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Vivienda de uso turístico en Las Rozas de Madrid: si se puede y cómo

Si quieres alquilar a turistas una vivienda en Las Rozas de Madrid, lo primero no es el formulario, sino saber si el planeamiento municipal lo permite. Con eso claro, coordinamos el CIVUT con tu técnico, revisamos el acuerdo de la comunidad y presentamos la declaración responsable ante la Comunidad de Madrid.

  • Gestoría administrativa
    al pagar, factura proforma con todos los datos
  • Precio cerrado
    antes de empezar, sin sorpresas
  • Toda España
    a distancia, con tu representación
  • Estudio previo 129 €
    se descuenta si contratas el alta

Las Rozas: pisos y chalets del noroeste metropolitano

Las Rozas de Madrid está en el noroeste del área metropolitana, junto a la A-6, con zonas residenciales de chalets y pisos como Las Matas, El Burgo o Monterrozas y áreas de empresas como Európolis. El alquiler turístico aquí es más de estancias cortas de trabajo, de familias que visitan Madrid o la sierra y de quien viene a eventos deportivos o de empresa que de turismo de vacaciones.

No hemos localizado una ordenanza ni una limitación propia de Las Rozas sobre viviendas de uso turístico. Antes de presentar comprobamos con el ayuntamiento que la vivienda tiene uso residencial y que su Plan General admite el uso turístico en esa zona. En pisos y en urbanizaciones con zonas comunes revisamos los estatutos y el acuerdo de la comunidad, que en edificios en propiedad horizontal es imprescindible para una vivienda turística nueva. Consulta la web del Ayuntamiento de Las Rozas.

Las Rozas de Madrid en cifras: viviendas turísticas según el INE

Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Las Rozas de Madrid hay 46 viviendas turísticas con 159 plazas, unas 3,5 por vivienda. Es el municipio n.º 16 de 154 de la provincia de Madrid por número de viviendas turísticas.

Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 67, así que la cifra ha bajado un 31,3 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.

Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.

Qué norma se aplica en Las Rozas de Madrid

La vivienda de uso turístico se regula en Madrid por la Ley 1/1999 de Ordenación del Turismo y por el Decreto 79/2014, modificado por el Decreto 27/2026. Ese cambio de 2026 endureció los mínimos: dormitorios de 12 m² útiles, baño de 1,5 m², salón de 10 m² o 14 m² con cocina, cocina de 5 m² y capacidad máxima según metros útiles, con cuatro personas hasta 40 m² y dos más por cada 12 m² y pieza adicional. Las viviendas con algún régimen de protección pública quedan excluidas, y los ayuntamientos pueden fijar límites por edificio, zona o periodo.

El procedimiento empieza con la declaración responsable de inicio de actividad, que se presenta por la sede electrónica de la Comunidad de Madrid: desde el Decreto 27/2026, ya no cabe en papel. No hay tasa autonómica. La pieza técnica es el CIVUT, que firma un técnico competente y acredita calefacción, agua caliente, ventilación, oscurecimiento, extintor, señalización y plano de evacuación. También declaras el acuerdo de los vecinos y los títulos municipales. La inscripción en el Registro de Empresas Turísticas llega después, y la Administración puede comprobar lo declarado en cualquier momento.

El papel del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid

Lo municipal pesa más en Madrid que en otras comunidades. En la capital hace falta licencia urbanística de actividad y funcionamiento, y el Plan RESIDE cerró la puerta a los pisos turísticos en edificios residenciales salvo supuestos concretos. En el resto de municipios, cada plan general marca dónde cabe el uso, y desde 2026 los ayuntamientos pueden fijar límites por edificio, zona o periodo. Para una vivienda en Las Rozas de Madrid, consultamos qué dice el planeamiento sobre la parcela y qué título municipal necesita antes de encargar el CIVUT.

Cómo se da de alta una vivienda de uso turístico en Las Rozas de Madrid

El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Las Rozas de Madrid:

  • Comprobamos con el ayuntamiento si el planeamiento admite el uso en tu vivienda de Las Rozas de Madrid y qué título municipal necesita.
  • Revisamos la nota simple para descartar que la vivienda sea de protección pública.
  • Verificamos los estatutos y el acuerdo de la comunidad de propietarios, o preparamos el escrito para pedirlo.
  • Comprobamos superficies y capacidad según el Decreto 79/2014 reformado en 2026.
  • Coordinamos con tu técnico el CIVUT y revisamos que describe la vivienda real.
  • Presentamos la declaración responsable por la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, con tu autorización.
  • Te entregamos el justificante y te explicamos placa, hojas de reclamación, SES.HOSPEDAJES y número en los anuncios.

