según el INE
Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Baztan hay 52 viviendas turísticas con 291 plazas, unas 5,6 por vivienda. Es el municipio n.º 3 de 168 de la Navarra por número de viviendas turísticas.
Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 47, así que la cifra ha subido un 10,6 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.
Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.
Qué norma se aplica en Baztan
La base es la Ley Foral 7/2003 de Turismo de Navarra, modificada por la Ley Foral 19/2020, y el Decreto Foral 230/2011, de ordenación de los apartamentos turísticos. La ley distingue dos figuras: el apartamento turístico, en edificios en régimen de propiedad horizontal, y la vivienda turística, que son chalés, casas independientes, adosados u otros inmuebles análogos, cedidos completos, amueblados y equipados, a cambio de precio. Antes de presentar nada comprobamos en cuál encaja tu inmueble de Baztan, porque si es una casa rural la modalidad es otra.
La inscripción se pide con la declaración responsable telemática del Registro de Turismo de Navarra. Es gratuita, pero no es solo un formulario: hay que adjuntar el anexo con datos completos, planos de la vivienda firmados por un técnico competente, con la superficie de cada pieza y los extintores y la señalización, y las fotografías con la numeración que fija la guía. Y hay que tener a mano lo que puede pedir la inspección: título de disponibilidad, licencia o autorización municipal o cédula de habitabilidad propia, seguro de responsabilidad civil de 150.000 € como mínimo y acuerdo de la comunidad de propietarios si el edificio lo tiene.
El papel del Ayuntamiento de Baztan
Antes de declarar nada hay que saber qué dice el Ayuntamiento de Baztan. La ficha oficial de inicio pide que el titular disponga de la licencia o autorización municipal que sea necesaria para el alojamiento turístico, y solo si no hace falta licencia basta la cédula de habitabilidad de la propia vivienda. Comprobamos con el ayuntamiento el planeamiento que se aplica, el uso permitido y si hay alguna limitación o condición de protección. Si hay dudas, empezamos por el estudio.
Cómo se da de alta una vivienda o apartamento turístico en Baztan
El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Baztan:
- Estudio previo: comprobamos si tu inmueble de Baztan es vivienda turística o apartamento turístico (o casa rural) y qué pide el ayuntamiento.
- Licencia o autorización municipal, o cédula de habitabilidad propia si el Ayuntamiento de Baztan no exige licencia.
- Acuerdo expreso de la comunidad de propietarios, si el edificio está en propiedad horizontal.
- Planos a escala 1:100 con superficies y protección contra incendios, firmados por el técnico que encargas tú y coordinamos.
- Fotografías numeradas según la guía del Registro, seguro de responsabilidad civil y anexo a la declaración.
- Presentación telemática de la declaración responsable en el Registro de Turismo de Navarra, sin tasa autonómica.
- Con el código de inscripción: placa en la entrada, código en todos los anuncios y alta en SES.HOSPEDAJES.
Documentos que te pedirán
Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:
- DNI del titular o, si es una sociedad, DNI del representante, escrituras y CIF.
- Escritura, nota simple, contrato de arrendamiento u otro título que acredite la disponibilidad de la vivienda.
- Referencia catastral y dirección completa.
- Licencia o autorización municipal, o cédula de habitabilidad propia de la vivienda.
- Planos finales de obra o a escala 1:100 firmados por técnico competente.
- Fotografías en formato jpg, nombradas y numeradas según la guía del Registro.
- Seguro de responsabilidad civil de explotación con cobertura mínima de 150.000 €.
- Acuerdo expreso de la comunidad de propietarios, si hay propiedad horizontal.
- Poder o autorización de representación, si presentamos en tu nombre.
Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.
Requisitos de la vivienda
La norma de Navarra fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:
- Cesión completa del inmueble, amueblado y equipado para uso inmediato.
- En la modalidad de vivienda turística, según el Decreto Foral 230/2011: superficie útil mínima de 90 m², acceso independiente y segregación vertical.
- Extintor de al menos 6 kg de polvo por alojamiento y planta, alumbrado de emergencia y plano de evacuación en la puerta de acceso.
