Torre-Pacheco: resorts de golf junto al Mar Menor y lo que se revisa
Torre-Pacheco está en el Campo de Cartagena, en el interior, a pocos kilómetros del Mar Menor. Además del casco, tiene varias pedanías, como Roldán, Balsicas, Dolores de Pacheco o San Cayetano, y resorts residenciales con campo de golf, como Mar Menor Golf Resort o La Torre Golf Resort. Buena parte del alquiler turístico está en esos resorts, con apartamentos y adosados con zonas comunes, muy demandados por visitantes extranjeros, y el resto en casas de las pedanías.
No hemos localizado una ordenanza propia ni una suspensión del Ayuntamiento de Torre-Pacheco sobre viviendas de uso turístico. Antes de presentar la declaración ante el Instituto de Turismo comprobamos con el Ayuntamiento de Torre-Pacheco que la vivienda tiene uso residencial y licencia de primera ocupación o documento equivalente. En los resorts, al ser conjuntos en propiedad horizontal, revisamos además los estatutos y el acuerdo de la comunidad de propietarios.
Torre-Pacheco en cifras: viviendas turísticas según el INE
Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Torre-Pacheco hay 681 viviendas turísticas con 3.379 plazas, unas 5,0 por vivienda. Es el municipio n.º 4 de 42 de la provincia de Murcia por número de viviendas turísticas.
Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 713, así que la cifra ha bajado un 4,5 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.
Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.
Qué norma se aplica en Torre-Pacheco
Murcia regula el alquiler turístico de viviendas con la Ley 12/2013 de Turismo y el Decreto 256/2019, vigente desde noviembre de 2019. Si anuncias tu vivienda de Torre-Pacheco en una plataforma o la alquilas a turistas dos o más veces al año, se considera actividad turística y necesitas inscribirla. Hay dos modalidades: la vivienda completa, que se alquila como una unidad, y por habitaciones, reservada a quien vive y está empadronado en la vivienda. La categoría es única.
El trámite es una declaración responsable para la clasificación turística, que se presenta en el procedimiento 1890 del Instituto de Turismo, por vía electrónica o en una oficina de registro con cita previa. Con ella la vivienda entra en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas, y el instituto abre de oficio la comprobación, que debe resolver en tres meses. En edificios con comunidad se adjunta el certificado de aprobación expresa de la junta; el acta sola no sirve. Hay una tasa autonómica, bonificada al 100 % para quien inicia la actividad por primera vez.
El papel del Ayuntamiento de Torre-Pacheco
El papel del Ayuntamiento de Torre-Pacheco está en lo urbanístico. No emite un informe previo obligatorio para el alta, como ocurre en otras comunidades, pero la licencia de ocupación municipal determina la capacidad máxima y la vivienda debe cumplir el planeamiento y las ordenanzas. Si hay diferencias entre la escritura, el Catastro y la realidad, o se han hecho obras sin licencia, el expediente puede complicarse en una inspección. Antes de presentar nada revisamos esos papeles y, si hace falta, consultamos al ayuntamiento.
Cómo se da de alta una vivienda de uso turístico en Torre-Pacheco
El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Torre-Pacheco:
- Revisamos la vivienda de Torre-Pacheco: referencia catastral, escritura, licencia de ocupación y si hay división horizontal.
- Decidimos contigo la modalidad (vivienda completa o por habitaciones) y quién será el único titular de la explotación.
- Calculamos la capacidad con los dormitorios, las camas y los convertibles, sin pasar de diez plazas ni de lo que diga la licencia.
- Si el edificio tiene comunidad, preparamos la petición y el certificado de aprobación expresa de la junta.
- Comprobamos el seguro de responsabilidad civil, el equipamiento mínimo y designamos al responsable del alojamiento.
- Presentamos la declaración responsable en el procedimiento 1890 con tu autorización y te entregamos el justificante.
- Seguimos la comprobación del Instituto de Turismo hasta la resolución y contestamos sus requerimientos.
Documentos que te pedirán
Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:
- DNI o NIE del titular y, si es una sociedad, escritura y poderes del representante.
- Referencia catastral de la vivienda e información catastral de la parcela.
- Escritura, nota simple o título que acredite la disponibilidad de la vivienda.
- Licencia de ocupación, cédula de habitabilidad o documento equivalente con la capacidad.
- Certificado de aprobación expresa de la comunidad de propietarios, si hay división horizontal.
