Casa o piso: dos figuras distintas
En Asturias, la vivienda vacacional es una vivienda completa que no es un piso, como una casa de pueblo o una casa aislada. La vivienda de uso turístico (VUT) es un piso en un edificio en propiedad horizontal. Las dos se ceden por precio y con fines turísticos, y las dos se declaran ante el Principado.
Elegir mal la figura es un error frecuente. Si la casa está en una parroquia rural y quieres ofrecer otro tipo de alojamiento, puede que encaje mejor el turismo rural, con otros requisitos. En el estudio de 129 € te decimos qué figura encaja con tu vivienda.
El papel del Ayuntamiento de Cudillero
Tras la reforma del Decreto 4/2026, la Administración turística pide al ayuntamiento un informe preceptivo y vinculante sobre cuatro puntos: si la vivienda es residencial y consta su licencia de primera utilización, si el uso turístico es conforme con el planeamiento, si consta la ocupación máxima y si se cumplen los requisitos medioambientales. El ayuntamiento tiene tres meses para emitirlo; si no contesta, se tiene por verificado.
Los ayuntamientos asturianos pueden además declarar zonas no aptas y limitar el número de viviendas por edificio, sector, ámbito, periodo o zona, con razones justificadas. No hemos localizado una limitación específica publicada para Cudillero a fecha de esta página; la comprobamos para tu dirección antes de presentar nada.
Viviendas en el casco y en la costa
En el núcleo de Cudillero muchas casas son antiguas y se han reformado varias veces. Si no localizas la licencia de primera utilización, el decreto prevé que el informe municipal pueda acreditar que el uso residencial era conforme con el planeamiento cuando se autorizó la construcción o la reforma. Revisamos qué documentación existe en tu caso.
Si la vivienda está fuera de los núcleos, comprobamos también la clasificación del suelo y los requisitos medioambientales, que forman parte del informe municipal.
Documentos para tu vivienda en Cudillero
Envíanos lo que tengas; si falta algo, te decimos cómo conseguirlo:
- Dirección completa y referencia catastral.
- Escritura o nota simple, o el título que te permite ceder el uso de la vivienda.
- Licencia de primera utilización o cédula de habitabilidad, si las tienes.
- Si es un piso, certificado de la junta de la comunidad que permita la comercialización turística.
- Fotografías o plano con habitaciones, baños y plazas.
- Póliza de responsabilidad civil de la actividad.
Requisitos que más se olvidan
Tras el Decreto 4/2026, la VUT tiene un máximo de 8 plazas, se contrata íntegra y debe contar con sistema de monitorización de ruido en el salón, botiquín, plano de salidas y pictograma con el número de inscripción. La vivienda vacacional lleva su propia placa normalizada junto a la entrada.
El número de inscripción debe aparecer en toda la publicidad, también en las plataformas. Si cambias de titular o de datos, lo comunicamos en modificación de datos en Asturias.
Precio y trámite
La declaración se presenta electrónicamente en miPrincipado: RECE0033T03 para la VUT o el trámite equivalente para la vivienda vacacional. El alta en Asturias cuesta 499 €; el pack llave en mano, con SES.HOSPEDAJES y alta en Hacienda, 699 € con el estudio incluido. Tasas, seguro y técnico, aparte.
Gestionamos a distancia, con representación. Más concejos en la página de Asturias.
Preguntas frecuentes
¿Mi casa de Cudillero es vivienda vacacional o VUT?
Si es una vivienda completa que no es un piso, normalmente vivienda vacacional; si es un piso en un edificio en propiedad horizontal, VUT. Lo confirmamos con la documentación.
¿Quién pide el informe municipal?
Lo solicita la Administración turística al Ayuntamiento al comprobar la declaración. Conviene saber antes qué va a decir, y eso es lo que miramos en el estudio.
¿Tengo que poner el número de registro en Airbnb o Booking?
Sí: el número de inscripción debe figurar en toda la publicidad de la vivienda, junto con su localización.
Fuentes consultadas el 11 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.
- BOPA: Decreto 4/2026, de primera modificación del Decreto 48/2016 de viviendas vacacionales y de uso turístico
- Principado de Asturias (miPrincipado): declaración responsable RECE0033T03 de viviendas de uso turístico
- BOE: Ley del Principado de Asturias 6/2024, de cuarta modificación de la Ley de Turismo