Torrejón el Rubio: puerta de Monfragüe
Torrejón el Rubio está en la provincia de Cáceres, en el corazón del Parque Nacional de Monfragüe, y es una de sus puertas de entrada, con centro de visitantes y miradores cercanos para la observación de aves. Es un pueblo pequeño rodeado de dehesas y fincas. El alquiler turístico es de casas de pueblo y casas rurales, para turismo ornitológico y de naturaleza durante todo el año.
No hemos localizado una ordenanza propia ni una suspensión del Ayuntamiento de Torrejón el Rubio sobre viviendas de uso turístico. En Extremadura la vivienda de uso turístico se comunica a la Junta mediante declaración responsable, y antes comprobamos con el ayuntamiento que el uso es compatible con el planeamiento y que la vivienda tiene sus licencias. En fincas dentro del entorno del parque nacional revisamos la situación urbanística y la normativa del espacio protegido.
Torrejón el Rubio en cifras: viviendas turísticas según el INE
Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Torrejón el Rubio hay 33 viviendas turísticas con 119 plazas, unas 3,6 por vivienda. Es el municipio n.º 8 de 150 de la provincia de Cáceres por número de viviendas turísticas.
Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 19, así que la cifra ha subido un 73,7 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.
Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.
Qué norma se aplica en Torrejón el Rubio
Para una vivienda en Torrejón el Rubio rige la Ley 2/2011 de turismo de Extremadura, en la redacción de la Ley 6/2018, y el Decreto 182/2012. La Junta no tiene un trámite de vivienda de uso turístico: la vivienda que se comercializa entera por canales turísticos, con cocina propia, se declara como apartamento turístico. El decreto clasifica estos alojamientos por categorías de una a cuatro llaves y fija servicios mínimos, equipamiento y capacidad. Alquilar por habitaciones o una casa rural de arquitectura tradicional son supuestos distintos, y elegir bien la figura es lo primero que revisamos.
El alta es una declaración responsable de inicio de actividad de apartamento turístico, que se presenta por la sede electrónica de la Junta o en una oficina de atención, ante la Dirección General de Turismo. Se acompaña de los justificantes de las tasas del modelo 050: la de tramitación y primera visita de comprobación, que puede pagarse al presentar o en los tres meses siguientes, y la del libro de inspección, que se paga antes. También se presentan la declaración de precios y la relación de unidades con su capacidad. La memoria descriptiva y los planos firmados por técnico deben estar disponibles. La actividad se inscribe de oficio en el Registro General de Empresas y Actividades Turísticas.
El papel del Ayuntamiento de Torrejón el Rubio
La Junta no concede una licencia municipal, pero el Ayuntamiento de Torrejón el Rubio sigue contando. La vivienda tiene que encajar en el planeamiento urbanístico y contar con los títulos municipales que correspondan, como la licencia de primera ocupación, y cualquier obra necesita su permiso. En cascos históricos y conjuntos protegidos, además, las reformas pueden tener condiciones de patrimonio. No conocemos una norma autonómica que exija un informe municipal previo, así que comprobamos con el Ayuntamiento de Torrejón el Rubio la situación urbanística del inmueble antes de presentar la declaración.
Cómo se da de alta una apartamento turístico en Torrejón el Rubio
El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Torrejón el Rubio:
- Revisamos la vivienda y si encaja como apartamento turístico o como alojamiento rural.
- Comprobamos con el Ayuntamiento de Torrejón el Rubio el encaje urbanístico y los documentos municipales de la vivienda.
- Si es un piso, verificamos los estatutos y el acuerdo de la junta de propietarios.
- Coordinamos con tu técnico la memoria descriptiva y los planos a escala.
- Preparamos la declaración de precios y la relación de unidades con su capacidad.
- Gestionamos el pago de las tasas del modelo 050 y presentamos la declaración con tu autorización.
- Te entregamos el justificante y te preparamos para la visita de comprobación de la Junta.
Documentos que te pedirán
Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:
- DNI o NIE del titular, o escritura e inscripción si es una sociedad.
- Nota simple actual u otro título que acredite que puedes disponer de la vivienda.
- Memoria descriptiva y planos a escala firmados por técnico competente.
- Justificantes del modelo 050: tasa de tramitación y primera visita y tasa del libro de inspección.
- Declaración de precios de los servicios ofertados.