Documentos que te pedirán

Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:

  • DNI o NIE del titular, o escritura y CIF si es una sociedad.
  • Nota simple reciente, para ver titulares y si hay protección pública.
  • Documento que acredite que puedes disponer de la vivienda.
  • CIVUT firmado por técnico competente.
  • Certificado de que los estatutos no prohíben la actividad y acta con la aprobación de la comunidad.
  • Licencia o título urbanístico municipal, con su número y fecha, si el municipio lo exige.
  • Seguro de responsabilidad civil en vigor.
  • Plano o medidas de cada pieza, para comprobar superficies y capacidad.

Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.

Requisitos de la vivienda

La norma de Comunidad de Madrid fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:

  • Salón-comedor, cocina, dormitorio y baño como mínimo; estudio si cocina y dormitorio están en el salón.
  • Dormitorios de 12 m² útiles, baño de 1,5 m² y 2,2 m de altura, salón de 10 m² (14 m² con cocina) y cocina de 5 m².
  • Capacidad: hasta cuatro personas entre 25,5 y 40 m² útiles y dos más por cada 12 m² y pieza adicional.
  • Calefacción, agua caliente, ventilación y oscurecimiento total en dormitorios y salón.
  • Extintor a menos de 15 metros de la salida, señalización de emergencia y plano de evacuación en la puerta.
  • Teléfono de atención permanente y rótulo de emergencias al menos en español e inglés.
  • Hojas oficiales de reclamación, placa de VUT e información previa sobre accesibilidad y normas de uso.
  • Vivienda amueblada y equipada, con ropa de cama, mesa y baño y menaje completo.

La comunidad de vecinos

La comunidad de propietarios es el primer filtro. Desde el 3 de abril de 2025, una vivienda turística nueva en un edificio con comunidad necesita el voto favorable de tres quintas partes de la junta (art. 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal, según la LO 1/2025). Revisamos los estatutos y las actas de tu edificio en Las Rozas de Madrid y, si toca, preparamos la petición a la comunidad.

En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.

Si ya tienes la vivienda dada de alta en Las Rozas de Madrid

Una vez inscrita, cualquier modificación, incluido el cambio de titular, exige una nueva declaración responsable, y el cese se comunica con su propio modelo. En un cambio de titular la declaración la presenta el nuevo titular. Las viviendas que ya funcionaban antes de la reforma de 2026 tienen tres años para adaptarse a los nuevos requisitos, salvo que hagan antes una reforma sustancial. Cada estancia se comunica en SES.HOSPEDAJES. La Ley 1/1999 prevé multas de hasta 300.000 € en las infracciones muy graves. Tramitamos cambios, bajas y requerimientos; el NRUA depende del caso tras la sentencia del Supremo de 2026.

También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.

Precio de la gestión en Las Rozas de Madrid

Empezamos por el estudio de viabilidad, 129 €, que se descuenta si después contratas el alta. Si en Las Rozas de Madrid hay vía, el alta cuesta 599 €: coordinamos el CIVUT con tu técnico, revisamos el acuerdo de la comunidad y los títulos municipales y presentamos la declaración responsable. Todo con IVA incluido. El técnico, las obras y las tasas o licencias municipales se pagan aparte. Llevamos la gestión a distancia, con la representación que corresponda; no llevamos reservas ni huéspedes y no aseguramos resultado ni plazo.

Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.

Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Las Rozas de Madrid

¿Qué es el CIVUT y quién lo firma?

Es el certificado de idoneidad para vivienda de uso turístico. Lo firma un técnico competente y acredita calefacción, agua caliente, ventilación, oscurecimiento, extintor, señalización de emergencia y plano de evacuación. Nosotros no lo firmamos: coordinamos al técnico y comprobamos que encaja con la vivienda.

¿Cuántas personas puedo alojar?

Desde la reforma de 2026, hasta cuatro personas en viviendas de 25,5 a 40 m² útiles con al menos dos piezas habitables, y dos más por cada 12 m² adicionales con otra pieza independiente. Se admiten dos plazas en sofá cama en el salón si la superficie lo permite.

Mi vivienda ya estaba inscrita, ¿tengo que adaptarla?

Sí, a los nuevos requisitos del CIVUT y a las superficies mínimas, en un plazo de tres años desde la entrada en vigor del Decreto 27/2026. Si antes haces una reforma sustancial, se aplican de inmediato. Se puede pedir dispensa de algún requisito.

¿Necesito el permiso de la comunidad de vecinos?

Sí. La declaración exige manifestar que los estatutos no prohíben la actividad y que la comunidad la ha aprobado. Para viviendas nuevas en propiedad horizontal, desde el 3 de abril de 2025 la aprobación es por tres quintas partes (artículo 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal).

Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.

El siguiente paso empieza
con una conversación.

Cuéntanos dónde está tu vivienda y qué te gustaría hacer con ella.

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