Qué hemos comprobado sobre el Ayuntamiento de Estepona
A fecha de esta página no hemos encontrado en fuentes oficiales una suspensión ni una limitación municipal de viviendas de uso turístico en Estepona. Sí consta que el Ayuntamiento se adhirió al Decreto-ley 1/2025 de la Junta para destinar suelo municipal a vivienda protegida, según aprobó el Pleno en febrero de 2026. Nota del Ayuntamiento de Estepona.
Ese mismo decreto-ley permite a los ayuntamientos suspender licencias y declaraciones responsables de VUT mientras tramitan su planeamiento, en todo el término o en zonas concretas, durante un máximo de tres años. Decreto-ley 1/2025 en el BOJA. Por eso lo comprobamos antes de cada alta.
Urbanizaciones: la comunidad va primero
En las urbanizaciones de la costa de Estepona es habitual que los estatutos regulen el uso de piscinas, accesos o zonas comunes, y algunas comunidades han votado limitar el alquiler turístico. Revisamos estatutos y actas antes de presentar nada.
Si hace falta la autorización de la junta, preparamos el escrito al administrador y el modelo de acuerdo de tres quintos por 149 €. Y si la vivienda está en un complejo con explotación conjunta, comprobamos quién figura como titular de la actividad.
Requisitos de la Junta para la vivienda
El alta es una declaración responsable en la oficina virtual de la Junta, sin técnico, que inscribe la vivienda en el Registro de Turismo de Andalucía con un código VUT/MA. El número CTC que recibes al presentar identifica la declaración, no la inscripción; guarda la resolución. Preguntas frecuentes de la Junta.
Desde el Decreto 31/2024 la vivienda necesita al menos 25 m² y 14 m² construidos por plaza, un máximo de 15 plazas en vivienda completa o 6 si alquilas habitaciones, no más de 4 por dormitorio y dos baños con más de 5 plazas. Si funciona de mayo a agosto, refrigeración; de diciembre a marzo, calefacción sin elementos incandescentes ni de combustión de líquidos o gases inflamables.
Compra, herencia y propietarios no residentes
Si compras una vivienda que ya se anuncia como turística, pide la resolución de inscripción y no solo el código del anuncio. Después hay que comunicar el cambio de titular a la Junta, que tramitamos por 169 €.
Muchos propietarios de Estepona viven en otros países. Trabajamos a distancia con la representación que corresponda y te explicamos también las obligaciones fiscales y la comunicación de viajeros en SES.HOSPEDAJES. Mira propietarios que viven en el extranjero.
En la declaración el titular afirma que la vivienda es compatible con el uso turístico según la normativa urbanística; si el Ayuntamiento detecta que no lo es, puede pedir la cancelación de la inscripción. Por eso revisamos también la licencia de ocupación.
Documentos para el estudio
Para empezar necesitamos:
- Dirección, urbanización y referencia catastral.
- Nota simple o escritura.
- Licencia de ocupación o documento municipal equivalente.
- Estatutos y actas de la comunidad.
- Pasaporte o NIE del titular y, si actúa una sociedad, poder del representante.
Si la vivienda ya está inscrita, añade la resolución y las comunicaciones posteriores con la Junta.
Precios y siguiente paso
El estudio cuesta 129 € y se descuenta si contratas el alta (499 €). El pack llave en mano, por 699 €, incluye alta, SES.HOSPEDAJES y alta en Hacienda. Otros municipios de la provincia de Málaga, como Marbella.
La gestión la presta nuestro gestor administrativo colegiado, a distancia y con la representación que corresponda. No llevamos la explotación del alojamiento, la limpieza ni la atención a huéspedes, y el encargo no supone garantía de ninguna resolución administrativa: preparamos y presentamos lo que tu caso permite y te entregamos los justificantes de cada paso.
Preguntas frecuentes
¿Hay moratoria de viviendas turísticas en Estepona?
No hemos encontrado una suspensión publicada a fecha de esta página. Lo comprobamos de nuevo antes de presentar tu alta.
¿Puede mi comunidad impedir que alquile a turistas?
Puede limitarlo con el acuerdo y la mayoría que exige la ley de propiedad horizontal. Revisamos estatutos y actas en el estudio.
Vivo fuera de España, ¿puedo hacerlo todo a distancia?
Sí, con la representación que corresponda. Te enviamos los justificantes de cada presentación.
Fuentes consultadas el 11 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.
- Junta de Andalucía: viviendas de uso turístico y trámites del Registro de Turismo de Andalucía
- Junta de Andalucía: preguntas frecuentes sobre viviendas de uso turístico
- BOJA n.º 41 de 2025: Decreto-ley 1/2025, de medidas urgentes en materia de vivienda
- Ayuntamiento de Estepona: adhesión al Decreto-ley 1/2025 y compatibilidad de uso para VPO