- Póliza de seguro de responsabilidad civil con cobertura mínima de 300.000 € por siniestro.
- Plano o descripción de la distribución y de las camas por dormitorio.
- Certificado de empadronamiento, si se cede por habitaciones.
- Documento de representación para presentar en tu nombre.
Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.
Requisitos de la vivienda
La norma de Región de Murcia fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:
- Capacidad máxima la de la licencia de ocupación, sin superar diez plazas en ningún caso.
- Dormitorios de al menos 6 m² (individual) u 8 m² (doble) y 3,5 m² por plaza en litera.
- Plazas en sofás cama hasta la mitad de las plazas en camas, salvo en viviendas de un dormitorio.
- Como mínimo salón comedor, cocina, dormitorio y baño, o estudio con un máximo de dos plazas.
- Amueblada y equipada para uso inmediato, con agua fría y caliente, electricidad y espacio para separar residuos.
- Extintor accesible y botiquín de primeros auxilios.
- Teléfono del responsable del alojamiento visible, al menos en español e inglés, e instrucciones de los aparatos.
- Distintivo oficial en la entrada y hojas de reclamaciones.
La comunidad de vecinos
Si la vivienda está en un edificio con comunidad de propietarios, desde el 3 de abril de 2025 hace falta que la junta apruebe expresamente el uso turístico por tres quintas partes (Ley de Propiedad Horizontal, art. 17.12, tras la LO 1/2025). En Torre-Pacheco lo revisamos antes de nada y, si hace falta, preparamos el escrito al administrador y el modelo de acuerdo con nuestro servicio de aprobación de la comunidad.
En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.
Si ya tienes la vivienda dada de alta en Torre-Pacheco
Una vez inscrita, la vivienda de Torre-Pacheco tiene obligaciones que no caducan. Cualquier cambio de titular, de capacidad o reforma sustancial se comunica al Instituto de Turismo, y la baja también. Cada huésped se registra en SES.HOSPEDAJES y el número de inscripción debe aparecer en toda la publicidad. Antes de que el cliente contrate hay que darle información clara: plazas, titular, precio total, normas de la comunidad y otras condiciones. Si llega una inspección o un requerimiento, revisamos el expediente y preparamos la respuesta.
También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.
Precio de la gestión en Torre-Pacheco
El alta de tu vivienda de uso turístico en Torre-Pacheco cuesta 499 €, IVA incluido. Si tu caso tiene dudas (obras, cambio de uso, comunidad), empezamos con el estudio de 129 €, que se descuenta del alta. El pack llave en mano, por 699 €, incluye el estudio, el alta autonómica, el alta en SES.HOSPEDAJES y el alta en Hacienda con la explicación de tus obligaciones.
Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.
Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Torre-Pacheco
¿Necesito el permiso de la comunidad para alquilar a turistas un apartamento en un resort de Torre-Pacheco?
Si el resort está en régimen de propiedad horizontal, sí: desde el 3 de abril de 2025 una vivienda turística nueva necesita la aprobación expresa de la junta por tres quintas partes. Revisamos los estatutos y el acta antes de presentar.
¿Hay que pagar alguna tasa al dar de alta la vivienda en Torre-Pacheco?
El procedimiento tiene una tasa autonómica, pero quien inicia la actividad por primera vez tiene una bonificación del 100 %. Lo comprobamos al preparar la declaración.
¿Qué número pongo en los anuncios?
El de inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia, que debe figurar en toda la publicidad de la vivienda.
¿Alquilar por meses también es turístico?
Si alquilas a alguien que vive allí por necesidad distinta de la vacacional, se rige por la Ley de Arrendamientos Urbanos. Si la anuncias como alojamiento vacacional, es turística. Te ayudamos a distinguirlo.
¿Puedo alquilar por habitaciones mi vivienda de Torre-Pacheco?
Solo si eres una persona física empadronada y vives de verdad en ella. Si es una segunda residencia, se declara como vivienda completa.
Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.
- Ayuntamiento de Torre-Pacheco
- BORM: Decreto 256/2019, de 10 de octubre, por el que se regulan las viviendas de uso turístico en la Región de Murcia
- Sede electrónica de la CARM: procedimiento 1890, viviendas de uso turístico (altas, bajas y modificaciones)
- BOE: Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal, texto consolidado
- INE: viviendas turísticas, plazas y plazas por vivienda turística por municipio (tabla 39363)