- Relación de unidades con su capacidad y servicios.
- Póliza de seguro de responsabilidad civil en vigor.
- Documento de representación y, si es un piso, acta del acuerdo de la comunidad.
Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.
Requisitos de la vivienda
La norma de Extremadura fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:
- Salón-comedor, dormitorio, baño y cocina como mínimo; el estudio, con dos plazas como máximo.
- Superficies mínimas por dependencia según la categoría, de una a cuatro llaves.
- Agua caliente y fría, electricidad las 24 horas y calefacción mantenida.
- Ventilación directa en dormitorios y salón, y oscurecimiento eficaz en los dormitorios.
- Extintores y plano con salidas de emergencia según la normativa, y botiquín de primeros auxilios.
- Cocina equipada y lencería de baño por ocupante; segundo baño a partir de cierto número de plazas según la categoría.
- Capacidad según camas, con un máximo de dos plazas en muebles cama del salón.
- Placa normalizada en la entrada y número de inscripción en la publicidad.
La comunidad de vecinos
La comunidad de propietarios es el primer filtro. Desde el 3 de abril de 2025, una vivienda turística nueva en un edificio con comunidad necesita el voto favorable de tres quintas partes de la junta (art. 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal, según la LO 1/2025). Revisamos los estatutos y las actas de tu edificio en Torrejón el Rubio y, si toca, preparamos la petición a la comunidad.
En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.
Si ya tienes la vivienda dada de alta en Torrejón el Rubio
El expediente no termina con el alta. Si vendes o heredas, el nuevo titular presenta la declaración de cambio de titularidad con su tasa; si cambias plazas, categoría o nombre, o cierras por una temporada, también se comunica. Borrar el anuncio no da de baja: la vivienda sigue inscrita con su signatura hasta que comunicas el cese. El registro de viajeros en SES.HOSPEDAJES va aparte. La Junta puede inspeccionar y sancionar conforme a la Ley 2/2011. Te ayudamos con cambios, bajas, requerimientos y, si procede, con el registro único estatal, que tras la sentencia del Supremo de 2026 depende del caso.
También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.
Precio de la gestión en Torrejón el Rubio
Si tienes dudas sobre la figura o el ayuntamiento, empieza por el estudio de viabilidad: 129 €, que se descuenta si después contratas. El alta de la vivienda de Torrejón el Rubio en la Junta cuesta 499 €, y el pack llave en mano 699 €, con el estudio, el alta autonómica, SES.HOSPEDAJES y el alta en Hacienda. Todo con IVA incluido. La memoria y los planos los firma un técnico que contratas tú y se presupuestan aparte, igual que las tasas del modelo 050. Llevamos la gestión a distancia, con la representación que corresponda; no aseguramos resultado ni plazo.
Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.
Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Torrejón el Rubio
¿Necesito permiso de la comunidad de vecinos?
Si es un piso en un edificio en propiedad horizontal y la vivienda turística es nueva, sí: desde el 3 de abril de 2025 la junta debe aprobarlo expresamente por tres quintas partes (artículo 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal). Podemos preparar el escrito al administrador.
¿Existe en Torrejón el Rubio la licencia de vivienda de uso turístico?
En Extremadura no hay un trámite con ese nombre: la Junta tramita la vivienda que se alquila entera a turistas como apartamento turístico, con declaración responsable. Lo confirmamos según cómo vayas a alquilar y cómo sea la casa.
¿Necesito un técnico?
Sí. La ficha de la Junta pide tener una memoria descriptiva y planos a escala firmados por técnico competente. Si ya tienes planos recientes, revisamos si sirven. El técnico lo contratas tú y se presupuesta aparte.
¿Cuándo puedo empezar a alquilar?
La declaración permite iniciar la actividad desde que se presenta, con comprobación posterior. La tasa del libro de inspección se paga antes y la de tramitación puede pagarse al presentar o en los tres meses siguientes.
Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.
- Ayuntamiento de Torrejón el Rubio
- Junta de Extremadura: declaración responsable de inicio, modificación o cese de apartamento turístico
- BOE: Ley 2/2011, de desarrollo y modernización del turismo de Extremadura (texto consolidado)
- DOE: Decreto 182/2012, ordenación y clasificación de los apartamentos turísticos
- INE: viviendas turísticas, plazas y plazas por vivienda turística por municipio (tabla 39363)