Qué acordó el Ayuntamiento en septiembre de 2025
El Pleno del 25 de septiembre de 2025 aprobó iniciar una modificación puntual del Plan General para regular el uso de hospedaje turístico. Hasta ahora el plan trata el alojamiento de forma general, y el Ayuntamiento quiere normas propias para viviendas y apartamentos turísticos, a partir de un estudio de 2024 sobre la vivienda en Zarautz. Información municipal del acuerdo.
El mismo acuerdo aprobó un programa de participación ciudadana, de forma que se pueden hacer aportaciones hasta la aprobación definitiva de la modificación.
La suspensión de un año y sus excepciones
Durante un año el Ayuntamiento no tramita informes, permisos, licencias, comunicaciones previas ni declaraciones responsables para nuevos establecimientos o usos de hospedaje turístico. La suspensión no afecta a actividades derivadas de licencias de obra concedidas antes ni a parcelas ya calificadas para uso hotelero. Página municipal del Plan General.
Si la modificación se aprueba inicialmente dentro de ese año, la suspensión puede sustituirse por otra ligada a ese trámite. Por eso, en octubre de 2026, lo primero es comprobar si la suspensión sigue vigente, si se ha prorrogado y qué dice el texto aprobado inicialmente, si existe.
La parte autonómica sigue siendo necesaria
Cuando el encaje municipal está claro, la actividad se declara ante la Dirección de Turismo y Hostelería del Gobierno Vasco y se inscribe en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Euskadi. El titular declara cumplir la normativa municipal y la de propiedad horizontal, además del Decreto 101/2018 con los cambios del Decreto 52/2025.
Si ya tienes una vivienda inscrita, la suspensión se refiere a nuevos establecimientos o usos, pero cualquier modificación de datos se comunica a Turismo antes de hacerla. Revisamos que lo declarado coincide con la vivienda real.
Para alquilar habitaciones de tu propia vivienda, el decreto exige que el titular sea una persona física empadronada y con residencia efectiva en ella. Que la modalidad sea distinta no la deja automáticamente fuera de la suspensión municipal, que habla de usos de hospedaje turístico en general; lo revisamos en tu caso.
Documentos para valorar tu caso
- Dirección, planta y referencia catastral.
- Escritura o título de disponibilidad de la vivienda.
- Licencias de obra o de actividad anteriores, con sus fechas.
- Inscripción turística y comunicaciones con el Gobierno Vasco, si existen.
- Estatutos y acuerdos de la comunidad de propietarios.
Las fechas son importantes: una licencia de obra anterior a la suspensión puede cambiar el análisis. Envíanos los documentos completos y no solo la primera página.
Estudio primero; el alta, si procede
Con una suspensión acordada, el paso que proponemos es el estudio de viabilidad, por 129 €, que se descuenta si luego contratas el alta. Comprobamos la situación del plan y de tu vivienda y te decimos si hoy se puede presentar algo. Si se puede, el alta cuesta 499 €; tasas y trabajos técnicos van aparte.
La gestión la presta nuestro gestor administrativo colegiado, a distancia y con la representación que corresponda. Preparamos y presentamos el expediente, contestamos requerimientos y te dejamos los justificantes ordenados. No explotamos el alojamiento, no atendemos a huéspedes y no podemos asegurar una inscripción ni un plazo de respuesta de la Administración. Para el resto del territorio, consulta vivienda turística en Gipuzkoa.
Preguntas frecuentes
¿Puedo presentar ahora la declaración ante Turismo en Zarautz?
La suspensión municipal alcanza también a las declaraciones responsables de nuevos usos de hospedaje turístico. Antes de presentar nada comprobamos si sigue vigente y si tu caso entra en alguna excepción.
Mi vivienda ya está inscrita. ¿Puedo cambiar el titular?
Sí se puede comunicar el cambio, pero conviene revisar antes la documentación. Lo explicamos en el cambio de titular en el País Vasco.
Voy a comprar un piso que se anuncia como turístico. ¿Qué compruebo?
El anuncio no acredita la inscripción ni su situación frente a la suspensión. Pide al vendedor la declaración, la inscripción y las licencias, y revisa la guía comprar una vivienda con licencia turística.
Fuentes consultadas el 11 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.
- Ayuntamiento de Zarautz: modificación del Plan General para regular el hospedaje turístico y suspensión de un año
- Ayuntamiento de Zarautz: Plan General de Ordenación Urbana y modificaciones
- Gobierno Vasco: Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Euskadi
- BOE: Ley 13/2016, de 28 de julio, de Turismo del País Vasco