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Vivienda de uso turístico en O Grove: requisitos y trámite

Alquilar por días una vivienda en O Grove exige declararla como vivienda de uso turístico ante la Xunta. Revisamos antes si la casa o el piso cumple y después preparamos y presentamos la declaración.

Responsable del trámite – GA 1268 COGAS SLP – Gestoría colegiada n.º 1268

Casa, piso o apartamento: qué figura te corresponde

La normativa gallega distingue tres figuras: apartamentos turísticos, viviendas turísticas y viviendas de uso turístico (VUT). La VUT es la de un particular o empresa que cede una vivienda completa, amueblada y equipada, por precio y de forma reiterada, para estancias de menos de 30 días seguidos. Si tienes varias unidades en un mismo edificio, puede que encaje mejor otra figura; lo vemos en el estudio.

Las tres figuras están en el Decreto 12/2017 de la Xunta, que también fija que la VUT debe estar en suelo residencial y que los concellos pueden limitar su número por edificio o sector.

Si el piso está en un edificio con comunidad, recuerda que desde el 3 de abril de 2025 la comunidad debe aprobar el inicio de la actividad turística por tres quintas partes de propietarios y de cuotas (Ley de propiedad horizontal).

Viviendas en suelo rústico o en núcleos

En la península de O Grove hay viviendas en núcleos y casas aisladas. Si la vivienda está en suelo rústico, el decreto solo admite la VUT en edificaciones existentes y legales. Antes de presentar nada, comprobamos con el Concello la clasificación del suelo y la situación urbanística de la edificación.

Si la casa se amplió o se reformó, conviene tener a mano la licencia o la documentación de esas obras. Cuando hace falta un certificado técnico, lo encarga el propietario a un técnico y se paga aparte; nosotros lo coordinamos con el expediente.

La declaración ante Turismo de Galicia

La declaración se presenta ante el área provincial de Pontevedra de la Agencia Turismo de Galicia, por el procedimiento TU986D. Incluye los datos de la vivienda y su capacidad máxima, un teléfono de atención de incidencias, los datos de quien la comercialice y la documentación de disponibilidad, habitabilidad y seguro de responsabilidad civil.

Con todo en orden, la vivienda se inscribe en el REAT. Desde ahí empiezan las obligaciones: registro de viajeros en SES.HOSPEDAJES, hojas de reclamación y comunicación de cambios. Te lo explicamos en después del alta.

Lo que necesitamos de ti

Para O Grove te pediremos estos documentos:

  • Dirección completa y referencia catastral de la vivienda.
  • Escritura, nota simple o contrato que te permita ceder el uso.
  • Licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad o certificado final de obra, si los tienes.
  • Estatutos o actas de la comunidad de propietarios, si la vivienda está en un edificio.
  • Póliza del seguro de responsabilidad civil o, si aún no la tienes, el borrador que te ofrecen.
  • Si la casa está en suelo rústico, cualquier licencia o documento de legalización de la edificación.

Cuando la vivienda ya funciona sin declarar

Si ya alquilas por días sin haber presentado la declaración, lo prudente es regularizar cuanto antes y no seguir anunciando la vivienda sin número de registro. En el estudio revisamos qué documentos tienes y en qué orden conviene presentar la declaración. Si ya has recibido un requerimiento o una comunicación de inspección, envíanoslo completo: la respuesta a un requerimiento cuesta 199 € y las alegaciones, 299 €.

Precio del alta en O Grove

El estudio cuesta 129 € y se descuenta del alta. El alta en Galicia son 499 €, con la presentación y el seguimiento hasta la inscripción. Si quieres dejarlo todo listo, el pack llave en mano de 699 € añade SES.HOSPEDAJES y el alta en Hacienda, con el estudio incluido.

Tasas, técnico y seguro van aparte. La gestión la presta nuestro gestor administrativo colegiado, a distancia; no explotamos la vivienda ni atendemos a huéspedes. Si buscas otro municipio de la zona, mira Sanxenxo.

Preguntas frecuentes

¿Puedo poner una VUT en una casa en suelo rústico de O Grove?

Solo si es una edificación existente y legal. Lo comprobamos con el Concello antes de preparar la declaración.

¿Necesito arquitecto para el alta?

No siempre. Si falta la acreditación de habitabilidad o la edificación tiene dudas urbanísticas, puede hacer falta un técnico, que se contrata y paga aparte.

Fuentes consultadas el 11 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.

El siguiente paso empieza
con una conversación.

Cuéntanos dónde está tu vivienda y qué te gustaría hacer con ella.

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