- Capacidad limitada: como máximo cuatro plazas por dormitorio y plazas supletorias que no superen la mitad de las fijas.
- Placa normalizada junto a la entrada con el distintivo de la modalidad (VT o AT) y su categoría.
- Seguro de responsabilidad civil de al menos 150.000 €, con franquicia no superior a 60 €.
- Precios publicados de forma visible, ficha de entrada firmada por el cliente y un titular o encargado localizable para las incidencias.
- Código de inscripción en toda la publicidad y comercialización por internet.
La comunidad de vecinos
Antes de pensar en el registro, mira la comunidad: para una vivienda turística nueva en régimen de propiedad horizontal, la ley exige desde el 3 de abril de 2025 el acuerdo expreso de tres quintas partes de la junta (art. 17.12 LPH, reformado por la LO 1/2025). Si tu piso de Baztan está en un edificio así, te ayudamos con la aprobación de la comunidad.
En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.
Si ya tienes la vivienda dada de alta en Baztan
Después del alta quedan obligaciones. El Gobierno de Navarra pide acceder al Registro de Turismo una vez al año como mínimo para comprobar los datos, comunicar cualquier modificación antes de hacerla y declarar el cese cuando se produce. La venta o la herencia de la vivienda de Baztan exige el cambio de titular. Y una declaración con inexactitudes esenciales puede llevar a la cancelación de la inscripción, por eso conviene que planos y fotos reflejen la vivienda tal como está. Los viajeros, en SES.HOSPEDAJES.
También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.
Precio de la gestión en Baztan
Antes de encargar planos o pedir una licencia, te proponemos el estudio de viabilidad (129 €) de tu vivienda de Baztan. Si concluye que se puede inscribir, el alta en Navarra cuesta 599 €, IVA incluido, con el estudio descontado. No incluye los honorarios del técnico ni las licencias y tasas municipales. Llevamos la gestión a distancia y con la representación que corresponda; no aseguramos la inscripción ni el plazo de la Administración.
Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.
Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Baztan
¿Tengo que inscribir mi vivienda turística en el censo municipal de Baztan?
Sí. La ordenanza del censo municipal de alojamiento turístico (BON n.º 248, 15/12/2025) obliga a inscribir los establecimientos, con un plazo de 6 meses para los que ya funcionaban y de 3 meses para las altas o cambios nuevos. Te preparamos la solicitud con la documentación que pide.
¿Mi piso es vivienda turística o apartamento turístico?
Si está en un edificio en régimen de propiedad horizontal, la ley foral lo trata como apartamento turístico. Chalés, casas independientes y adosados cedidos enteros son viviendas turísticas. Las dos se inscriben en el Registro de Turismo.
¿Tiene tasa la inscripción en el Registro de Turismo?
No, la declaración de inicio es gratuita. Nuestros honorarios, el técnico y las tasas o licencias municipales van aparte.
¿Necesito permiso de la comunidad de vecinos?
Sí, si el edificio está en propiedad horizontal: la ficha oficial exige el acuerdo expreso de la comunidad, y desde abril de 2025 la Ley de Propiedad Horizontal pide tres quintas partes para las viviendas turísticas nuevas.
¿Qué seguro necesito?
Un seguro de responsabilidad civil de explotación con una cobertura mínima de 150.000 € y franquicia de 60 € como máximo, según la ficha oficial de inicio.
Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.
- BON n.º 158, 8/08/2025: aprobación definitiva del Plan especial de regulación y ordenación del uso de alojamiento turístico (Baztan)
- BON n.º 248, 15/12/2025: ordenanza reguladora del censo municipal de alojamiento turístico (Baztan)
- Ayuntamiento de Baztan: normativa municipal
- Gobierno de Navarra: trámite del Registro de Turismo (inicio, modificación y cese)
- Gobierno de Navarra: ficha informativa de inicio de apartamentos y viviendas turísticas (21/10/2026)
- LexNavarra: Ley Foral 19/2020, que modifica la Ley Foral 7/2003 de Turismo
- INE: viviendas turísticas, plazas y plazas por vivienda turística por municipio (tabla 39363)