Burela: pisos junto al puerto de A Mariña
Burela está en la costa de A Mariña lucense, en el norte de la provincia de Lugo, y es uno de los principales puertos pesqueros de Galicia. Es un municipio pequeño y muy urbano, con la villa junto al puerto y playas como la de A Marosa. El alquiler turístico es sobre todo de pisos en la villa, cerca del puerto y de las playas, con demanda de verano y de quien recorre la costa de A Mariña.
No hemos localizado en la web del Concello de Burela una ordenanza propia sobre viviendas de uso turístico. En Galicia estas viviendas tienen que estar en suelo de uso residencial, salvo que el planeamiento permita otros usos, y los concellos pueden limitar su número por edificio o sector. Antes de presentar comprobamos con el concello qué dice el plan general en tu dirección y, como la mayoría son pisos, qué dicen los estatutos de la comunidad y si hace falta acuerdo de la junta.
Burela en cifras: viviendas turísticas según el INE
Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Burela hay 102 viviendas turísticas con 475 plazas, unas 4,7 por vivienda. Es el municipio n.º 8 de 67 de la provincia de Lugo por número de viviendas turísticas.
Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 139, así que la cifra ha bajado un 26,6 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.
Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.
Qué norma se aplica en Burela
Dos normas marcan el camino: la Ley 7/2011 del Turismo de Galicia y el Decreto 12/2017. Según el decreto, la VUT se cede siempre completa, con fines turísticos, de manera reiterada y para estancias cortas, de menos de 30 días. Para empezar se presenta una declaración responsable con el procedimiento TU986D de la Xunta, que se dirige al área provincial de A Coruña, Lugo, Ourense o Pontevedra según la vivienda y va acompañada del justificante de la tasa. Desde ese momento se puede ejercer la actividad, sin perjuicio de la comprobación posterior y de la anotación en el REAT.
En la declaración se indican la capacidad máxima de la vivienda, los datos del propietario, un teléfono para incidencias de los huéspedes y, si no comercializa el propietario, los datos de quien lo hace; si son varias empresas comercializadoras, se añade el anexo VIII. El decreto exige además disponer de la documentación de la que se declara: título que permita usar la vivienda, licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad o certificado final de obra, y un seguro de responsabilidad civil que cubra a los usuarios. Si falta algo esencial, Turismo concede diez días para subsanarlo.
El papel del Ayuntamiento de Burela
Antes de declarar nada conviene saber qué dice el Concello de Burela. La Xunta anota la vivienda en el REAT, pero el uso urbanístico lo controla el concello: el Decreto 12/2017 permite a los ayuntamientos limitar las VUT por edificio o sector, y varios concellos gallegos han regulado este uso en ordenanzas o en su planeamiento, con algún caso ya avalado por el TSXG. En suelo rústico solo caben edificaciones existentes y legales. Comprobamos la situación vigente con el concello.
Cómo se da de alta una vivienda de uso turístico en Burela
El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Burela:
- Estudio previo: comprobamos qué permite el planeamiento del Concello de Burela para tu dirección y si exige algún título municipal.
- Comunidad de propietarios: revisamos los estatutos y, en propiedad horizontal, el acuerdo de la junta por tres quintas partes para una vivienda turística nueva.
- Reunimos el título de la vivienda, la licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad y el seguro de responsabilidad civil.
- Pagamos o te indicamos cómo pagar la tasa autonómica 31.19.01 en la Oficina Virtual Tributaria de Galicia.
- Preparamos la declaración responsable (anexo V, y anexo VIII si hay varias comercializadoras) y la presentamos con el procedimiento TU986D.
- Turismo comprueba la declaración y anota la vivienda en el REAT; si pide subsanar algo, se contesta en diez días.
- Antes de recibir huéspedes: alta en SES.HOSPEDAJES, aviso de hojas de reclamación y copia de la declaración a la vista.
Documentos que te pedirán
Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:
- DNI o NIE del propietario y, si es una sociedad, escritura y poderes del representante.
- Escritura o nota simple y referencia catastral de la vivienda.
- Licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad o certificado final de obra.
- Seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos de los usuarios.
- Certificado o acta de la comunidad de propietarios, si el edificio está en propiedad horizontal.
- Contrato con la persona o empresa comercializadora, si no es el propietario.
- Justificante de pago de la tasa autonómica.
- Autorización de representación para presentar en tu nombre.
Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.
Requisitos de la vivienda
La norma de Galicia fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:
- Cesión de la vivienda completa, amueblada y equipada para su uso inmediato.
- Estancias de menos de 30 días seguidos, de forma reiterada.
- Calefacción en las zonas de uso de los huéspedes, salvo que solo funcione de junio a septiembre.
- Teléfono de atención 24 horas para huéspedes e incidencias.
- Servicio de asistencia y mantenimiento de la vivienda.
- Aviso de que hay hojas de reclamación y copia de la declaración presentada, a la vista de los huéspedes.
- Perfecto estado de higiene y capacidad máxima declarada coherente con la licencia o la cédula.
La comunidad de vecinos
Antes de pensar en el registro, mira la comunidad: para una vivienda turística nueva en régimen de propiedad horizontal, la ley exige desde el 3 de abril de 2025 el acuerdo expreso de tres quintas partes de la junta (art. 17.12 LPH, reformado por la LO 1/2025). Si tu piso de Burela está en un edificio así, te ayudamos con la aprobación de la comunidad.
En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.
Si ya tienes la vivienda dada de alta en Burela
Después del alta, la Xunta pide mantener los datos al día. Si vendes o heredas la vivienda, el nuevo propietario comunica el cambio de titular; si cambia quien la comercializa o el teléfono de incidencias, es una modificación de datos. Todo ello, y la baja, en un plazo de diez días con el TU986D. Además, los viajeros se comunican en SES.HOSPEDAJES. Propietario y comercializadora responden juntos ante la administración si hay inspección en Burela.
También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.
Precio de la gestión en Burela
El alta de tu vivienda de uso turístico en Burela cuesta 499 €, IVA incluido: revisión, declaración responsable, presentación y seguimiento. El pack llave en mano, por 699 €, añade SES.HOSPEDAJES y el alta en Hacienda. Si hay dudas con el concello, empieza por el estudio de 129 €, que se descuenta. La tasa autonómica y las municipales van aparte.
Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.
Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Burela
¿Necesito permiso de la comunidad de vecinos?
Desde el 3 de abril de 2025, una vivienda turística nueva en un edificio en propiedad horizontal necesita la aprobación expresa de la junta por tres quintas partes. Revisamos también los estatutos.
¿Qué seguro necesito?
Un seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos de las personas usuarias. El seguro de hogar habitual no siempre cubre la actividad turística; conviene revisarlo.
¿Hay que pagar alguna tasa?
Sí, la tasa autonómica 31.19.01 de clasificación, que se paga en la Oficina Virtual Tributaria. El concello puede tener sus propias tasas.
¿Necesito técnico para dar de alta una vivienda turística en Burela?
La ficha del TU986D no pide un certificado técnico. Sí necesitas licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad o certificado final de obra; si no la tienes o hay obras pendientes, lo vemos en el estudio.
Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.
- Concello de Burela
- Xunta de Galicia: procedimiento TU986D de viviendas de uso turístico
- DOG: Decreto 12/2017 de apartamentos turísticos, viviendas turísticas y viviendas de uso turístico
- BOE: Ley 7/2011 del Turismo de Galicia
- INE: viviendas turísticas, plazas y plazas por vivienda turística por municipio (tabla 39363)