Ortigueira: Rías Altas y lo que mira el concello
Ortigueira está en las Rías Altas, en el norte de la provincia de A Coruña, junto a la ría que lleva su nombre. Es conocida por el Festival Internacional do Mundo Celta, que llena la villa cada verano, y por playas como Morouzos y miradores como el de Loiba. El alquiler turístico se reparte entre pisos en la villa, casas cerca de las playas y casas en las parroquias, muchas en suelo rústico o de núcleo rural.
En Galicia la norma autonómica (Decreto 12/2017) impide el uso turístico cuando el planeamiento municipal lo prohíbe en esa zona, y algunos concellos han aprobado ordenanzas propias. Antes de presentar comprobamos con el Concello de Ortigueira si el uso es compatible en tu dirección y si hay alguna regulación municipal en marcha, sobre todo si la vivienda está en suelo rústico o en zona de costas.
Ortigueira en cifras: viviendas turísticas según el INE
Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Ortigueira hay 146 viviendas turísticas con 832 plazas, unas 5,7 por vivienda. Es el municipio n.º 13 de 93 de la provincia de A Coruña por número de viviendas turísticas.
Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 202, así que la cifra ha bajado un 27,7 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.
Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.
Qué norma se aplica en Ortigueira
Dos normas marcan el camino: la Ley 7/2011 del Turismo de Galicia y el Decreto 12/2017. Según el decreto, la VUT se cede siempre completa, con fines turísticos, de manera reiterada y para estancias cortas, de menos de 30 días. Para empezar se presenta una declaración responsable con el procedimiento TU986D de la Xunta, que se dirige al área provincial de A Coruña, Lugo, Ourense o Pontevedra según la vivienda y va acompañada del justificante de la tasa. Desde ese momento se puede ejercer la actividad, sin perjuicio de la comprobación posterior y de la anotación en el REAT.
Además del anexo V y la tasa, el propietario debe tener a punto lo que declara. El Decreto 12/2017 pide acreditar que puede disponer de la vivienda, contar con licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad o certificado final de obra, y tener un seguro de responsabilidad civil que cubra a los huéspedes. La declaración recoge también la capacidad máxima, un teléfono de incidencias y los datos de quien comercializa la vivienda, con el anexo VIII si son varios. Si Turismo detecta un defecto esencial, da diez días para corregirlo antes de actuar.
El papel del Ayuntamiento de Ortigueira
El Concello de Ortigueira decide el encaje urbanístico de tu vivienda turística. En Galicia las VUT se ubican en suelo residencial, salvo que el planeamiento admita otros usos, y los concellos pueden limitar cuántas hay por edificio o sector. Algunos municipios gallegos ya tienen ordenanza o normas en su plan general, y otros piden un título municipal además de la declaración turística. Una regla válida en una ciudad no sirve para la de al lado, así que lo revisamos para tu calle en el estudio.
Cómo se da de alta una vivienda de uso turístico en Ortigueira
El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Ortigueira:
- Estudio previo: comprobamos qué permite el planeamiento del Concello de Ortigueira para tu dirección y si exige algún título municipal.
- Comunidad de propietarios: revisamos los estatutos y, en propiedad horizontal, el acuerdo de la junta por tres quintas partes para una vivienda turística nueva.
- Reunimos el título de la vivienda, la licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad y el seguro de responsabilidad civil.
- Pagamos o te indicamos cómo pagar la tasa autonómica 31.19.01 en la Oficina Virtual Tributaria de Galicia.
- Preparamos la declaración responsable (anexo V, y anexo VIII si hay varias comercializadoras) y la presentamos con el procedimiento TU986D.
- Turismo comprueba la declaración y anota la vivienda en el REAT; si pide subsanar algo, se contesta en diez días.
- Antes de recibir huéspedes: alta en SES.HOSPEDAJES, aviso de hojas de reclamación y copia de la declaración a la vista.
Documentos que te pedirán
Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:
- DNI o NIE del propietario y, si es una sociedad, escritura y poderes del representante.
- Escritura o nota simple y referencia catastral de la vivienda.
- Licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad o certificado final de obra.
- Seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos de los usuarios.
- Certificado o acta de la comunidad de propietarios, si el edificio está en propiedad horizontal.
- Contrato con la persona o empresa comercializadora, si no es el propietario.
- Justificante de pago de la tasa autonómica.
- Autorización de representación para presentar en tu nombre.
Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.
Requisitos de la vivienda
La norma de Galicia fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:
- Cesión de la vivienda completa, amueblada y equipada para su uso inmediato.
- Estancias de menos de 30 días seguidos, de forma reiterada.
- Calefacción en las zonas de uso de los huéspedes, salvo que solo funcione de junio a septiembre.
- Teléfono de atención 24 horas para huéspedes e incidencias.
- Servicio de asistencia y mantenimiento de la vivienda.
- Aviso de que hay hojas de reclamación y copia de la declaración presentada, a la vista de los huéspedes.
- Perfecto estado de higiene y capacidad máxima declarada coherente con la licencia o la cédula.
La comunidad de vecinos
La comunidad de propietarios es el primer filtro. Desde el 3 de abril de 2025, una vivienda turística nueva en un edificio con comunidad necesita el voto favorable de tres quintas partes de la junta (art. 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal, según la LO 1/2025). Revisamos los estatutos y las actas de tu edificio en Ortigueira y, si toca, preparamos la petición a la comunidad.
En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.
Si ya tienes la vivienda dada de alta en Ortigueira
Con la vivienda de Ortigueira ya anotada en el REAT, cualquier cambio en lo declarado se comunica en diez días con el mismo procedimiento TU986D. Es el caso del cambio de titular por venta o herencia, o de una modificación de datos como la comercializadora o la capacidad. La baja también se comunica en diez días. Cada huésped se registra en SES.HOSPEDAJES. Turismo puede inspeccionar la vivienda y, si detecta inexactitudes esenciales, impedir una nueva declaración durante un tiempo.
También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.
Precio de la gestión en Ortigueira
Precio cerrado: 499 € (IVA incluido) por el alta VUT en Ortigueira, o 699 € con el pack llave en mano, que incluye SES.HOSPEDAJES y el alta en Hacienda. En Galicia la declaración no exige técnico. Si tu concello tiene ordenanza o limitaciones, el primer paso es el estudio de 129 €, descontable. Tasas aparte.
Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.
Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Ortigueira
¿Hay que pagar alguna tasa?
Sí, la tasa autonómica 31.19.01 de clasificación, que se paga en la Oficina Virtual Tributaria. El concello puede tener sus propias tasas.
¿Necesito técnico para dar de alta una vivienda turística en Ortigueira?
La ficha del TU986D no pide un certificado técnico. Sí necesitas licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad o certificado final de obra; si no la tienes o hay obras pendientes, lo vemos en el estudio.
¿Puedo alquilar por habitaciones como VUT?
No. El Decreto 12/2017 exige ceder la vivienda completa. El alquiler por habitaciones necesita otra figura y lo estudiamos aparte.
¿Puedo empezar a alquilar en cuanto presente la declaración?
La actividad queda habilitada desde la presentación, pero Turismo puede comprobarla después y el concello controla el uso urbanístico. Por eso revisamos antes lo que exige el Concello de Ortigueira.
Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.
- Concello de Ortigueira
- Xunta de Galicia: procedimiento TU986D de viviendas de uso turístico
- DOG: Decreto 12/2017 de apartamentos turísticos, viviendas turísticas y viviendas de uso turístico
- BOE: Ley 7/2011 del Turismo de Galicia
- INE: viviendas turísticas, plazas y plazas por vivienda turística por municipio (tabla 39363)