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Tu VUT en Leganés: CIVUT, licencia y declaración

En Leganés una vivienda de uso turístico necesita tres cosas antes de anunciarse: el CIVUT firmado por un técnico, el visto bueno urbanístico municipal y la aprobación de la comunidad de vecinos. Después se presenta la declaración responsable ante la Comunidad de Madrid, solo por vía electrónica. Empezamos comprobando si en tu calle se puede.

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Leganés: pisos junto a Madrid y lo que comprobamos con el ayuntamiento

Leganés es una ciudad del sur metropolitano de Madrid, muy poblada y bien conectada con la capital por Cercanías, Metrosur y autovías, y sede de un campus de la Universidad Carlos III. No es un destino de vacaciones: la demanda turística viene de visitantes que se alojan cerca de Madrid, de estancias por trabajo o estudios y de eventos. El alquiler turístico es casi siempre de pisos en edificios de vecinos.

No hemos localizado en la web del Ayuntamiento de Leganés una norma propia sobre viviendas de uso turístico. Antes de presentar la declaración responsable comprobamos con el ayuntamiento si el uso es compatible con el planeamiento en tu edificio y planta y qué título urbanístico exige. Al tratarse casi siempre de pisos, revisamos también que la comunidad de propietarios lo haya aprobado como pide la Ley de Propiedad Horizontal.

Leganés en cifras: viviendas turísticas según el INE

Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Leganés hay 54 viviendas turísticas con 173 plazas, unas 3,2 por vivienda. Es el municipio n.º 12 de 154 de la provincia de Madrid por número de viviendas turísticas.

Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 53, así que la cifra ha subido un 1,9 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.

Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.

Qué norma se aplica en Leganés

Para una vivienda en Leganés rige la Ley 1/1999 de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid y el Decreto 79/2014, en la redacción que le dio el Decreto 27/2026. Desde esa reforma, la vivienda debe cumplir superficies mínimas por pieza: 12 m² útiles el dormitorio, 1,5 m² el baño, 10 m² el salón (14 m² si integra la cocina) y 5 m² la cocina. La capacidad depende de la superficie, a partir de cuatro personas entre 25,5 y 40 m² útiles. No pueden ser VUT las viviendas protegidas, y si todo un edificio es del mismo titular se aplica la norma de apartamentos turísticos.

En la práctica, el alta de una vivienda en Leganés se presenta por vía electrónica, sin tasa autonómica, con la declaración responsable de la Comunidad de Madrid. Lo que hay detrás es lo que cuesta: un CIVUT firmado por técnico, los certificados de la comunidad de propietarios (que no prohíbe la actividad y que la ha aprobado) y los títulos urbanísticos que exija el municipio. Si algo de lo declarado no es cierto, la Comunidad puede declarar la imposibilidad de seguir con la actividad. Tienes el procedimiento en la ficha de la sede de la Comunidad de Madrid.

El papel del Ayuntamiento de Leganés

En Madrid el ayuntamiento decide mucho. La propia sede autonómica exige en el municipio de Madrid una licencia urbanística de actividad, y el Plan RESIDE, en vigor desde 2025, impide en general las viviendas turísticas en edificios residenciales de la capital. Fuera de la capital, cada ayuntamiento aplica su plan general o sus normas subsidiarias, y algunos están revisándolos. El Decreto 27/2026 permite además a los municipios limitar el número de VUT por edificio, zona o periodo. Por eso, para Leganés, comprobamos primero el planeamiento y los títulos municipales.

Cómo se da de alta una vivienda de uso turístico en Leganés

El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Leganés:

  • Comprobamos con el ayuntamiento si el planeamiento admite el uso en tu vivienda de Leganés y qué título municipal necesita.
  • Revisamos la nota simple para descartar que la vivienda sea de protección pública.
  • Verificamos los estatutos y el acuerdo de la comunidad de propietarios, o preparamos el escrito para pedirlo.
  • Comprobamos superficies y capacidad según el Decreto 79/2014 reformado en 2026.
  • Coordinamos con tu técnico el CIVUT y revisamos que describe la vivienda real.
  • Presentamos la declaración responsable por la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, con tu autorización.
  • Te entregamos el justificante y te explicamos placa, hojas de reclamación, SES.HOSPEDAJES y número en los anuncios.

Documentos que te pedirán

Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:

  • DNI o NIE del titular, o escritura y CIF si es una sociedad.
  • Nota simple reciente, para ver titulares y si hay protección pública.
  • Documento que acredite que puedes disponer de la vivienda.
  • CIVUT firmado por técnico competente.
  • Certificado de que los estatutos no prohíben la actividad y acta con la aprobación de la comunidad.
  • Licencia o título urbanístico municipal, con su número y fecha, si el municipio lo exige.
  • Seguro de responsabilidad civil en vigor.
  • Plano o medidas de cada pieza, para comprobar superficies y capacidad.

Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.

Requisitos de la vivienda

La norma de Comunidad de Madrid fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:

  • Salón-comedor, cocina, dormitorio y baño como mínimo; estudio si cocina y dormitorio están en el salón.
  • Dormitorios de 12 m² útiles, baño de 1,5 m² y 2,2 m de altura, salón de 10 m² (14 m² con cocina) y cocina de 5 m².
  • Capacidad: hasta cuatro personas entre 25,5 y 40 m² útiles y dos más por cada 12 m² y pieza adicional.
  • Calefacción, agua caliente, ventilación y oscurecimiento total en dormitorios y salón.
  • Extintor a menos de 15 metros de la salida, señalización de emergencia y plano de evacuación en la puerta.
  • Teléfono de atención permanente y rótulo de emergencias al menos en español e inglés.
  • Hojas oficiales de reclamación, placa de VUT e información previa sobre accesibilidad y normas de uso.
  • Vivienda amueblada y equipada, con ropa de cama, mesa y baño y menaje completo.

La comunidad de vecinos

Si la vivienda está en un edificio con comunidad de propietarios, desde el 3 de abril de 2025 hace falta que la junta apruebe expresamente el uso turístico por tres quintas partes (Ley de Propiedad Horizontal, art. 17.12, tras la LO 1/2025). En Leganés lo revisamos antes de nada y, si hace falta, preparamos el escrito al administrador y el modelo de acuerdo con nuestro servicio de aprobación de la comunidad.

En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.

Si ya tienes la vivienda dada de alta en Leganés

Una vez inscrita, cualquier modificación, incluido el cambio de titular, exige una nueva declaración responsable, y el cese se comunica con su propio modelo. En un cambio de titular la declaración la presenta el nuevo titular. Las viviendas que ya funcionaban antes de la reforma de 2026 tienen tres años para adaptarse a los nuevos requisitos, salvo que hagan antes una reforma sustancial. Cada estancia se comunica en SES.HOSPEDAJES. La Ley 1/1999 prevé multas de hasta 300.000 € en las infracciones muy graves. Tramitamos cambios, bajas y requerimientos; el NRUA depende del caso tras la sentencia del Supremo de 2026.

También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.

Precio de la gestión en Leganés

Empezamos por el estudio de viabilidad, 129 €, que se descuenta si después contratas el alta. Si en Leganés hay vía, el alta cuesta 599 €: coordinamos el CIVUT con tu técnico, revisamos el acuerdo de la comunidad y los títulos municipales y presentamos la declaración responsable. Todo con IVA incluido. El técnico, las obras y las tasas o licencias municipales se pagan aparte. Llevamos la gestión a distancia, con la representación que corresponda; no llevamos reservas ni huéspedes y no aseguramos resultado ni plazo.

Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.

Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Leganés

¿Necesito el permiso de la comunidad de vecinos?

Sí. La declaración exige manifestar que los estatutos no prohíben la actividad y que la comunidad la ha aprobado. Para viviendas nuevas en propiedad horizontal, desde el 3 de abril de 2025 la aprobación es por tres quintas partes (artículo 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal).

¿Puedo destinar a uso turístico una vivienda protegida?

No. El Decreto 79/2014, tras la reforma de 2026, excluye las viviendas sometidas a cualquier régimen de protección pública. Lo comprobamos en la nota simple antes de nada.

¿Se puede tener una vivienda turística en Leganés?

Depende del planeamiento municipal y del edificio. En Madrid capital el Plan RESIDE lo impide en general en edificios residenciales; en otros municipios depende del plan general y de los límites que fije el ayuntamiento. Lo comprobamos en el estudio antes de que pagues técnico o tasas.

¿Qué es el CIVUT y quién lo firma?

Es el certificado de idoneidad para vivienda de uso turístico. Lo firma un técnico competente y acredita calefacción, agua caliente, ventilación, oscurecimiento, extintor, señalización de emergencia y plano de evacuación. Nosotros no lo firmamos: coordinamos al técnico y comprobamos que encaja con la vivienda.

Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.

El siguiente paso empieza
con una conversación.

Cuéntanos dónde está tu vivienda y qué te gustaría hacer con ella.

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